indicadores comportamentales:
perdida del apetito, miedo al
estar solo, resistencia a bañarse
o a desnudarse.
indicadores en la esfera sexual.
factores de
riesgo:
ausencia de
padres, familia
no funcional,
maltratos,
padres
controladores
PEDOFILIA : AMOR POR
LOS NIÑOS, TENDENCIA
PERVERTIDA DE LA
SEXUALIDAD Y TRATA DE
TENER EXPERIENCIAS
EROTICAS CON LOS
NIÑOS
TRATA DE PERSONAS
se entiende por la captacion, el
transporte, el traslado, la acogida, o la
recepcion, de personas recurriendo a
engaños o amenazas para tener un fin de
explotacion.
esta explotacion puede ser, sexual,
laboral, esclavitud, domestica
victimas: niños,
niñas, mujeres,
hombres
actividad o accion:
captacion, transporte,
traslado, recepcion
medios:amenazas,
uso de fuerza,
coaccion, rapto,
engaño, abuso de
poder, vulnerabilidad.
proposito o fin:
explotacion sexual.
o laboral
Secuestro
la amenaza del
secuestro, la negacion
como defensa
pscicologia, por la
angustia, la ansiedad, y
la impotencia de tener la
probabilidad de morir.
el arrebatamiento de la
victima: el riesgo real de
perder la vida, respuestas
automaticas y caoticas, o
se controlan y tratan de
dialogar con los
secuestradores
el miedo del
secuestrado, lo tiene
desde su captura, hasta
despues de ser puesto
en libertad.
el maltrato a la victima: si bien casi no
hay maltrato fisico, es mas el matrato
pscicologico. el que le den por seguro
que su familia se nego al rescate y
hasta en algunos casos implementan
agresion fisica para a terrorisasr a la
familia.
despues de la liberacion, el
secuestrado se encuentra en un
estado de salud fisica y pscicologica
completamente dañada, por lo cual
requiere de atencion medica de
ambas,
despues presenta
euforia y el miedo a
volver a ser
secuestrado, transtorno
post traumatico,
sindrome de estocolmo: SOLO OCURRE
CUANDO EL PLAGIADO SE IDENTIFICA CON SU
AGRESOR Y ASUME LA RESPONSABILIDAD
DE LA AGRESION
disciplina criminologica que estudia el
papel que la victima desempeña con
relacion al delito y las consecuencias
que el delito ocasiona a las victimas
TRASTORNO DE ESTRES POS TRAUMATICO
es un trastorno pscicologico clasificado
dentro del grupo de los transtornos de
ansiedad se caracteriza por la aparicion
consecuente de un evento estresante
la respuesta a esta acontecimiento
debe incluir: temor, desesperanza,
horrores intensos, presencia de
rexpirementacion, evitacion persistente
de los estimulos asociados
clasificacion
1.- agudo, cuando los sintomas duran menos de
un mes. 2.- cronico, duran mas de tres meses o
tres meses. 3.- de inicio demorado, entre el
acontecimiento y la presencia de sintomas han
pasado 6 meses.
criterios a evaluar. 1.- que la persona haya estado en un
acontecimiento traumatico. 2.- la persona ha respondido
con un temor, desesperanza. 3.- recuerdos del
acontecimientos recurentes. 4.- sueños de caracter
recuerente, pesadillas. 5.- la persona actua como si el
acontecimiento estuviera pasando en ese momento, 6.-
irritabilidad, ataques de ira,
ANALISIS DE LA LEY GENERAL DE VICTIMAS
OBJETIVO
Reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y
de violaciones a derechos humanos, en especial el derecho a la
asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación
integral, debida diligencia y todos los demás derechos
consagrados en ella.
LOS DERECHOS DE LA VICTIMA
A una investigación pronta y eficaz que lleve, en su caso, a la
identificación y enjuiciamiento de los responsables de violaciones al
Derecho Internacional de los derechos humanos, y a su reparación
integral; A ser reparadas por el Estado de manera integral, A conocer la
verdad de lo ocurrido acerca de los hechos en que le fueron violados,
A que se le brinde protección y se salvaguarde su vida y su integridad
corporal. ENTRE OTRAS
Artículo 1. La presente Ley general es de orden público, de interés social y observancia en todo el territorio
nacional, en términos de lo dispuesto por los artículos 1o., párrafo tercero, 17, y 20 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, En las normas que protejan a víctimas en las
leyes expedidas por el Congreso, se aplicará siempre la que más favorezca a la persona. La presente Ley obliga,
en sus respectivas competencias, a las autoridades de todos los ámbitos de gobierno, y de sus poderes
constitucionales, así como a cualquiera de sus oficinas, dependencias, organismos o instituciones públicas o
privadas que velen por la protección de las víctimas, a proporcionar ayuda, asistencia o reparación integral.