Legislacion laboral

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Legislacion laboral
  1. Normas
    1. Normas técnicas
      1. Normas de etiqueta
        1. Normas morales
          1. Rigen la conducta del individuo ya para consigo mismo, ya para con los demás hombres.
          2. Normas Religiosas
            1. Normas jurídicas
              1. Rigen y coordinan, a su vez, la conducta social del individuo.
            2. Condiciones de trabajo
              1. Las condiciones de trabajo basadas en el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en la LFT
                1. Artículo 56. LFT
                  1. Jornada de trabajo, Días de descanso, Vacaciones, Salario, Salario mínimo.
                    1. TITULO TERCERO Condiciones de Trabajo, LFT
                2. Obligaciones de los Trabajadores y de los Patrones
                  1. Patrones
                    1. LFT CAPITULO I Obligaciones de los patrones Artículo 132
                    2. Trabajadores
                      1. LFT CAPITULO II Obligaciones de los trabajadores Artículo 134.-
                    3. capasitacion
                      1. adiestramiento
                        1. prima de antigüedad
                          1. Artículo 162 LFT
                          2. El adiestramiento tendrá por objeto:
                            1. Artículo 153-C. LFT
                          3. La capacitación tendrá por objeto preparar a los trabajadores de nueva contratación y a los demás interesados en ocupar las vacantes o puestos de nueva creación.
                            1. Artículo 153-B. LFT
                            2. Obligaciones de los trabajadores a quienes se imparta capacitación o adiestramiento
                              1. Artículo 153-D. LFT
                            3. Invenviones de los trabajadores
                              1. La atribución de los derechos al nombre y a la propiedad y explotación de las invenciones realizadas en la empresa, se regirá por las normas I, II y III del Artículo 163.- de la LFT
                              2. Relación de trabajo
                                1. Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.
                                  1. Artículo 20. LFT
                                  2. Para su duracion las relaciones de trabajo pueden ser:
                                    1. Para obra
                                      1. tiempo determinado
                                        1. temporada
                                          1. tiempo indeterminado
                                            1. a prueba
                                              1. a capacitación inicial
                                              2. El trabajador o el patrón podrá rescindir en cualquier tiempo la relación de trabajo, por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad.
                                                1. Artículo 46. LFT
                                              3. outsourcing
                                                1. El trabajo en régimen de subcontratación es aquel por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia
                                                  1. A favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas.
                                                    1. Artículo 15-A LFT
                                                2. Derechos de la mujer
                                                  1. Las mujeres disfrutan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que los hombres.
                                                    1. Artículo 164 LFT
                                                      1. Derechos de las madres trabajadoras
                                                        1. Artículo 170 LFT
                                                    2. Trabajo de los Menores
                                                      1. El trabajo de los menores queda sujeto a vigilancia y protección especiales de las autoridades del trabajo tanto federales como locales.
                                                        1. Artículo 173 LFT
                                                          1. Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de dieciocho años en los lugares y condiciones mencionadas en el Artículo 175 de la LFT
                                                            1. La minima de edad para trabajar es de 15 años
                                                        2. Trabajos especiales
                                                          1. Los trabajos especiales son actividades económicas especificas que debido a su naturaleza, necesitan una regulación especial, ya sea por su importancia, delicadeza o por la vulnerabilidad de las partes que conforman la relación laboral.
                                                            1. La LFT nos menciona los siguientes:
                                                              1. Trabajo en las universidades e instituciones de educación superior autónomas por ley.
                                                                1. Trabajadores de confianza
                                                                  1. Las condiciones de trabajo de los trabajadores de confianza serán proporcionadas a la naturaleza e importancia de los servicios que presten y no podrán ser inferiores a las que rijan para trabajos semejantes dentro de la empresa o establecimiento.
                                                                    1. Artículo 182 LFT
                                                                    2. no podrán formar parte de los sindicatos
                                                                      1. nO serán tomados en consideración en los recuentos que se efectúen para determinar la mayoría en los casos de huelga
                                                                      2. Trabajadores de los buques
                                                                        1. Trabajo de las tripulaciones aeronáuticas
                                                                          1. Trabajo ferrocarrilero
                                                                            1. Trabajo de autotrasportes
                                                                              1. Trabajo de maniobras de servicio público en zonas bajo jurisdicción federal
                                                                                1. Trabajadores del campo
                                                                                  1. Agentes de comercio y otros semejantes
                                                                                    1. Deportistas profesionales
                                                                                      1. Trabajadores actores y músicos
                                                                                        1. Trabajo a domicilio
                                                                                          1. Trabajadores domésticos
                                                                                            1. Trabajos en hoteles, restaurantes, bares y otros establecimientos análogos
                                                                                              1. Industria familiar
                                                                                                1. Trabajadores médicos residentes en periodo de adiestramiento en una especialidad
                                                                                            2. INSTITUCIONES DEL DERECHO COLECTIVO
                                                                                              1. La huelga.
                                                                                                1. Huelga es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores.
                                                                                                  1. Artículo 440 LFT
                                                                                                2. El sindicato
                                                                                                  1. - Sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.
                                                                                                    1. Los trabajadores y los patrones tienen el derecho de constituir sindicatos, sin necesidad de autorización previa.
                                                                                                      1. Artículo 356.LFT
                                                                                                      2. Artículo 357.LFT
                                                                                                    2. La negociación colectiva
                                                                                                    3. coalicion
                                                                                                      1. La Ley reconoce la libertad de coalición de trabajadores y patrones.
                                                                                                        1. Artículo 354.LFT
                                                                                                          1. Coalición es el acuerdo temporal de un grupo de trabajadores o de patrones para la defensa de sus intereses comunes.
                                                                                                            1. Artículo 355 LFT
                                                                                                        2. riesgos de trabajo:
                                                                                                          1. emfermedades de trabajo
                                                                                                            1. accidentes de trabajo
                                                                                                            2. instituciones formales de seguridad social
                                                                                                              1. ISSSTE
                                                                                                                1. IMSS
                                                                                                                  1. ISSFAM
                                                                                                                  2. Instituciones no formales de seguridad social
                                                                                                                    1. DIF
                                                                                                                      1. INFONAVIT
                                                                                                                      Show full summary Hide full summary

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                                                                                                                      Marina Ester Fuentes Nájera
                                                                                                                      LEGISLACIÓN LABORAL
                                                                                                                      ROSA MARIA ARRIAGA
                                                                                                                      Legislación Laboral
                                                                                                                      pitosboys
                                                                                                                      1_LEGISLACIÓN LABORAL
                                                                                                                      ROSA MARIA ARRIAGA
                                                                                                                      Legislación Laboral
                                                                                                                      Jorge Cortés García
                                                                                                                      Legislación Laboral.
                                                                                                                      Maria de los Angeles Jimenez Villa
                                                                                                                      Legislación laboral
                                                                                                                      Laura Correa
                                                                                                                      Relación de La Contabilidad con otras ciencias
                                                                                                                      Ana Marisol Lucero Gorrin
                                                                                                                      Derecho al producto del trabajo
                                                                                                                      Mar�a Elena Santaella Verdejo
                                                                                                                      contrato colectivo trabajo
                                                                                                                      kary Bayot
                                                                                                                      Contratos laborales
                                                                                                                      Jose Luis Martinez M