30/2014 PPNN (2)

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Cris García
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30/2014 PPNN (2)
  1. TÍTULO II: PPNN
    1. DEFINICIÓN (CARACTERIZACIÓN): Espacios naturales de alto valor ecológico y cultural, POCO TRANSFORMADOS por la explotación o actividad humana que, en razón de la BELLEZA DE SUS PAISAJES, REPRESENTATIVIDAD DE SUS ECOSISTEMAS O SINGULARIDAD DE SU FLORA, SU FAUNA O SUS FORMACIONES GEOLÓGICAS, poseen valores ECOLÓGICOS, ESTÉTICOS, CULTURALES, EDUCATIVOS Y CIENTÍFICOS destacados coya conservación merece una atención preferente y se declara de INTERÉS GENERAL DEL ESTADO
      1. OBJETIVO: conservar los valores naturales y culturales del espacio, supeditando el resto de actividades a este fin
        1. REQUISITOS
          1. notablemente representativo de Anexo I
            1. proporción relevante de las especies y comunidades propias del sistema natural que pretenda representar en la Red
              1. superficie continua, no fragmentada y sin estrangulamientos, suficiente como para permitir que se mantengan sus características físicas y biológicas y se asegure el funcionamiento de los procesos naturales presentes
                1. 5.000 ha Islas
                  1. 20.000 has península y marinos
                  2. superficie adecuada de formaciones naturales (sin aprovecham agrícola, forestal,...
                    1. sin actividades extractivas o explotaciones de áridos, arenas o minerales, ni instalaciones para uso deportivo, industrial o de ocio no integradas en los programas de uso público o de visita del parque nacional
                      1. no puede existir suelo susceptible de transformación urbanística ni suelo urbanizado
                      2. EFECTOS JURÍDICOS
                        1. utilidad pública o interés social de las actuaciones que deban acometer las administraciones públicas
                          1. derechos de tanteo y de retracto de la administración competente
                            1. análisis de la compatibilidad de actividades presentes y consolidadas y lista actividades incompatibles
                            2. DECLARACIÓN
                              1. LEY Cortes Generales
                                1. INICIATIVA: CA, varias CCAA o Gob, formalizada por propuesta conjunta de Cjo Mtros y órgano equivalente CA o CCAA
                                2. Declaración del estado de emergencia por catástrofe medioambiental
                                  1. cuando exista peligro grave y cierto para la integridad y seguridad de los sistemas naturales de un parque nacional aunque no afectare a personas y bienes y que, por sus dimensiones efectivas o previsibles, requiera una coordinación nacional y exija además una aportación de medios estatales
                                    1. Ministro, iniciativa propia o CA
                                      1. excepción: si protección civil o amenaza nacional (Minterior)
                                        1. en cualquier caso se comunica a CRPN
                                  2. OBJETO: establecer el régimen jurídico básico para asegurar la conservación de los parques nacionales y de la Red que forman, así como los diferentes instrumentos de coordinación y colaboración.
                                    1. Red PPNN - título III
                                      1. DEFINICIÓN: sistema integrado por aquellos espacios declarados parques nacionales, su marco normativo básico y el sistema de relaciones necesario para su funcionamiento
                                        1. OBJETIVO: garantizar como legado para generaciones futuras la conservación de una muestra representativa de los principales sistemas naturales españoles (AI de Ley - 27 terrestres 13 marinos)
                                          1. objetivos específicos
                                            1. 1. formar sistema completo y representativo de dichos sistemas naturales
                                              1. 2. cooperar cumplim objetivo PPNN en ámbito técnico, social y patrimonial
                                                1. 3. asegurar marco de actuación homogéneo en todos los parques de la Red y coord y colab
                                                  1. 4. sinergias en acciones de PPNN y Red promovidas por distintas AAPP
                                                    1. 5. desarrollo económico entorno PPNN
                                                      1. 6. promocionar y reforzar imagen exterior
                                                        1. 7. concienciación ambiental de la sociedad
                                                      2. PORN Y PRUG
                                                        1. PRUG
                                                          1. papel reforzado por la nueva ley, asegurando su visibilidad para que se entienda como INSTRUMENTO DE PLANIFICACIÓN DEL PN y permita calibrar su cumplimiento
                                                            1. desarrolla los PORN especificando y desarrollando objetivos, directrices y normas contenidos en ellos para espacios concretos
                                                              1. para cada PN, con carácter especifico, el órgano competente elaboraráy aprobará un PRUG en el que se fijan las NORMAS GENERALES DE USO Y GESTIÓN del PN
                                                              2. PORN
                                                                1. Instrumento clave de gestión que procede de la ley 4/89. Instrumento específico para un determinado ámbito espacial, en el que se define, tipifican y analizan sus RRNN y patrimonio
                                                                  1. analiza espacios y actividades y define necesidades de protección y de restricción de actividades
                                                                    1. 42/2007 los define. CCAA
                                                                2. PDRPN
                                                                  1. Más elevado instrumento de planificación y ordenación de estos espacios CARACTER BÁSICO
                                                                    1. RD 389/2016 22 de octubre, por el que se aprueba el PDRPN
                                                                      1. carácter de directrices para la ordenación de recursos naturales
                                                                        1. incluirá: objetivos estratégicos (en conservación, uso público, investigación, seguimiento, formación, sensibilización y cooperación y colaboración), actuaciones para impulso y promoción coherencia, directrices básicas de planificación, conservación y coordinación, programa de actuaciones comunes de la Red,...
                                                                          1. TÍTULO IV: instrumentos de planificación
                                                                          2. COMPETENCIAS (título V- gestión)
                                                                            1. corresponde a CCAA en PPNN terrestres o marítimo terrestres
                                                                              1. AGE: en PPNN marinos bajo soberanía o jurisdicción nacional si no tienen continuidad con zona protegida terrestre
                                                                                1. CARÁCTER EXCEPCIONAL AGE puede intervenir de forma PUNTUAL, SINGULAR Y CONCRETA (medidas y acciones indispensables y necesarias para evitar daños irreparables) si tiene DATOS FUNDADOS de que el PN está en estado de conservación desfavorable y los mecanismo de coordinación no resultan eficaces
                                                                                2. regula, a lo largo de sus titulos, los PPNN, la Red, los instrumentos de planificación, la gestión, órganos consultivos, acciones concertadas, desarrollo territorial y relaciones internacionales
                                                                                  1. Ley 42/2007 establece que TENDRÁN LA CONSIDERACIÓN DE ENPs los espacios del territorio (marino o terrestre) y que cumplen uno de los dos siguientes preceptos
                                                                                    1. sistema o elementos representativos , singulares, frágiles, amenazados o de especial interés
                                                                                      1. estar dedicados especialmente a la protección y mantenimiento de BD, GD, y RRNN y culturales asociados
                                                                                        1. título I: ENPs, dependiendo de bienes a proteger y objetivos: P, RN, AMP, MN, PP - además de todos los establecidos x las CCAA
                                                                                          1. ENPs tienen que se objeto de plantificación para que su gestión contribuya a los principios del Art 2 de 42/2007. Admón competente planificará
                                                                                          2. ÓRGANOS DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN
                                                                                            1. órganos consultivos (TÍTULO VI)
                                                                                              1. comisiones de coordinación - PPNN supraauton.
                                                                                                1. Comité de Colaboración y Coordinación: reúne periódicamente a responsables de todos los PPNN con los de la Red par profundizar en colaboración, coordinación, intercambio info y exp...
                                                                                                  1. Cjo RPN: órgano máximo de consulta, preside Mtro, AGE, CCAA, Munic, propietarios, AISE, organiz,... RD 598/2016. Informa propuestas declaración/modif PPNN, informa PDRPN y revisiones, distribuye recursos financieros, elabora memoria anual funcionamiento Red,...
                                                                                                    1. Patronato: para cada PN, para velar por cumplimiento de las normas establecidas para los PPNN. Agentes sociales, propietarios pub y priv, instituciones, asociaciones,organizaciones y AAPP
                                                                                                      1. Comité científico: asesoramiento científico sobre cualquier cuestión planteada por el OAPN (iniciativa propia o petición de admones gestoras de PPNN)
                                                                                                      2. TÍTULO X: proyección y participación social
                                                                                                        1. integración de sectores y colectivos en gestión
                                                                                                          1. implicar y apoyar a población local residente
                                                                                                            1. lograr cohesión territorial de las áreas en donde están situados
                                                                                                              1. se ocupa de titulares de derechos en los PPNN integrándolos en la conservación y reconociendo capacidad de realizar actividades compatibles.
                                                                                                            2. otros aspectos
                                                                                                              1. Título VII: acciones concertadas
                                                                                                                1. principios de INFORMACIÓN MUTUA, COOPERACIÓN Y COLABORACIÓN
                                                                                                                  1. COOPERACIÓN financiera
                                                                                                                    1. Mecanismos para ejecución de acciones SINGULARES, PUNTUALES Y EXTRAORDINARIAS
                                                                                                                      1. programas comunes y horizontales de la Red en colaboración con las CCAA
                                                                                                                      2. puesta en marcha y financiación de prrogamas multilaterales de actuación, en aplicación de los criterios de prioridad aprobados por el Consejo de la Red
                                                                                                                        1. impulso a instrumentos púbico-privados
                                                                                                                        2. TÍTULO VIII: desarrollo territorial
                                                                                                                          1. en zonas declaradas PPNN y zonas circundantes
                                                                                                                            1. se definen AISE: términos municipales que aportan territorio al PN, y excepcionalmnte otros directamente relacionados si se justifica
                                                                                                                              1. PPNN marinos o marítimo terrestres podrá incluir municipios que sean adyacentes en función de situación geográfica
                                                                                                                                1. se podrán conceder ayudas técnicas, económicas y financieras, y establecer planes de desarrollo
                                                                                                                                  1. proteger usos y actividades tradicionales practicados de forma histórica reconocidos como compatibles
                                                                                                                                  2. TÍTULO IX: relaciones internacionales:
                                                                                                                                    1. AGE. instrumentos de colaboración y cooperación con otras redes, programa de colaboración internacional, participación en redes o instituciones internacionales
                                                                                                                                      1. difusión y promoción de la imagen y valores de los PPNN españoles a nivel internacional
                                                                                                                                    Show full summary Hide full summary

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                                                                                                                                    monicaenriquezp
                                                                                                                                    Errores comunes en programación
                                                                                                                                    Luciao Agustín Correa Sapiega
                                                                                                                                    Nombres COMUNES o Nombres PROPIOS
                                                                                                                                    Silvia Soteras Gibert
                                                                                                                                    FALLAS COMUNES DE UNA COMPUTADORA
                                                                                                                                    alftredo andrade
                                                                                                                                    Buscadores Especializados
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                                                                                                                                    ALBERTO VERA ACOSTA
                                                                                                                                    Los sustantivos
                                                                                                                                    Constanza Salinas
                                                                                                                                    Comunidades Virtuales
                                                                                                                                    Sebastian Tamayo
                                                                                                                                    Las Drogas
                                                                                                                                    Kelvin Hernandez
                                                                                                                                    Trastornos comunes en niños y adolescentes
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