DEFINICIÓN (CARACTERIZACIÓN): Espacios naturales de alto valor ecológico y cultural, POCO TRANSFORMADOS por la explotación o
actividad humana que, en razón de la BELLEZA DE SUS PAISAJES, REPRESENTATIVIDAD DE SUS ECOSISTEMAS O SINGULARIDAD DE SU
FLORA, SU FAUNA O SUS FORMACIONES GEOLÓGICAS, poseen valores ECOLÓGICOS, ESTÉTICOS, CULTURALES, EDUCATIVOS Y
CIENTÍFICOS destacados coya conservación merece una atención preferente y se declara de INTERÉS GENERAL DEL ESTADO
OBJETIVO: conservar los valores naturales y culturales del espacio, supeditando el resto de actividades a este fin
REQUISITOS
notablemente representativo de Anexo I
proporción relevante de las especies y comunidades propias del sistema natural que pretenda representar en la Red
superficie continua, no fragmentada y sin estrangulamientos, suficiente como para permitir que se mantengan sus
características físicas y biológicas y se asegure el funcionamiento de los procesos naturales presentes
5.000 ha Islas
20.000 has península y marinos
superficie adecuada de formaciones naturales (sin aprovecham agrícola, forestal,...
sin actividades extractivas o explotaciones de áridos, arenas o minerales, ni instalaciones para uso deportivo,
industrial o de ocio no integradas en los programas de uso público o de visita del parque nacional
no puede existir suelo susceptible de transformación urbanística ni suelo urbanizado
EFECTOS
JURÍDICOS
utilidad pública o interés social de las actuaciones que deban acometer las administraciones públicas
derechos de tanteo y de retracto de la administración competente
análisis de la compatibilidad de actividades presentes y consolidadas y lista actividades incompatibles
DECLARACIÓN
LEY Cortes Generales
INICIATIVA: CA, varias CCAA o Gob, formalizada por propuesta conjunta de Cjo Mtros y órgano equivalente CA o CCAA
Declaración del estado de emergencia por catástrofe medioambiental
cuando exista peligro grave y cierto para la integridad y
seguridad de los sistemas naturales de un parque nacional
aunque no afectare a personas y bienes y que, por sus
dimensiones efectivas o previsibles, requiera una coordinación
nacional y exija además una aportación de medios estatales
Ministro, iniciativa propia o CA
excepción: si protección civil o amenaza nacional (Minterior)
en cualquier caso se comunica a CRPN
OBJETO: establecer el régimen jurídico básico para asegurar la conservación de los parques nacionales y de la Red que forman, así como los diferentes instrumentos de coordinación y colaboración.
Red PPNN - título III
DEFINICIÓN: sistema integrado por aquellos espacios declarados parques nacionales, su
marco normativo básico y el sistema de relaciones necesario para su funcionamiento
OBJETIVO: garantizar como legado para generaciones futuras la conservación de una muestra
representativa de los principales sistemas naturales españoles (AI de Ley - 27 terrestres 13 marinos)
objetivos específicos
1. formar sistema completo y representativo de dichos sistemas naturales
2. cooperar cumplim objetivo PPNN en ámbito técnico, social y patrimonial
3. asegurar marco de actuación homogéneo en todos los parques de la Red y coord y colab
4. sinergias en acciones de PPNN y Red promovidas por distintas AAPP
5. desarrollo económico entorno PPNN
6. promocionar y reforzar imagen exterior
7. concienciación ambiental de la sociedad
PORN Y PRUG
PRUG
papel reforzado por la nueva ley, asegurando su visibilidad para que se entienda como INSTRUMENTO DE PLANIFICACIÓN DEL PN y permita calibrar su cumplimiento
desarrolla los PORN especificando y desarrollando objetivos, directrices y normas contenidos en ellos para espacios concretos
para cada PN, con carácter especifico, el órgano competente elaboraráy aprobará un PRUG en el que se fijan las NORMAS GENERALES DE USO Y GESTIÓN del PN
PORN
Instrumento clave de gestión que procede de la ley 4/89. Instrumento específico para un determinado ámbito espacial, en el que se define, tipifican y analizan sus RRNN y patrimonio
analiza espacios y actividades y define necesidades de protección y de restricción de actividades
42/2007 los define. CCAA
PDRPN
Más elevado instrumento de planificación y ordenación de estos espacios CARACTER BÁSICO
RD 389/2016 22 de octubre, por el que se aprueba el PDRPN
carácter de directrices para la ordenación de recursos naturales
incluirá: objetivos estratégicos (en conservación, uso público, investigación, seguimiento, formación, sensibilización y cooperación y colaboración), actuaciones
para impulso y promoción coherencia, directrices básicas de planificación, conservación y coordinación, programa de actuaciones comunes de la Red,...
TÍTULO IV: instrumentos de planificación
COMPETENCIAS
(título V-
gestión)
corresponde a CCAA en PPNN terrestres o marítimo terrestres
AGE: en PPNN marinos bajo soberanía o jurisdicción nacional si
no tienen continuidad con zona protegida terrestre
CARÁCTER EXCEPCIONAL AGE puede intervenir de forma PUNTUAL, SINGULAR Y
CONCRETA (medidas y acciones indispensables y necesarias para evitar daños
irreparables) si tiene DATOS FUNDADOS de que el PN está en estado de
conservación desfavorable y los mecanismo de coordinación no resultan eficaces
regula, a lo largo de sus titulos, los PPNN, la Red, los instrumentos de planificación, la gestión, órganos consultivos, acciones concertadas, desarrollo territorial y relaciones internacionales
Ley 42/2007 establece que TENDRÁN LA CONSIDERACIÓN DE ENPs los espacios del territorio (marino o terrestre) y que cumplen uno de los dos siguientes preceptos
sistema o elementos representativos , singulares, frágiles, amenazados o de especial interés
estar dedicados especialmente a la protección y mantenimiento de BD, GD, y RRNN y culturales asociados
título I: ENPs, dependiendo de bienes a proteger y objetivos: P, RN, AMP, MN, PP - además de todos los establecidos x las CCAA
ENPs tienen que se objeto de plantificación para que su gestión contribuya a los principios del Art 2 de 42/2007. Admón competente planificará
ÓRGANOS DE
GESTIÓN Y
PARTICIPACIÓN
órganos
consultivos
(TÍTULO VI)
comisiones de coordinación - PPNN supraauton.
Comité de Colaboración y Coordinación: reúne periódicamente a responsables de todos los PPNN con los de la Red par profundizar en colaboración, coordinación, intercambio info y exp...
Patronato: para cada PN, para velar por cumplimiento de las normas establecidas para los PPNN. Agentes sociales, propietarios pub y priv, instituciones, asociaciones,organizaciones y AAPP
Comité científico: asesoramiento científico sobre cualquier cuestión planteada por el OAPN (iniciativa propia o petición de admones gestoras de PPNN)
TÍTULO X:
proyección y
participación
social
integración de sectores y colectivos en gestión
implicar y apoyar a población local residente
lograr cohesión territorial de las áreas en donde están situados
se ocupa de titulares de derechos en los PPNN integrándolos en la conservación y reconociendo capacidad de realizar actividades compatibles.
otros aspectos
Título VII:
acciones
concertadas
principios de INFORMACIÓN MUTUA, COOPERACIÓN Y COLABORACIÓN
COOPERACIÓN financiera
Mecanismos para ejecución de acciones SINGULARES, PUNTUALES Y EXTRAORDINARIAS
programas comunes y horizontales de la Red en colaboración con las CCAA
puesta en marcha y financiación de prrogamas multilaterales de actuación, en aplicación de los criterios de prioridad aprobados por el Consejo de la Red
impulso a instrumentos púbico-privados
TÍTULO VIII:
desarrollo
territorial
en zonas declaradas PPNN y zonas circundantes
se definen AISE: términos municipales que aportan territorio al PN, y excepcionalmnte otros directamente relacionados si se justifica
PPNN marinos o marítimo terrestres podrá incluir municipios que sean adyacentes en función de situación geográfica
se podrán conceder ayudas técnicas, económicas y financieras, y establecer planes de desarrollo
proteger usos y actividades tradicionales practicados de forma histórica reconocidos como compatibles
TÍTULO IX:
relaciones
internacionales:
AGE. instrumentos de colaboración y cooperación con otras redes, programa de colaboración internacional, participación en redes o instituciones internacionales
difusión y promoción de la imagen y valores de los PPNN españoles a nivel internacional