El derecho laboral
individual regula
las relaciones de
trabajo entre el
empleador y sus
trabajadores
CONTRATO DE TRABAJO
contratos segun su duracion:
Termino indefinido:
todo contrato verbal se
entiende que teien un
termino de duracion
indefinido, no es
determinadoo por un
plazo o condicion
Termino fijo: se establece
un plazo de duracion
determinado en el tiempo
no superior a 3 años. los
contratos a termino fijo
inferior a un año podran
renovarse por 3 periosos
iguales.
Por duracion obra o labor: el
contrato exige que sea escrito,
la duracion esta determinada
por el tiempo requerido para
ejecutar una obra
Periodo de prueba: Durante este
periodo debe ser pactado por
escrito para efectos del empleador
ejerce la facultad de
determinacion duracion el periodo
de prueba
trabajadores extranjeros: cuando un
trabajador extranjero firma contrato se
debera cumpumplir obligaciones,los
extranjeros vinculados a contratos de
trabajo en colombia seran afiliados al
sistema de seguridad social en
pensiones
PAGOS, RELACIÓN LABORAL
Salarios: es la
compensación directa que
recibe el empleador a
cambio de la prestación de
sus servicios , hay
diferentes tipos 1.salario
ordinario. 2.salario integral
prestaciones sociales: todo empleador
esta obligado a pagar a sus trabajadores
que devenguen un salario ordinario, las
prestaciones legales como 1. auxilio de
cesantias, 2. intereses a la cesantias, 3.
prima de servicios, 4. auxilio de
transporte, 5. calzado y vestido de llabor
aportes al sistema de seguridad social: se
creo en 1993 con la expedición de la ley
100, todos los empleadores estan en la
obligacion de afiliar a sus trabajadores al
sistema integral de seguridad social los
trabajadores extranjeros no so obligatorios
afiliarlos
afiliados a pensiones en forma voluntaria: los
trabajadores independientes que reciben en el
pais que no tengan la calidad de afiliados
obligatorios , los extranjeros que en virtud de un
contrato de trabajo permanezcan en el pais y no
esten cubiertos de un regimen
Aportes parafiscales: son los pagos
que deben ejecutar todo empleador.
un determinado porcentaje . (ICBF),
(SENA), (CCF).
JORNADA LABORAL
Descansos obligatorios: el
empleador esta obligado a
reconocer el descanso
dominical, esta remuneración se
encuentra incluida dentro del
salario mensual.
Vacaciones anuales remuneradas: Todo
trabajador tiene derecho a descansar 15 días
hábiles, tambien debe disfrutar de al menos 6
días hábiles continuos de vacaciones cada año
se pueden compensar las vacaciones con dinero
únicamente cuando el empleador y el
trabajador la acuerdan por escrito.
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
Aprendices: Todo empleado que cuente con
mas de 20 empleadores debe contratar un
aprendiz por cada uno de ellos, si el empleador
no desea contratar los aprendices exigidos por
la ley debera pagar al SENA una cuota de
monetización de un S.M.L.V, por cada uno de los
aprendices que no se vinculen,
Licencias: 1) de maternidad toda empleada tiene derecho a una licencia de
14 semanas,las cuales son remuneradas por el sistema general de
seguridad social en salud no se podrá despedir a mujeres embarazadas sin
justa causa. 2) de paternidad el compañero o esposo de la empleada
embarazada tendrá derecho a 8 días hábiles, si cotizo al sistema de
seguridad social en salud 3) Por luto en caso de fallecimiento de uno de su
familia de segundo grado tendrá derecho de una licencia remunerada de 5
días hábiles
REGLAMENTOS
Reglamento interno de trabajador: las
empresas comerciales que tengan mas de
5 empleado, las empresas industriales con
mas de 10, las empresas agrícolas con mas
de 20 empleados están en la obligación de
adoptar un reglamento interno de trabajo.
Reglamento de higiene: toda
empresa debe elaborar un
reglamento especial de higiene y
seguridad industrial
TERMINACIÓN DEL CONTRATO LABORAL
Indemnización: son los pagos derivados del
incumplimiento por parte del empleador de las
obligaciones legales. A) indemnizaciones por
terminación unilaterl del contrato sin justa
causa, B) indemnizaciones por falta de pago del salario.
ESTABILIDAD REFORZADA
Hay ciertos trabajadores que
no pueden ser despedidos
sin que medie autorización
como: 1) las mujeres
embarazadas o en lactancia,
2) empleados con fuero
sindica, entre otros
DERECHO COLECTIVO
Se encarga de regular
las relaciones entre el
empleado y las
organizaciones de
trabajadores
Derecho de asociación sindical: este derecho constitucional
busca proteger la creación y desarrollo de organizaciones
sindicales, por parte de los trabajadores de la defensa de sus
intereses de orden laboral y sindical
Sindicato: corresponde a la
asociación de trabajadores
orientada a la defensa de los
intereses individuales y
colectivos de sus afiliados, un
grupo de (25) o mas trabajadores
pueden forman un sindicato
Negociación colectiva y
convenios: los
trabajadores no
sindicalizados suscribiran
un pacto colectivo con los
empleadores si el pacto
colectivo en su conjunto,
otorga mejores
condiciones a los
trabajadores no
sindicalizados.
Huelga:Es la suspensión colectiva, temporal y
pacifica del trabajo ejecutado por los trabajadores
de una empresa, solo es legitimo y posible dentro
del proceso de negociacion colectiva como una
opcion para los trabajadores
OTRAS FORMAS DE VINCULACIÓN ESPECIAL
Contrato de prestación de servicio: las
personas(naturales o jurídicas) suscriben contratos
de prestación de servicios no obstante estos
contratos se suscriben cuando los servicios se
vayan aprestar con autonomía técnica,
administrativa. en el caso del contratista
responderá por los salarios, prestaciones sociales.
Empresas de servicio temporal: Son las
compañías que prestan servicios de
colaboración temporallas empresas pueden
contratar trabajadores temporales a través de
(EST) exclusivamente en casos previstos por la
ley siempre que no exceda estos casos de un
termino de (6) mese .
Cooperativa de trabajo asociado: Son
entidades sin animo de lucro que asocian
personas naturales las cuales contribuyen
económicamente a la cooperativa la CTA es
producir en comun bienes, ejecutar obras o
prestar servios a través de procesos. tiene
expresamente prohibido actuar como
empresas de intermediación laboral y
suministrar trabajadores para actividades
misionales.