Ley 80 de 1993

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Martha Helena Lopez
martha h  Lopez
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martha h  Lopez
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Ley 80 de 1993
  1. TITULO 1 - DISPOSICIONES GENERALES ARTICULOS 1 AL 22
    1. Define las facultades juridicas para calificar una entidad partiicipante en proceso de contratacion frente a sus habilidades y competencias
      1. Disponer las reglas y principios que rigen los contratos de las entidades estatales.
        1. Definición de Entidades, Servidores y Servicios Públicos. Para los solos efectos de esta Ley
        2. TITULO 2 - DE LOS PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL
          1. TRANSPARENCIA
            1. Los pliegos de condiciones o términos de referencia deben contener requisitos necesarios para participar, reglas justas, claras y completas para una escogencia objetiva, condiciones de costo, calidad, cuantía.
              1. Los contratistas se seleccionan mediante licitación o concurso público
                1. SECOP - COLOMBIA COMPRA
                  1. SICE
                  2. ECONOMIA
                    1. En las normas de selección y en los pliegos de condiciones se establecen procedimientos para selección objetiva de la propuesta más favorable. Las entidades pueden abrir licitaciones una vez tengan los presupuestos, los pliegos de peticiones y estudios deben elaborarse antes del proceso de selección. El contratista debe presentar garantía única la cual certifica el cumplimiento de las obligaciones adquiridas al firmar y durara hasta la liquidación, póliza de garantía.
                      1. Los servidores públicos deben vigilar la ejecución de los contratos según su objeto y fines de la contratación. Los contratistas serán responsables por ocultar inhabilidades o incompatibilidades al contratar al igual que los documentos incluidos para obtener el contrato. En los contratos estatales se debe mantener la igualdad de derechos y obligaciones en el momento de proponer o contratar y la entidad debe cumplir con los pagos.
                      2. RESPONSABILIDAD
                        1. Los servidores públicos deben vigilar la ejecución de los contratos según su objeto y fines de la contratación. Los contratistas serán responsables por ocultar inhabilidades o incompatibilidades al contratar al igual que los documentos incluidos para obtener el contrato. En los contratos estatales se debe mantener la igualdad de derechos y obligaciones en el momento de proponer o contratar y la entidad debe cumplir con los pagos.
                          1. REGLAS DE UNA LICITACION
                            1. Orden de apertura por el representante de la entidad (estudios, diseños y evaluaciones de pre factibilidad)
                              1. La entidad elabora los pliegos de condiciones
                                1. 10 a 20 días antes de apertura se publican 3 avisos en diarios
                                  1. Las propuestas deben contener y sujetarse a los liegos de condiciones
                                    1. Según su naturaleza, objeto y cuantía del contrato la entidad señalara las revisiones
                                      1. Los plazos para adjudicación y firma estarán en los pliegos
                                        1. La adjudicación se hará por audiencia pública, en la que participa el representante y los servidores que elaboraron estudios y evaluaciones
                                    2. TITULO 3. DEL CONTRATO ESTATAL
                                      1. CONTRATO DE OBRA
                                        1. Cuando se realiza trabajo material sobre bienes inmuebles
                                        2. CONTRATO DE CONSULTORÍA
                                          1. Estudios para la ejecución de proyectos, diagnósticos, perfectibilidad, asesorías técnicas de coordinación, gerencia de obras o proyectos, interventoría y asesoría, gerencia, planos, anteproyectos o proyectos.
                                          2. CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
                                            1. Cuando se desarrollan actividades relacionadas con el funcionamiento de la entidad.
                                            2. CONTRATOS DE CONCESIÓN
                                              1. Son los que tienen por objeto otorgar a una persona llamada concesionaria, la prestación, operación, explotación, organización o gestión total o parcial de un servicio público. O la construcción, explotación o conservación de una obra al servicio público
                                              2. ENCARGOS FIDUCIARIOS Y FIDUCIA PUBLICA
                                                1. Contrato que tiene por objeto el manejo de los recursos vinculados a los contratos que las entidades celebren
                                              3. TITULO 4.DE LA NULIDAD DE LOS CONTRATOS
                                                1. Causales de nulidad
                                                  1. Que se contrate con personas incursas en causales de inhabilidad
                                                    1. Que se celebren contra prohibición constitucional o legal, con abuso o desviación de poder
                                                    2. Que se declaren nulos los actos administrativos que los sustentan o desconocimiento articulo 21 ley 80 tratamiento de ofertas nacionales y extranjeras.
                                                    3. TITULO 5 - DE LA RESPONSABILIDAD CONTRA ACTUAL
                                                      1. Las entidades deben responder por los perjuicios que le causen a los contratistas, y debe indemnizar al contratista por la ganancia, beneficio o provecho que haya dejado de percibir
                                                        1. El servidor público debe responder disciplinaria, civil y penalmente por sus acciones y omisiones en la actuación contractual
                                                          1. Los contratistas al igual que los consultores, interventores y asesores responderán civil y penalmente por sus acciones.
                                                            1. Los actos sancionatorios los harán las entidades competentes señalando los medios de impugnación y defensa.
                                                            2. TITULO 6. DE LA LIQUIDACIÓN DE LOS CONTRATOS
                                                              1. En el acta de liquidación se debe poner fin a las divergencias presentadas para estar a paz y salvo, se exige al contratista la ampliación de la garantía del contrato a la estabilidad de obra, pago de salario y prestaciones.
                                                                1. Los contratos que se prologuen con el tiempo serán liquidados de común acuerdo con el tipo que este estipulado en los pliegos.
                                                                  1. Se hará una liquidación unilateral por parte de la entidad cuando las partes no se pongan de acuerdo
                                                                  2. TITULO 7: DEL CONTROL DE LA GESTIÓN CONTRACTUAL
                                                                    1. La procuraduría y demás agentes del ministerio realizaran investigaciones ante cualquier anomalía que se presente y pueda obtener sanciones pecuniarias y disciplinarias, harán visitas a las entidades estatales.
                                                                      1. Después de liquidados los contratos, la vigilancia fiscal incluirá un control financiero, de gestión y de resultados.
                                                                        1. Los ciudadanos podrán denunciar ante las autoridades competentes las irregularidades de los servidores públicos o de los particulares. Que constituyan delitos o faltas en la contratación estatal
                                                                        2. TITULO 8: DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES
                                                                          1. Cuando surjan discrepancias en la actividad contractual se acudirán a mecanismos de solución de controversias contractuales previstos en esta ley y a la conciliación, amigable composición y transacción
                                                                            1. En los contratos se podrá incluir clausula compromisoria, cuando existan diferencias acuden a un árbitro.
                                                                              1. Si no hay clausulas, una de las partes puede solicitar la suscripción de un compromiso de convocatoria a un tribunal de arbitramento.
                                                                              Show full summary Hide full summary

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