Medios alternos de solución de conflictos

Description

Mind Map on Medios alternos de solución de conflictos, created by Monica Marquez Cruz on 18/03/2018.
Monica Marquez Cruz
Mind Map by Monica Marquez Cruz, updated more than 1 year ago More Less
Ara Reséndiz
Created by Ara Reséndiz over 6 years ago
Monica Marquez Cruz
Copied by Monica Marquez Cruz about 6 years ago
0
0

Resource summary

Medios alternos de solución de conflictos
  1. Marco Jurídico
    1. CPEUM
      1. Art. 17
        1. Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias. En la materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial
        2. Art 18
          1. Las formas alternativas de justicia deberán observarse en la aplicación de este sistema, siempre que resulte procedente.
        3. Sistema Nacional de Seguridad Pública
          1. Art 6
            1. Las instituciones de seguridad pública deben fomentar la participación ciudadana
            2. Artí 131
              1. I Participar en la evaluación de las políticas y de las instituciones de seguridad pública. II. Opinar sobre políticas en materia de seguridad pública. III. Sugerir medidas específicas y acciones concretas para esta función. Entre otros.
          2. La Negociación
            1. Pasos que llevan a cabo conjuntamente las partes involucradas, para satisfacer sus interese a través de un acuerdo mutuamente beneficioso,
              1. Arbitraje
                1. Procedimiento por el cual se somete una controversia, por acuerdo de las partes, a un árbitro que dicta una decisión sobre la controversia que es obligatoria para las partes. Al escoger el arbitraje, las partes optan por un procedimiento privado de solución de controversias en lugar de acudir ante los tribunales
                2. Conciliación
                  1. Mediación en la cual un tercero tiene capacidad de proponer soluciones a las partes.. En el arbitraje las partes optan por dejar en una 3ra persona la solución final de su controversia
                  2. Mediación
                    1. Es la intervención en una disputa o negociación, de un tercero aceptable, imparcial y neutral que carece de un podert autorizado de decisión para ayudar a las partes en disputa a acamzar voluntariamente su propio arreglo mutuamente aceptable. Para que haya mediación es necesario que antes exista una negociación. Es decir, la intervención del mediador tiene que darse con persons que están disuestas a negociar entre ellas. El 3ro tiene que ser aceptado, imparcial y neutral.
                      1. El mediador participa de manera no cohercitiva, es decir, únicasmente da sugerencias. No tiene facultad para emitir un juicio. Las partes deciden la solución de la mediación
                Show full summary Hide full summary

                Similar

                Ramas del derecho
                Mónica Molina
                DERECHOS DE AUTOR EN INTERNET
                valeavenita
                Tema 2: Constitución Esañola (I)
                Francisco Afonso
                DERECHO ROMANO
                profesorjoelnavarro
                APUNTES DE DERECHO PROCESAL
                IGNACIO FERNANDEZ
                Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.
                Dania Riverol
                sistema penal acusatorio
                Agote la vía gubernativa
                Derecho Penal
                freddygroover
                MARCO JURÍDICO
                Javier Paz
                Aplicación de la teoría del conectismo en las cátedras de Derecho Constitucional I y II.-
                evamarcela.escob
                Mecanismos Alternativos a la Justicia en cuanto a la resolución de conflictos.
                Fernanda Tellechea