Control de Constitucionalidad

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Ara Reséndiz
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Control de Constitucionalidad
  1. Es el mecanismo jurídico por el cual para asegurar el cumplimiento de las normas constitucionales, se realiza un procedimiento de revisión de normas ordinarias, y en caso de contradicción con la Constitución se procede a la invalidación de las normas de rango inferior que no hayan sido hechas en conformidad con aquellas. El fundamento de este control es el mantenimiento del Principio de Supremacía Constitucional.
    1. Declaratoria General de inconstitucionalidad
      1. Cuando el pleno o las salas de la SCJN en los juicios de amparo indirecto en revisión, establezcan jurisprudencia por reiteración, en la cual se determine la inconstitucionalidad de la misma norma general, se informará a la autoridad emisora
        1. Transcurrido el plazo de 90 días sin que se supere el problema de inconstitucionalidad, la SCJN emitirá, siempre que fuere aprobada por una mayoría de cuando menos ocho votos, la declaratoria general de inconstitucionalidad, en la cual se fijarán sus alcances y condiciones en los términos de la ley reglamentaria.
        2. La declaratoria en ningún caso podrá modificar el sentido de la jurisprudencia que le da origen, será obligatoria, tendrá efectos generales y establecerá: La fecha a partir de la cual surtirá efectos y los alcances y condiciones de la misma
          1. Los efectos de estas declaratorias no serán retroactivos salvo en materia penal, en términos del párrafo primero del artículo 14 de la CPEUM
            1. NO es aplicable a normas generales en materia tributaria
              1. Los efectos de estas declaratorias no serán retroactivos salvo en materia penal, en términos del párrafo primero del artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
            2. La SCJN es el órgano constitucoinal habilitado para declarar la nulidad de un acto o una ley por violar la Constitución
              1. Artículo 105 CPEUM - La SCJN conocerá, de los asuntos:
                1. De las controversias constitucionales que, con excepción de las que se refieran a la materia electoral, se susciten entre:
                  1. La Federación y una entidad federativa
                    1. La Federación y un municipio
                      1. El Poder Ejecutivo y el Congreso de la Unión (cualquiera de las cámaras o en su caso la Comisión Permanente)
                        1. Un Estado y otro
                          1. Dos municipios de diversos Estados
                            1. Dos Poderes de una misma entidad federativa
                              1. Un Estado y uno de sus municipios
                                1. Un Estado y un municipio de otro
                                  1. Dos órganos constitucionales autónomos, y entre uno de éstos y el Poder Ejecutivo de la Unión o el Congreso de la Unión
                                2. Votaciones del Pleno
                                  1. +8 votos -> Jurisprudencia
                                    1. Con 6 votos se aprueba la sentencia
                                      1. Tipo de votos
                                        1. Voto Particular -> Algún ministro que esta a favor pero que no comparte plenamente los mismos ideales expone sus razones
                                          1. Voto Concurrente -> El ministro expresa sus razones por la negativa
                                      2. Recursos para el Control de Constitucionalidad
                                        1. Amparo contra leyes
                                          1. *Ciudadanos
                                            1. El juicio de amparo tiene por objeto resolver toda controversia que se suscite:
                                              1. Por leyes o actos de la autoridad que violen las garantías individuales;
                                                1. Por leyes o actos de la autoridad federal, que vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados;
                                                  1. Contra leyes o actos de los Estados o del Distrito Federal que invadan la esfera de la autoridad federa
                                                  2. Ley Regulatoria
                                                    1. Artículos 103 y 107 CPEUM
                                                      1. Ley de amparo
                                                      2. Amparo directo
                                                        1. impugnación que el gobernado hace de un artículo o ley que le está causando perjuicio en su persona o en su esfera jurídica y que esta en contra de lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
                                                          1. Formas de impugnar
                                                            1. Desde que que entra en vigor la ley puedes impugnarla y tienes 30 días para hacerlo.
                                                              1. Con motivo de su aplicación por 1ra vez en perjuicio del gobernado
                                                              2. Lo puede sacar cualquier persona
                                                            2. Controversia Constitucional
                                                              1. Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 CPEUM
                                                                1. Proceso
                                                                  1. Presentación de la demanda ante la Oficialia de Partes
                                                                    1. El ministro citará a la parte demandada para que en el término de 30 se produzca su contestación
                                                                      1. Pasado el plazo de la contestación de la demanda, el ministro citará a una audiencia de ofrecimiento y desahogo de pruebas
                                                                        1. Una vez concluida la audiencia, el ministro instructor someterá a la consideración del Tribunal Pleno el proyecto de resolución respectivo en los términos previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
                                                                          1. La Corte da resolución
                                                                            1. Recibida la demanda, el Presidente de la SCJN designará a un ministro instructor
                                                                              1. La sentencia se publica en el D.O.F y el seminario judicial de la Federación
                                                                            2. Instauradas para garantizar el principio de División de Poderes, en ellas se plantea una invasión de las esferas competenciales establecidas en la Constitución Federal, así como cualquier otro tipo de violación al citado Texto Fundamental.
                                                                            3. Acción de incosntitucionalidad
                                                                              1. Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 CPEUM
                                                                                1. Las acciones de inconstitucionalidad podrán ejercitarse, dentro de los 3O días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma, por:
                                                                                  1. El equivalente al 33% de los integrantes de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en contra de leyes federales
                                                                                    1. El equivalente al 33% de los integrantes del Senado, en contra de las leyes federales o de tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano
                                                                                      1. El Ejecutivo Federal, por conducto del Consejero Jurídico del Gobierno, en contra de normas generales de carácter federal y de las entidades federativas
                                                                                        1. El equivalente al 33% de los integrantes de alguna de las Legislaturas de las entidades federativas en contra de las leyes expedidas por el propio órgano;
                                                                                          1. Los partidos políticos con registro ante el INE, por conducto de sus dirigencias nacionales, en contra de leyes electorales federales o locales; y los partidos políticos con registro en una entidad federativa, a través de sus dirigencias, exclusivamente en contra de leyes electorales expedidas por la Legislatura deL estado de su registro
                                                                                            1. La CNDH, en contra de leyes de carácter federal o de las entidades federativas, así como de tratados internacionales celebrados que vulneren los derechos humanos consagrados en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte.
                                                                                              1. El Fiscal General de la República respecto de leyes federales y de las entidades federativas, en materia penal y procesal penal
                                                                                                1. El INAI en contra de leyes de carácter federal y estatal, así como de tratados internacionales
                                                                                                2. Proceso
                                                                                                  1. La demanda se presenta ante la Oficialia de partes
                                                                                                    1. El presidente de la SCJN nombra a un ministro instructor
                                                                                                      1. El ministro instructor pedirá un informe a los órganos legislativos que hubiere emitido la norma, así como al órgano ejecutivo que la hubiere promulgado -> lapso de 15 días
                                                                                                        1. Capaces de promulgar leyes
                                                                                                          1. Congreso de la Unión (C. Diputados, C. Senadores)
                                                                                                            1. Legislaturas de los Estados
                                                                                                              1. Ayuntamiento
                                                                                                                1. Gobernadores
                                                                                                                  1. El presidente
                                                                                                                2. Se da un lapso de 5 días para la formulación de alegatos
                                                                                                                  1. El ministro instructor propone al Pleno un proyecto de sentencia
                                                                                                                    1. Se debate y se vota en el Pleno
                                                                                                                  2. Tiene por objeto determinar si una disposición de legislación ordinaria, ya sea federal o local, es contraria a alguna disposición constitucional.
                                                                                                                Show full summary Hide full summary

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                                                                                                                El Porfiriato (1876-1911)
                                                                                                                mramir05
                                                                                                                México durante 1920-1940
                                                                                                                osca_rin_a1997
                                                                                                                Test sobre los Presidentes de México (1964-2018)
                                                                                                                Raúl Fox
                                                                                                                Administración Pública (en México) del siglo XIX.Roberto Rives
                                                                                                                Isaac de la Cruz
                                                                                                                Movimiento estudiantil 1968
                                                                                                                Crist Caeli Cariño
                                                                                                                Los recursos minerales y energeticos en el mundo y en México
                                                                                                                Ana R