TABLAS DE RETENCIÓN DOCUMENTAL Y TRANSFERENCIAS DOCUMENTALES.

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liliana ramirez
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TABLAS DE RETENCIÓN DOCUMENTAL Y TRANSFERENCIAS DOCUMENTALES.
  1. TABLAS DE RETENCIÓN DOCUMENTAL.
    1. Listado de series y sus correspondientes tipos documentales a las cuales se asigna el tiempo de permanencia en cada etapa del ciclo vital de los documentos y de acuerdo con la cobertura de las mismas, pueden ser generales que se refieren a documentos administrativos comunes a cualquier institución, también conocidos como documentos facilitativos, por ej: Circulares. Y específicas que hacen referencia a documentos característicos de cada organismo, por ejemplo: Historias Clínicas.
      1. Permiten el manejo integral de los documentos. Facilitan la organización de los documentos a partir del concepto de Archivo Total. Ayudan a controlar la producción y trámite documental. Identifican y reflejan las funciones institucionales. Integran los procesos archivísticos para el manejo racional de los documentos. Permiten identificar los documentos que sirven de apoyo a la gestión administrativa y que por su carácter pueden eliminarse en el archivo de gestión.
        1. PROCESOS TÉCNICOS : constituyen herramientas de primera mano en la gestión documental: Identificación, Valoración, Selección que preceden la elaboración de las Tablas de Retención Documental y selección y eliminación que son su resultado.
          1. La identificación permite reconocer la procedencia, caracterizar y describir la documentación , permite la identificación de las secciones, series y subseries dentro de un fondo documental, debe realizarse teniendo en cuenta la estructura orgánico-funcional de la entidad productora. puede establecerse de lo general a lo particular . Debe partirse del FONDO identificándolo con toda la documentación producida por la entidad, pasando por la SECCION y SUB-SECCION que son las agrupaciones documentales generadas por las unidades administrativas de mayor y menor rango. [FONDO]-[ SECCIÓN] [SUB-SECCIÓN].
            1. Una vez identificados y establecidos los anteriores niveles jerárquicos se descenderá al nivel documental. [ SERIE ] - [ SUB-SERIE ] - [ UNIDAD DOCUMENTAL]. Las series pueden ser simples (un solo tipo documental) o complejas (tipos documentales diferentes).
              1. VALORACIÓN: El objetivo es proteger el Patrimonio Documental ya que permite el establecimiento de los valores primarios y secundarios y su permanencia en cada una de las fases de archivo, esta valoración esta sujeta a criterios generales que permiten determinar si un documento está en su fase activa, semiactiva o inactiva. Las dos primeras fases hacen relación a los VALORES PRIMARIOS, en tanto que la tercera puede contener o no documentos con VALORES SECUNDARIOS.
                1. SELECCIÓN : proceso mediante el cual se determina la conservación parcial de la documentación por medio del muestreo permite: -Optimizar el control y facilitar el acceso a los documentos requeridos por la administración o por el usuario externo . - Ofrecer acervos documentales integrales que reflejen la estructura de la entidad productora. - Reducir costos en espacio, tiempo y materiales. -Garantizar la conservación documental.
                  1. Elementos indispensables para este proceso: - La selección puede aplicarse a documentación que ha perdido su vigencia, a a series documentales voluminosas y cuyo contenido informativo se repite o se encuentra registrado en otras series. se aplica a series documentales cuyo valor informativo no amerita su conservación total y cuando una serie documental no requiere conservarse totalmente debe seleccionarse a través de muestreo.
                    1. LA ELIMINACIÓN : Es la destrucción de los documentos que han perdido su valor administrativo, jurídico, legal, fiscal o contable y que no tienen valor histórico o que carecen de relevancia para la ciencia y la tecnología
                      1. La decisión de eliminar documentos, si no está establecida por ley o reglamento, es responsabilidad del Comité de archivo de cada entidad y se tiene en cuenta que los documentos inactivos que han sido de antemano señalados como eliminables, deben destruirse tan pronto como se cumpla el plazo fijado por las TRD. Ninguna serie documental puede ser destruida sin estar previamente registrada en la correspondiente TRD y también deben formar parte del proceso de preparación de las transferencias primarias y secundarias, es decir, cuando los archivos de gestión transfieren al central y este al histórico. En todos los casos deberá levantarse un acta acompañada de su inventario.
                        1. PASOS METODOLOGICOS PARA LA ELABORACION Y APLICACION DE LAS TABLAS DE RETENCION DOCUMENTAL
                          1. Investigación preliminar sobre la institución 1. Compilación de la información institucional : Disposiciones legales, actos administrativos y otras normas relativas a la creación y cambios estructurales de la entidad (decretos, acuerdos, resoluciones.) Estructura interna vigente de la entidad, manuales de funciones y de procedimientos. - Organigrama actual, resoluciones y/o acto administrativo de creación de grupos y asignación de funciones.
                            1. Entrevista con los productores de los documentos de la institución.Identificación y definición de unidades documentales. - Análisis de la producción y trámite documental teniendo en cuenta los manuales de procedimientos de las dependencias. - Identificación de valores primarios de la documentación.
                              1. Análisis e interpretación de la información recolectada - Conformación de series y subseries con sus respectivos tipos documentales, teniendo como base la Encuesta Estudio Unidad Documental (parte II, item 8) y el resultado del análisis de los manuales de procedimientos. - Valoración y Selección Documental,
                                1. Elaboración y presentación de las Tablas de Retención Documental Las TRD deben presentarse acompañadas de una introducción y de los anexos que sustenten el proceso de elaboración y aseguren su comprensión y aplicación. - Presentación y aval de la propuesta de Tabla de Retención mediante Acta del Comité de Archivo de la Entidad. - Remisión de las TRD al secretario del Comité Evaluador de Documentos o a la instancia correspondiente, para estudio y trámite, acompañadas de los anexos que sustenten los procesos y criterios empleados en su elaboración.
                                  1. Si la instancia competente hace observaciones a las Tablas de Retención Documental presentadas, la entidad esta obligada a atenderlas y deberá presentarlas nuevamente, para su aprobación.
                              2. Aplicación Una vez elaboradas y aprobadas las TRD debe hacerse su difusión indicando: - Fecha a partir de la cual son de obligatorio cumplimiento. - Instructivo para su aplicación - Normas para la organización de los archivos de gestión en concordancia con la TRD de cada oficina. Las instancias evaluadoras verificarán la aplicación de las Tablas de Retención Documental y el Archivo General de la Nación, por su parte, ejercerá funciones de inspección y vigilancia en concordancia con el artículo 32 de la Ley 594 de 2000.
                                1. RESPONSABLES DE LA EVALUACION Para los organismos del orden nacional el Consejo Directivo del Archivo General de la Nación previo concepto emitido por el Comité Evaluador de Documentos del AGN. Para los organismos del orden departamental el Comité Evaluador de Documentos del Orden Departamental o la instancia a la cual se delegue esta función. Para los organismos del orden municipal el Comité Evaluador de Documentos del Orden Municipal o la instancia a la cual se delegue esta función.
                  2. PRINCIPIOS BASICOS La elaboración de las Tablas de Retención Documental debe basarse en la estructura orgánico-funcional de la entidad productora, con el fin de identificar las series y subseries documentales cualquiera sea el soporte de la información. Los períodos de retención y disposición final de la documentación son fijados en la Tabla de Retención. Estos pueden ser establecidos por ley, reglamento o propuestos por los gestores de la documentación ante las instancias correspondientes. En todo caso el tiempo de retención previsto para los documentos de archivo de oficina y de archivo central debe estar acorde con las necesidades administrativas y las disposiciones legales. Una vez elaboradas las Tablas de Retención Documental, avaladas por el Comité de Archivo de cada entidad y aprobadas por la instancia correspondiente, deberán difundirse en todas las dependencias de la Institución, con una guía explicativa a fin de facilitar su comprensión, aplicación y actualización.
              2. TRANSFERENCIAS DOCUMENTALES.
                1. Remisión de los documentos del archivo de gestión al central y de este al archivo histórico de conformidad con las Tablas de Retención Documental (TRD) aprobadas
                  1. UTILIDAD - Garantizar a los ciudadanos el acceso a la información. - Evitar la producción y acumulación irracional de documentos. - Asegurar y facilitar el control efectivo y ordenado de la documentación. - Solucionar, a nivel físico y funcional, el problema de la acumulación de documentos en las dependencias e instituciones productoras. - Concentrar la información útil, ya sea para la toma de decisiones administrativas o para el conocimiento del desarrollo histórico institucional. - Guardar precaucional o definitivamente la documentación, en las mejores condiciones de conservación.
                    1. IMPORTANCIA En toda entidad se deben realizar transferencias internas de los archivos de gestión o de oficinas al central y, finalmente, al histórico o permanente. Este proceso se realiza teniendo en cuenta el ciclo vital de los documentos, con la periodicidad que establezcan las TRD en cada entidad, como se explica a continuación.
                      1. Archivo de gestión o de oficina En este archivo reposan los documentos generados en los procesos de gestión administrativa. El tiempo de permanencia de la documentación en éste depende fundamentalmente del trámite y de las normas internas indicadas en las TRD, para luego decidir su traslado al archivo central.
                        1. Archivo central o intermedio A este archivo son transferidos los documentos de los archivos de gestión cuya consulta no es tan frecuente, es decir, cuando están en su segundo ciclo de vida (semiactivos). El archivo central deberá facilitar la consulta tanto a las oficinas productoras como al público en general de acuerdo a las normas que lo regulen
                          1. Archivo histórico o permanente Aquel al cual se transfiere la documentación del archivo central o del archivo de gestión que por decisión del correspondiente comité de archivos, debe conservarse permanentemente, dado el valor que adquiere para la investigación, la ciencia y la cultura. Al transferir la documentación al archivo histórico se debe cotejar con el inventario para incorporarla al fondo documental correspondiente, señalándole la signatura topográfica.
                            1. Toda transferencia deberá ir acompañada de un inventario en el que se relacionarán las series, subseries y unidades documentales, consignando las fechas extremas y el número de folios. Con la ejecución de estas transferencias no sólo se descongestionan las oficinas sino que se establecerá un vínculo más estrecho entre los Archivos de Gestión y el Archivo Central.
                              1. PREPARACION FISICA DE LA DOCUMENTACION: - Limpieza de la documentación - Eliminación de material metálico - Identificación del material afectado por biodeterioro. - Revisión y Foliación - Unidades de conservación y realmacenamiento. -
                                1. Especificaciones para almacenamiento y conservación en archivo central e histórico: Cajas - Materiales. Elaboradas en cartón corrugado, recubierto en su cara interna por una película a base de parafina y ceras vegetales. Adicionalmente, cada caja tendrá dos fuelles elaborados en el mismo cartón. - Tamaño. Las dimensiones más generalizadas son: alto 27 cms., ancho 40 cms. y profundidad 12.5 cms. Cada entidad podrá establecer los tamaños de acuerdo con su documentación. El diseño con pliegues y lengüetas que encajan por presión (a manera de caja y espigo), permiten el ensamblaje sin la utilización de materiales metálicos, cintas, y/o adhesivos, fuentes de deterioro para la documentación.
                                  1. Identificación : Las cajas deben ser rotuladas en sus tapas laterales, con los siguientes datos generales: CODIGO (de la entidad)_____________________________ FONDO _________________________________________ SECCION___________________________________________ SUBSECCION_______________________________________ NUMERO DE CARPETAS___________ CAJA N° __________ N° CONSECUTIVO _______________ N° CORRELATIVO _______________ FECHAS EXTREMAS DEL _________ AL __________
                                    1. Carpetas - Material. Cartulina libre de acidez (neutra), o en su defecto, cartulina bond (blanca). debe mantenerse la unidad del expediente pero cuando este sobrepase los cien folios, la separación deberá hacerse respetando el contenido de los cuadernos o temas.
                                      1. Identificación: Se realizará sobre la solapa, en la esquina superior derecha, con los siguientes datos: FONDO ________________________________________ SECCION ______________ SUBSECCION____________ SERIE _________________ SUBSERIE________________ N° DE FOLIOS ___________ N° DE CARPETA _________ N° DE CAJA _____________
                                        1. Los mapas, planos y documentos NO doblarlos y depositarlos horizontalmente. Dependiendo de su estado de podrán enrollarse en tubos recubiertos de tela de algodón o papel neutro, protegiendo el exterior con papel libre de acido.
                                  2. Amarre Este proceso es importante para reforzar estructuralmente las unidades de conservación a transferir y a la vez facilitar su traslado. El procedimiento se realiza mediante el empleo de una cinta de faya o hiladillo de 2,5 cm. de ancho que abrace la unidad en sentido vertical y horizontal, a modo de paquete, anudado hacia la parte superior
                                    1. Embalaje. -Utilizar cajas que cumplan las especificaciones mínimas sugeridas por el Archivo General de la Nación. - La cantidad de unidades de conservación a empacar en cada caja de transferencia deberá ser moderada para evitar el deterioro de la documentación. No olvidar que no sólo el volumen ha de tenerse en cuenta sino también su peso. - Al empacar se debe mantener el orden estricto del inventario.
                                      1. Procedimiento para cargar las cajas en el vehículo: La primera caja que ingrese corresponderá al último número de la remisión y así sucesivamente en orden descendente, de tal manera que la última caja que ingrese al vehículo sea la N° 1. En el caso de material cartográfico o de gran formatestablecer el sistema de embalaje más adecuado para su transporte; el traslado se hará en tubos, guacales o siguiendo las indicaciones dadas para las cajas.
                                2. REQUISITOS PARA EFECTUAR LAS TRANSFERENCIAS - Existencia del Comité de Archivo en la entidad, el cual debe conformarse según lo estipulado en el Artículo 4° del Acuerdo 12 de 1995 de la Junta Directiva del Archivo General de la Nación que modifica la parte I del Acuerdo 07 de 1994. - Tablas de Retención Documental debidamente avaladas por el Comité de Archivo de cada entidad y aprobadas por el Consejo Directivo del Archivo General de la Nación, cuando sea del caso.
                          2. MARCO JURÍDICO : Los mandatos constitucionales referentes a la conservación y salvaguarda del Patrimonio Cultural de la Nación, el derecho a la intimidad, el derecho de petición, el derecho a la información y el libre acceso a los documentos públicos, entre otros, son pilares de la normatividad aplicada a los documentos y el fundamento de la Política Archivística en el país.
                            1. Constitución Política de Colombia : Título I : Articulo 8 . Título II : Artículo 15,20 y 23 . El capítulo II : Articulo 72 y 74 . Ley 80 del 22 de diciembre de 1989 : Decreto 1777 de 1990 . Acuerdo 012 del 16 de octubre de 1991 . Acuerdo 07 del 29 de junio de 1994. Decreto 1382 del 18 de agosto de 1995 . Acuerdo 08 y 9 del 18 de octubre de 1995 . Acuerdo 12 de 18 de octubre de 1995 . Ley 190 de 6 de junio de 1995 : Artículo 27,79. Ley 200 de 28 de julio de 1995 : Numeral 1, 5 , 24 ; Artículo 41 : Numeral 7 , 9, y 16. Ley 594 julio 14 de 2000 : Artículo 41 Ley general de archivos. Artículo 24
                              1. COBERTURA DE LA NORMA :
                                1. RAMA EJECUTIVA, RAMA LEGISLATIVA , RAMA JUDICIAL , Jurisdicción Contencioso-Administrativa , MINISTERIO PÚBLICO , ORGANOS DE CONTROL FISCAL , ORGANIZACION ELECTORAL , ORGANIZACION TERRITORIAL.
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