LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
"Disposiciones Generales"
ART. 1° Ley que regula
la educación
Esta Ley regula la educación que imparten el Estado
-Federación, entidades federativas y municipios
Art. 2° Todo individuo derecho a
la educación
Todo individuo tiene derecho a recibir educación de
calidad en condiciones de equidad
Art. 3° El Estado está obligado a prestar
sevicios educativos a toda la población
El Estado está obligado a prestar servicios educativos de
calidad que garanticen el máximo logro de aprendizaje de
los educandos, para que toda la población pueda cursar la
educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media
superior
Art. 4° Todos los
Mexicanos que cursen
Educación Primaria-Media
superior
Todos los habitantes del país deben
cursar la educación preescolar, la
primaria y la secundaria.
Art. 5° La Educación
es laica
La educación que el Estado imparta será laica
y, por lo tanto, se mantendrá por completo
ajena a cualquier doctrina religiosa.
Art. 6° Es
gratuita
Se prohíbe el pago de cualquier
contraprestación que impida o condicione la
prestación del servicio educativo a los
educandos.
Art. 7° La educación que imparta el
Estado tendrá que:
Fraccion I: Contribuir al desarrollo integral del
individuo
Fracción II: Favorecer el desarrollo de facultades
para adquirir conocimientos
Fracción III: Fortalecer la conciencia Nacional y
la Soberanía
Fracción IV: Promover la pluralidad
linguistica
Fracción V: Infundir el conocimiento y la práctica de
la democracia
Fracción VI: Promover el valor de la justicia e
igualdad
Fracción VII: Fomentar
la investigación
Fracción VIII: Implusar los valores de la
cultura universal
Fracción IX: Fomentar la práctica del
deporte
Fracción X: Crear conciencia sobre la preservación de la
salud
Fracción XI: Inculcar prevención, valoración y conservación
ambiental
Fracción XII: Fomentar solidaridad hacia el bienestar
integral
Fracción XIII: Fomentar el
cooperativismo
Fracción XIV: Fomentar cultura de transparencia y rendición de
cuentas
Fracción XIV BIS: Promover la lectura del
libro
Fracción XV: Difundir los derechos y deberes de los niños- adolescentes
etc.
Fracción XVI: Realizar acciones preventivas
Art. 8° La educación se basará en
el progreso científico luchará
contra prejuicios creencias etc.
I.- Será democrático
II.- Será nacional
III.- Contribuirá a
la mejor
convivencia
humana
IV.- Será de calidad
Art. 9° El estado apoyará
financieramente a todas
las modalidades educativas
Además de impartir la educación
preescolar, la primaria, la secundaria y la
media superior, el Estado promoverá y
atenderá -directamente, mediante sus
organismos descentralizados, a través de
apoyos financieros, o bien, por cualquier
otro medio–
Art. 10° El Sistema
Educativo Nacional
I.- Los
educandos,
educadores y los
padres de
familia;
II.- Las autoridades
educativas
III.- El Servicio
Profesional
Docente
IV.- Los planes,
programas, métodos
y materiales
educativos
V.- Las instituciones
educativas del estado y de sus
organismos descentralizados
VI.- Las instituciones de los
particulares con autorización o con
reconocimiento de validez oficial
de estudios
VII.- Las
instituciones de
educación
superior a las que
la ley otorga
autonomía
VIII. La
evaluación
educativa
IX.- El Sistema de
Información y
Gestión
Educativa
X.- La infraestructura
educativa
Educandos, educadores, autoridades educativas,
C.N.T.E, planes y programas, instituciones
educativas del Estado y sus organismos
descentralizados.
Art 11°: Corresponden a las
autoridades educativas de
la federación SEP, ETC
CARLOS SALINAS DE
GORTARI, Presidente
Constitucional des los
Estados Unidos
Mexicanos