El salario mínimo

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Mapa mental del salario mínimo, Esta basado en el ensayo: "El salario mínimo: Aspectos generales sobre los casos en Colombia y otros países" de Luis Arango, Paula Herrera y Carlos Posada (Junio 2008)
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El salario mínimo
  1. Reseña histórica
    1. Nueva Zelanda
      1. 1894: Ley de Arbitramento y Conciliación Industrial (protección de un salario mínimo obligatorio y mejores condiciones de empleo)
      2. Gran Bretaña:
        1. Final siglo XIX e inicio del XX:
          1. Ley de Pensiones para la Vejez: estableció una pensión para todos los mayores de 70 años cuyos ingresos no llegaran a las 32 libras semanales
            1. Ley de la Marina Mercante: mejoraron las condiciones de trabajo de los marineros
            2. 1911: Ley de Seguros Nacionales, creó los seguros de enfermedad y desempleo (financiados por empleados y empleadores)
            3. Conferencia de Berna en 1919
              1. Se elaboró la Carta del Trabajo
                1. Espacios de diálogo entre obreros y patronos que conducían a una fijación de salarios concertada.
                  1. Solicitó a la Conferencia de Paz de Versalles, la creación de un sistema internacional del trabajo
                    1. Esto más otros factores llevaron a que en el tratado de Versalles (Junio 1919), se creará la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
                      1. El objetivo fundamental de esta institución es el establecimiento de instituciones formales que mejoren las condiciones de los trabajadores.
                        1. Uno de los mecanismos para llegar a este objetivo es, la fijación del salario mínimo.
                          1. Desde 1928 hasta 1970 la OIT Logró 2 cosas en relación a esto
                            1. 1. Hizo que un importante número de países incorporara dentro de sus políticas sociales el salario mínimo
                              1. 2. Demostro importancia en la forma y condiciones con las cuales éste se fija
                                1. El artículo 4 del convenio vigente (1970) dispone que deben tenerse en cuenta:
                                  1. a) las necesidades de los trabajadores y de sus familias teniendo en cuenta el nivel general de salarios en el país, el costo de vida, las prestaciones de seguridad social y el nivel de vida relativo de otros grupos sociales
                                    1. b) los factores económicos, incluidos los requerimientos del desarrollo económico, los niveles de productividad y la conveniencia de alcanzar y mantener un alto nivel de empleo”.
                    2. Sus efectos
                      1. Sobre el empleo, existen 4 enfoques
                        1. 1. El modelo competitivo
                          1. El salario es determinado por la interacción de la demanda y la oferta. El resultado es un salario uniforme pagado por todas las empresas y recibido por todos los trabajadores (mismas capacidades-habilidades).
                            1. El número de personas que desean trabajar es igual al número de trabajadores que los empleadores están dispuestos a contratar.
                              1. Un salario mínimo por encima del salario de mercado, la cantidad ofrecida aumenta, la demandada disminuye y se genera un exceso de oferta. El salario mínimo establecido no permite que exista un equilibrio (no se puede eliminar el exceso de oferta) y el resultado de la introducción de esta rigidez es la generación de desempleo involuntario
                            2. 2, El salario mínimo en una economía con dos sectores bajo el modelo competitivo
                              1. Sector cubierto (Formal), el que se ajusta a toda la normatividad
                                1. Sector no cubierto, no cumple con las disposiciones
                                  1. Algunos trabajadores que salen del sector cubierto, son absorbidos por el sector no cubierto, reduciéndose así el salario promedio de este último y aumento en el empleo. Sin embargo esto puede cambiar ya que: la dirección en la cual se mueve el trabajo entre los sectores, el nivel de desempleo y el diferencial de salarios dependen de la elasticidad de la demanda de trabajo de los dos sectores, de la elasticidad de la oferta de trabajo total, de la cobertura del salario mínimo y de la tasa de vacantes en el sector formal
                                  2. 3. El salario mínimo en un modelo de monopsonio (un solo demandante de mano de obra)
                                    1. Un monopsonio ejerce su poder de mercado pagando un salario menor al que se pagaría en un mercado competitivo
                                      1. Al introducir un salario mínimo en este mercado, el empleador se convierte en un tomador de precios, y cualquier trabajador que contrate gana un salario igual al mínimo. Es decir, el costo marginal de contratar un trabajador se vuelve constante
                                        1. Si el salario mínimo se fija por encima del salario de monopsonio, pero por debajo del de competencia perfecta el nivel de empleo aumenta y el salario también. Sin embargo, si el salario mínimo es fijado por encima del salario de competencia perfecta el empleo se puede reducir a un nivel inferior al del caso competitivo.
                                          1. Dickens, Machin y Manning (1999), encontraron que, para el caso británico, el salario mínimo no tiene ningún impacto negativo en el empleo
                                      2. El salario mínimo y la teoría de salarios de eficiencia
                                        1. Una manera de incrementar la productividad, consiste en establecer un salario superior al de equilibrio. Un salario más alto mejora el esfuerzo de los trabajadores y el deseo de este por mantenerlo, esto hace que ya no requiere de una supervisión tan intensa. Mayores salarios traerán como resultado mayor empleo.
                                        2. 4. El salario mínimo y el modelo de búsqueda
                                          1. El efecto del salario mínimo sobre el empleo depende de manera crucial del salario de reserva, del esfuerzo de búsqueda y de las propiedades de la función de distribución de los salarios ofrecidos
                                            1. Van den Berg y Ridder (1998): modelo de búsqueda de equilibrio. Un salario mínimo uniforme que exceda el nivel de productividad puede fácilmente causar desempleo ya que las empresas, dejarían de ser rentables.
                                              1. Cahuc y Zylberberg (2004): sugieren que ante un aumento del salario mínimo la diferencia entre las ganancias esperadas de un empleado y un desempleado aumenta, disminuyendo la tasa de desempleo
                                          2. Sobre la formación de capital humano
                                            1. La pregunta básica es, ¿el salario mínimo aumenta o reduce la tasa de retorno de la educación entre los jóvenes?
                                              1. Mattila (1979 y 1982), mayor educación formal está positivamente correlacionada con el salario mínimo, siendo contrario para el caso del entrenamiento.
                                                1. Mincer y Leighton (1980), el entrenamiento se ve afectado negativamente por el salario mínimo.
                                                  1. Ehrenberg y Marcus (1982),
                                                    1. Para quienes provienen de familias de bajos ingresos,, el salario mínimo reduce sus niveles de escolaridad
                                                      1. para quienes provienen de familias de mayores ingresos, aumenta sus logros educativos
                                                  2. Sobre la pobreza, desigualdad y bienestar
                                                    1. Swinnerton (1996), debido al aumento de productividad, efectos positivos de bienestar surgen siempre.
                                                      1. El aumento del salario mínimo incrementa la probabilidad de que unas familias salgan de la condición de pobreza en tanto que aumenta la probabilidad de que otras ingresen a ella
                                                        1. Lustig y McLeod (1997) encuentran que el salario mínimo y la pobreza están relacionados inversamente
                                                      2. En Colombia
                                                        1. Art. 4 de la Ley 6 de 1945: “El Gobierno podrá señalar, por medio de decretos que regirán por el término que en ellos se indique, los salarios mínimos para cualquier región económica o cualquier actividad profesional, industrial, comercial, ganadera o agrícola de una región determinada, de conformidad con el costo de la vida, las modalidades del trabajo, la aptitud relativa de los trabajadores, los sistemas de remuneración o la capacidad económica de las empresas, previo concepto de comisiones paritarias de patronos y trabajadores”
                                                          1. Esta se hizo efectiva hasta 1949, con el Decreto 3871, que fijo por primera vez el Salario Mínimo ($2 día)
                                                            1. 1950: se define al salario mínimo como: "el que todo trabajador tiene derecho a percibir para subvenir a sus necesidades normales y a las de su familia, en el orden material, moral y cultural”
                                                              1. Existía una amplia gama de salarios mínimos
                                                                1. Decreto 236 de 1963: estableció salarios por departamentos y tamaños de empresa
                                                                  1. Decreto 240 de 1963: salario mínimo en el sector agrícola y para trabajadores menores de dieciséis años
                                                                    1. Decreto 577 de 1972: fijó salarios por sector, por zona del país y por tamaño de empresa, etc
                                                                      1. No necesariamente se ajustaba al inicio de cada año, en ocasiones se estableció para varios años, y en otras se modificó varias veces en un mismo año; esto se debía a la inflación.
                                                                        1. En 1979 el ajuste del salario mínimo se hizo anual, empezando a regir a partir del primer mes, como es lo usual actualmente.
                                                                    2. El artículo 53 de la Constitución Política de 1991: ", la remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo como uno de sus elementos básicos"
                                                                      1. Actualmente, la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Laborales y Salariales es la encargada de proponer el salario mínimo a finales de cada año (esta conformada por representantes del gobierno, los empleadores y los empleados
                                                                        1. Gobierno: el Ministro de la Protección Social o su delegado, quien la presidirá; el Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado; el Ministro de Comercio Exterior o su delegado; el Ministro de Agricultura o su delegado, y el Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado
                                                                          1. Empleadores: cinco representantes con sus respectivos suplentes personales, designados por las asociaciones nacionales gremiales más representativas de empleadores de los distintos sectores económicos del país, en forma ponderada y de acuerdo con la participación de cada sector en el producto interno bruto y en la generación de empleo. (DANE)
                                                                            1. Trabajadores: cinco representantes con sus suplentes personales, designados o removidos por las confederaciones sindicales más representativas del país, determinadas con base en el número de afiliados que cada una de éstas posea al momento de la elección, según censo que en tal sentido elabore el Ministerio de la Protección Social, y dentro de los cuales habrá por lo menos un representante de los pensionados con su respectivo suplente de los pensionados, que se rotará cada cuatro años entre las dos confederaciones más representativa.
                                                                              1. No forman parte, representantes del sector académico, del Ministerio de Educación, del SENA.
                                                                              2. Ley 278 de 1996
                                                                                1. "Fijar de manera concertada el salario mínimo de carácter general, teniendo en cuenta que se debe garantizar una calidad de vida digna para el trabajador y su familia"
                                                                                  1. La Comisión decidirá a más tardar el 15 de diciembre., de no concertar se evaluaran las razones y se decidirá a mas tardar el 30 de Diciembre y si aún así no se llega al acuerdo, el Gobierno lo determinará teniendo en cuenta como parámetros la meta de inflación del siguiente año fijada por la Junta del Banco de la República y la productividad acordada por el comité tripartito de productividad que coordina el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; además, la contribución de los salarios al ingreso nacional, el incremento del producto interno bruto (PIB) y el índice de precios al consumidor (IPC)
                                                                                  2. En 1999 la Corte Constitucional estipuló la necesidad de adicionar a los criterios de fijación del mínimo la inflación efectiva del año que culmina según el índice de precios al consumidor (IPC).
                                                                                  3. En relación con el enforcement (mecanismos para hacer cumplir la norma del salario mínimo), El Ministerio de la Protección Social cuenta con la Unidad Especial de Inspección, Vigilancia y Control de Trabajo. Sin embargo, no hay estadísticas disponibles sobre el número de quejas y sanciones por incumplimiento.
                                                                                    1. Según la Encuesta de hogares del DANE para trece ciudades en 2005, aprox 28% de la fuerza laboral asalariada percibía un salario inferior al mínimo
                                                                                      1. EL SALARIO MÍNIMO EN EL SECTOR FORMAL: En Colombia existe una alta incidencia del salario mínimo. El 34,6%, ganaban un salario mínimo y 73% por debajo de dos salarios mínimos. En EEUU solo 5% de la fuerza laboral gana 1 salario mínimo , mientras que en Colombia esa proporción es tan alta.
                                                                                        1. ACUERDOS SOBRE EL INCREMENTO DEL SALARIO MÍNIMO: se han logrado acuerdos sobre el aumento, para el 2001, 2004 y 2006, teniendo en cuenta los aspectos de: empleo, tamaño del sector informal, productividad, crecimiento económico de largo plazo, acumulación de capital humano, componente estructural de la pobreza, distribución, bienestar, entre otros.
                                                                                          1. EL SALARIO MÍNIMO POR FUERA DEL MERCADO LABORAL - SU METÁSTASIS: El SM no solo constituye la remuneración mínima, sino que también es punto de referencia para otras variables, ejemplo: subsidio al desempleo, multas por infracciones de transito, tarifas de servicios, pensiones, etc
                                                                                            1. COMPORTAMIENTO DEL SALARIO MÍNIMO
                                                                                        2. Experiencias internacionales
                                                                                          1. En 37 países de América Latina como en Estados Unidos y Europa: Argentina (1991), Australia (1996), Bélgica (1968), Bolivia (1942), Brasil (1940), Canadá (1985), Chile (1931), Colombia (1961), Costa Rica (1943), Corea del Sur (1986), Ecuador (1997), El Salvador (1972), España (1995), Estados Unidos (1938), Francia (1950), Guatemala (1995), Grecia (1976), Haití (1961), Holanda (1968), Honduras (1959), Hungría (1992), Japón (1959), Luxemburgo (1973), México (1970), Nicaragua (1996), Nueva Zelanda (1983), Panamá, Paraguay (1993), Perú (2002), Polonia (1974), Portugal (2003), Reino Unido (1998), República Checa (1965), República Dominicana (1992), Turquía (2003), Uruguay (1943) y Venezuela
                                                                                            1. DIARIO: En Manitoba y Ontario, Haití, Honduras y México
                                                                                              1. POR HORA: Estados Unidos, Panamá y Reino Unido
                                                                                                1. SEMANAL: Australia
                                                                                                  1. MENSUAL: Argentina, Bélgica, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Hungría, Luxemburgo, Polonía y Turquía
                                                                                                    1. POR HORA Y DIARIO: Guatemala
                                                                                                      1. POR HORA Y MENSUAL: Francia, Paraguay, Ecuador y República Checa
                                                                                                        1. DIARIO Y MENSUAL: Venezuela, Perú, y Costa RIca
                                                                                                          1. POR HORA, DIARIO Y MENSUAL: El Salvador, España, Nicaragua, Nueva Zelanda, Portugal y Uruguay. República Dominicano, también por pieza producida
                                                                                                            1. POR HORA, DIARIO, SEMANAL Y MENSUAL: Corea del Sur y Japón,
                                                                                                              1. DIARIO, SEMANAL Y MENSUAL: Holanda
                                                                                                                1. POR HORA, DIARIO Y SEMANAL: Portugal
                                                                                                                  1. Algunos países no cuentan con criterios explícitos para la fijación del salario mínimo, mientras que en otros un criterio explícito es el costo de vida.
                                                                                                                    1. En algunos países el salario mínimo es general; en otros se encuentra diferenciado por edades o por grupos (sectores, regiones, ocupaciones).
                                                                                                                      1. Los 37 países se pueden clasificar, así: quince de alto nivel de desarrollo (Australia, Bélgica, Canadá, Corea del Sur, España, los Estados Unidos, Francia, Grecia, Holanda, Gran Bretaña, Japón, Luxemburgo, Nueva Zelanda, Polonia y Portugal), seis de nivel intermedio de desarrollo (Argentina, Chile, Hungría, México, República Checa y Turquía) y dieciséis de nivel de desarrollo bajo (Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, el Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela)
                                                                                                                        1. De los países de alto nivel, once establecen SM diferenciados según edad o experiencia, 4 (Australia, España, Japón y Nueva Zelanda) establecen un SM independiente de edad o experiencia.
                                                                                                                          1. De los países de nivel intermedio, 2 (Chile y Turquía) fijan SM diferenciales según edad o experiencia, mientras que 4 no (Argentina, Hungría, México y República Checa).
                                                                                                                            1. De los países de nivel bajo, solo Paraguay establece SM diferenciados por edad o experiencia
                                                                                                                        2. Reflexiones
                                                                                                                          1. La institución del salario mínimol, puede no ser un factor causante de desempleo
                                                                                                                            1. Ha sido útil en algunos países para combatir situaciones de pobreza o de explotación de trabajadores no calificados.
                                                                                                                              1. A algunos países les ha funcionado el establecimiento de salarios mínimos diferenciados
                                                                                                                            2. La máxima importancia es la magnitud real o nivel del salario mínimo deflactado tanto por los precios al consumidor como al productor, teniendo en cuenta, además, la productividad laboral.
                                                                                                                              1. Sin embargo, aspectos institucionales pueden incidir en las magnitudes reales del salario mínimo.
                                                                                                                              2. La informalidad, es la gran limitación de los modelos teóricos que examinan los efectos del salario mínimo
                                                                                                                                1. En Colombia es notoria la falta de estudios que vinculen el salario mínimo con la acumulación de capital humano, el empleo de los jóvenes, el crecimiento económico de largo plazo, la productividad, el componente estructural de la pobreza, el bienestar de la población, el tamaño de la informalidad, etc.
                                                                                                                                  1. La actividad en cuanto a la realización o promoción de estudios que produzcan estimaciones robustas que permitan verificar la utilidad de la figura del salario mínimo, es nula.
                                                                                                                                    1. Tampoco se conocen estudios de la Corte Constitucional que conduzcan a revisar o reafirmar la sentencia proferida en 1999 en materia de reajuste del salario mínimo.
                                                                                                                                      1. Se ha sobreutilizado la figura del SM como mecanismo de multas, tarifas, pensiones, entre otros, y estos efectos tampoco han sido estimados.
                                                                                                                                    2. Esta basado en el ensayo: "El salario mínimo: Aspectos generales sobre los casos en Colombia y otros países" de Luis Arango, Paula Herrera y Carlos Posada (Junio 2008)
                                                                                                                                      Show full summary Hide full summary

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