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  1. Fundamento Legal: Artículo 3 de la Ley Nacionalidad y 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
    1. La nacionalidad es un atributo jurídico y político de las personas reconocida tanto por el derecho privado como por el derecho público. Su origen se remonta al siglo XVIII en Europa. La causa de la nacionalidad fue el reservar al Estado-Nación que se estaba conformando en ese siglo. La capacidad es en todas las personas una regla, la nacionalidad es la excepción.
      1. Otorgamiento: El reconocimiento de la nacionalidad de las personas otorga a estas derechos políticos especiales para intervenir en las cuestiones y problemas internos de carácter político en su Estado.
        1. Clases de Nacionalidad: es un concepto polisémico de gran importancia en las ciencias sociales, el derecho privado, el derecho constitucional y las relaciones internacionales; que puede referirse a: • Nacionalidad jurídica, administrativa o de pasaporte: la pertenencia de una persona a un ordenamiento jurídico concreto. Este vínculo de un individuo con un Estado genera derechos y deberes recíprocos; y para el constitucionalismo contemporáneo implica el concepto de soberanía nacional.[] • Nacionalidad social, identitaria o de sentimiento: la pertenencia a un grupo social de fuerte personalidad identitaria (el carácter nacional de un pueblo), que se identifica con el concepto (también polisémico) de nación, especialmente en el contexto del nacionalismo que se impone como ideología constitutiva del estado-nación a partir del siglo XIX.
    2. Fundamento legal: Artículo 3 de la Ley de Nacionalidad y 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
      1. Concepto.La nacionalidad es un atributo jurídico y político de las personas reconocida tanto por el derecho privado como por el derecho público. Su origen se remonta al siglo XVIII en Europa. La causa de la nacionalidad fue el reservar al Estado-Nación que se estaba conformando en ese siglo. La capacidad es en todas las personas una regla, la nacionalidad es la excepción.
        1. Otorgamiento.-El reconocimiento de la nacionalidad de las personas otorga a estas derechos políticos especiales para intervenir en las cuestiones y problemas internos de carácter político en su Estado.
          1. Nacionalidad: es un concepto polisémico de gran importancia en las ciencias sociales, el derecho privado, el derecho constitucional y las relaciones internacionales; que puede referirse a: • Nacionalidad jurídica, administrativa o de pasaporte: la pertenencia de una persona a un ordenamiento jurídico concreto. Este vínculo de un individuo con un Estado genera derechos y deberes recíprocos; y para el constitucionalismo contemporáneo implica el concepto de soberanía nacional.[] • Nacionalidad social, identitaria o de sentimiento: la pertenencia a un grupo social de fuerte personalidad identitaria (el carácter nacional de un pueblo), que se identifica con el concepto (también polisémico) de nación, especialmente en el contexto del nacionalismo que se impone como ideología constitutiva del estado-nación a partir del siglo XIX.
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