Es un contrato en que una de las partes entrega a la
otra, cierta de cosas fungibles con cargo de restituir
otras tantas del mismo genero y calidad (Art.2221
c.c)
Sujetos
Mutuante
El que hace la entrega de la cosa
Mutuario
Quien la recibe
Caracterízticas
Real
Se perfecciona con la entrega de la
cosa
Unilateral
Solo se obliga el mutuante
Gratuito
Principal
Nominado
Requisitos
Los generales de los
contratos (Art.1502 c.c)
Obligaciones
Del mutuante
Entregar la cosa
Responder por:
Vicios ocultos del bien
Mala calidad
Del mutuario
Devolución del
bien
Cuando no se pueda restituir el bien,
se puede pagar en dinero (Art.2223
c.c)
Momento de
la entrega
Debe entregarlo en el momento pactado,
pero tiene la potestad de entregarlo antes,
salvo que se pacten intereses.
Excepción
Cuando se pactan intereses, no se
puede obligar al mutuante a recibir el
bien con anticipacion, pues puede
causarle un daño patrimonioal.
Presuncion
Sino se pacto plazo de entrega, podrá
exigirla el mutuante pasados (10) días
despues de la entrega
Lugar de la entrega
Donde se convenga en el contrato; a falta de
estipulación, en el domicilio del mutuario
Mutuo con intereses
Las partes puede
pactar el pago de
intereses
Debe estipularse en el contrato
Cuando no se establecen los
intereses, se presume el
intereses legal (6%)
Se prohibe en anatocismo (Art.
2235 c.c)
Comercial
Se rige por los artículos 1163 al 1169 del C.CO
Onerosidad
Salvo estipulación en contrato, el mutuo comercial se
presume acarrea intereses (Art. 1163 del C.CO)
Obligaciones del mutuario
Restituir el bien
Pagar los intereses
Pagar la cantidad producida por anatocismo, pues es
valido desde el momento de la demanda o por acuerdo
posterior al vencimiento del contrato (Art. 886 del c.co)