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regula las relaciones entre el empleador y uno o varios trabajadores a nivel individual y de esta forma
otorgar unas garantias minimas al trabajador
ORIGNEN
Del latin "trabis" castigo o traba, que dificulta llegar a una meta
latin "laboris" labor o actividad. Derecho facultad de ejercer
la formacion de la primera clase obrera se definio en 1760, en
la revolucio industrial donde se sustituó los talleres artesanales
por manufacturas y luego por las fabricas. Desde ese momento
se dio origen a las palabras que son base del Derecho laboral
(capital trabajo, empleador y trabajador, empresa sindicato).
DERECHO LABORAL EN COLOMBIA
FUENTES DEL DERECHO LABORAL
aquello que origina las normas que regulan las relaciones laborales
FUENTES FORMALES
normas que nacen como
consecuencia de las fuentes
materiales, para regular el marco
jurídico los derechos y deberes de
las partes, y con ello realizar
reclamos ante su violación.
FUENTES REALES O MATERIALES
Aquellos hechos o circunstancias de la realidad
o interese sectoriales que determinan que se
dicten las normas laborales. son metas
juridicas o sociologicas.
FUENTES DEL DERECHO DEL TRABAJO
Convenios
internacionales:
tratados
internacionales
ratificados por el
organo competente
(congreso), por ende
son fentes del derecho.
constitución política de
Colombia: es la norma de
normas.
ley: regula las relaciones
entre trabajadores y
empleados
contratos: virtud de l
acuerdo entre las partes
que generan unos derechos.
convención colectiva: acuerdo
entre empleadores y sindicatos
para mejorar las relaciones de
trabajo.
reglamento interno: regula las
relaciones entre empleador y
trabajador de acuerdo al reglamento
laboral.
jurisprudencia: es uniforme, repetitiva y
se convierte en doctrina probable.
costumbre: debe ser
uniforme y repetitiva en el
tiempo.
PRINCIPIOS DEL DERECHO
legislación laboral: lograr la justicia en las
relaciones de trabajo.
primacia de la realidad: se entiende como
la relación que existe en un trabajo.
irrenunciabilidad de los derechos laborales: no se puede
renunciar a un salario o indemnización art. 14-340
favorabilidad: la ley mas favorable que se
aplique al trabajador.
igualdad de oportunidad: toda persona
tiene derecho a trabajar art. 53
derecho a huelga o libre asociación: los trabajadores se
pueden reunir para mejorar sus condiciones laborales
art. 56
libertad obligatoriedad
del trabajo: libertad de
escoger profesión u
oficio art. 26
derecho de protección del
trabajo: se encuentran los
derechos que establece el
articulo 25 del C.S.T.
CONTRATO DE TRABAJO
contrato sui generis, unico en su especie, no puede ser
comparado a algún tipo civil.
ELEMENTOS
capacidad: facultad de
administrarce así mismo
consentimineto: voluntad de querer celebrar
el contrato jurídico, debe ser puero y simple
(sin ningún vicio - error, fuerza, dolo-).
objeto: la razón del negocio, sobre lo que
recae el negocio juridico.
causa: razón o motivo que induce a
contratar.
ELEMENTOS ESENCIALES
prestación personal
subordinación
salario como remuneración
CARACTERISTICAS
bilateral
oneroso
comunitario
principal
consensuado
tracto sucesivo
adesión
intuito persona
FORMAS DE CELEBRAR EL CONTRATO
verbal
acuerdo que se encuentra
estipulado en el artículo 37
escrito
se encuentra elaborado en un
documento suscrito por las partes
DURACIÓN
indefinido
estara vigente cuando subsistan las causas del contrato
fijo
pactados por un tiempo especifico, ya sea
inferior a 1 año o superior a 1 año pero menor
de 3 años t pactado por escrito.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO
inicio de derechos y deberes
se ejecuta de buena fe
se derivan obligaciones establecidas por la ley
PERIODO DE PRUEBA
se determina si las caracteristicas del empleador y el
trabajador son buenas, se pacta por escrito
termino indefinido: maximo 2 meses
termino fijo: quinta parte del tiempo
pactado sin exeder 2 meses
SALARIO ART. 127 C.S.T
se puede pagar en el tempo tipulado mensual o quincenal
(sueldo) o cada 8 días o el mismo día (jornal)
SALARIO MINIMO ART. 145
es la cantidad minima que debe recibir un trabajador ($689.454)
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.