Sujetos del DIP

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Sujetos del Derecho Internacional Público.
Sheysie Boza
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Sheysie Boza
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Sujetos del DIP
  1. Estado
    1. único unidad que posee todos los elementos y características de un sujeto internacional
      1. 1.Posee derechos y deberes. 2.Capacidad para reclamar el beneficio de sus derechos. 3.Posee la capacidad de establecer relaciones contractuales.
      2. El estado soberano Debe poseer una población permanente, un territorio definido, un gobierno y la capacidad para establecer relaciones con otros estados.
      3. Soberanía
        1. Externo: determinar libremente sus relaciones con otros estados
          1. Interno: derecho a la competencia exclusiva del Estado para determinar el caracter de sus instituciones
            1. Territorial: autoridad completa y exclusiva que un estado ejerce sobre todas las personas y cosas que estan dentro de él.
              1. Principio de Libertad de los Estados: (derecho al pleno respeto)
                1. Principio de no intervención
                2. Instituciones Internacionales
                  1. Sujeto internacional capaz de tener derechos y deberes internacionales y que tiene capacidad de reclamar sus derechos internacionales
                    1. Tienen capacidad para: -contratar. -adquirir y disponer de bienes muebles e inmuebles. -entablar procesos legales
                    2. Otros Sujetos Internacionales
                      1. Carecen de algunos de los elementos del estado soberano
                        1. Santa Sede, Estados diminutos, Colonias, protectorados, territorios autónomos,territorios en fideicomiso, partes beligerantes, insurgentes.
                          1. los estados diminutos dependen en su mayoría de un tercer estado.
                            1. En las colonias su soberanía interna y externa radica complementamente en el país metropolitano,
                              1. Partes Beligerantes la rebelión de una parte de la población de cualquier estado contra el gobierno establecido.
                            2. El reconocimiento de un estado puede definirse como un acto unilateral por el cuál uno o más estados declaran o admiten tácitamente que ellos consideran un Estado.
                              1. Aun antes de ser reconocido un Estado tiene derecho a defender su integridad e independencia. No hay derecho a sobrevalorar sin permiso un estado no reconocido.
                                1. No es un deber reconocer el estado, ya que este para su goce pleno de soberanía no necesita el reconocimiento
                                2. El reconocimiento de un gobierno no hay problema de creación de un nuevo estado.
                                  1. La naturaleza del reconocimiento tiene 2 doctrinas:
                                    1. Constitutiva: un nuevo Estado se convierte en sujeto de D.Internacional solo mediante el reconocimiento de otros estados.l
                                      1. insurgencia, beligerancia,y gobiernos en exilio.
                                      2. Declarativa: dice que el reconocimiento es sólo la declaración de un derecho existente.
                                    2. La regla es que los estados no reconocidos carecen de derechos ante los tribunales del Estado que niega el reconocimiento
                                      1. Reconocimiento de facto se da cuando el estado reune algunos de los elementos esenciales de estado.
                                        1. Reconocimiento de jure cuando cumple con todos los requisitos esenciales de estado
                                          1. Reconocimiento
                                            1. Expreso
                                              1. implícito
                                                1. El reconocimiento condicional, se trata de cuando el reconocimiento conlleva una obligación de hacer o no que favorece al otro Estado
                                                  1. Reconocimiento de estado de beligerancia, para darle esa condición legal
                                                    1. La insurgencia, es la decisión de los estados de no reconocer a la parte insurgente como beligerantes, porque le faltan requisitos para lo mismo.
                                                      1. Gobiernos en Exilio, cuando estos han sido reconocidos sin que mantuvieran pretensión alguna de controlar cualquier parte del territorio nacional.
                                                        1. Los que se trasladan dentro del territorio nacional
                                                          1. los gobiernos formados en el extranjero
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