LA CONSTITUCION ESPAÑOLA

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Daniel Coockson kamel
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Daniel Coockson kamel
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INTRODUCCION HISTORICA 1975 -1980

Artículo principal: Transición española Segundo gobierno de Carlos Arias Navarro Carlos Arias Navarro, que había sido el último presidente del gobierno de Franco, es confirmado en tal puesto por Juan Carlos I. Tras un discurso aperturista que fue denominado espíritu del 12 de febrero, se produce una clara involución en respuesta a las presiones del bunker . Junto con Torcuato Fernández Miranda, el rey obtiene de las instituciones encargadas de presentar la terna de candidatos a la presidencia del gobierno la introducción del nombre de Adolfo Suárez, un personaje relativamente oscuro procedente de la familia azul. Ante la sorpresa de franquistas y opositores, que no se esperaban tal nombramiento, inicia un rápido desmontaje del edificio insititucional franquista, que implicaba el denominado harakiri de las Cortes y la convocatoria de un referéndum para la aprobación de la Ley para la Reforma Política. 90​ Especialmente violento fue el mes de enero de 1977, cuando coincidieron altercados callejeros entre manifestantes y contramanifestantes con secuestros de militares y altos cargos, asesinatos de policías y de abogados laboralistas .  Tras la manifestación de duelo, controlada por el Partido Comunista de España, en el entierro de los abogados, se incrementa el prestigio de Santiago Carrillo como interlocutor necesario para el gobierno. Tras unos meses de negociaciones clandestinas,en plenas vacaciones de Semana Santa se produce la legalización del PCE, lo que es visto como una traición por una parte importante del ejército, que a pesar de ello mantuvo mayoritariamente la disciplina .  Artículo principal: Legislatura Constituyente de España Seguidamente se convocaron las elecciones generales de 1977, las primeras elecciones libres en cuarenta y dos años, que fueron ganadas por Unión de Centro Democrático, un partido improvisado en torno a la figura de Suárez, que dispuso de una cómoda mayoría relativa. Contra los pronósticos más extendidos, el principal partido de la oposición no fue el PCE, sino el PSOE, un partido socialdemócrata apoyado por la Internacional Socialista .La extrema derecha no obtuvo representación, reduciéndose el campo del franquismo al modesto resultado de la Alianza Popular de Manuel Fraga Iribarne, considerado el más aperturista dentro del régimen anterior. Ningún éxito tuvieron los líderes democristianos o liberales que meses antes parecían predestinados a ocupar el gobierno , eclipsados hábilmente por las maniobras de Suárez previas a las elecciones, y que contaban con el apoyo del equipo de confianza política formado en torno al rey.  Artículo principal: I Legislatura de España Las elecciones de 1979 incrementaron el número de diputados de UCD, sin llegar a la mayoría absoluta, permitiendo la confirmación de Adolfo Suárez en la presidencia del gobierno. El referéndum andaluz , independientemente de su confuso resultado, implicó una derrota del gobierno y la evidencia de que no se podría impedir la generalización de las máximas competencias a las comunidades que así lo determinaran, dispusieran o no de algún tipo de hecho diferencial de naturaleza histórica o de cualquier otra . Las negociaciones para la entrada en la Comunidad Económica Europea se prolongaban ante las reticencias de algunos países , lo que, sumado al incremento del paro y de la inflación, en medio de la segunda crisis del petróleo, contribuyó a dibujar un sombrío panorama, en el que hay que resaltar los denominados «años de plomo», la banda terrorista ETA asesinó durante los años 1978 a 1980 a 240 personas, especialmente a miembros del ejército, la guardia civil y la policía. Dentro del propio partido que lo apoyaba, la UCD, las diferentes familias comenzaron a exhibir sin disimulo diferencias de criterio cada vez mayores entre ellos y con el presidente.  También el propio rey dejó que se divulgara su malestar por la situación política y su pérdida de confianza en Suárez, y de esa forma se interpretó su mensaje de Navidad de 1980, a pesar de que tal función no corresponde al rey en la Constitución.

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PADRES DE LA CONSTITUCIÓN

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ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCION ESPAÑOLA

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ARTICULO 155

El artículo 155 de la Constitución española de 1978 es un artículo que dota al Estado de un mecanismo coactivo para obligar a las comunidades autónomas que incumplan las obligaciones impuestas por la Constitución española de 1978 u otras leyes, o que atenten gravemente contra el interés general de España, al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o a la protección del mencionado interés general. Tal inspiración se advierte incluso de manera inequívoca en la redacción del artículo 155, que coincide en lo esencial con la dicción literal del precepto constitucional alemán. En una sentencia del 5 de julio de 2019, el Tribunal Constitucional, tras avalar la aplicación del artículo 155 en Cataluña, estableció los límites y condiciones de su aplicación. «No cabe una suspensión general y permanente del régimen de autogobierno fundado en la Constitución y el Estatut, pues se contravendría el derecho a la autonomía que la Constitución garantiza», añadía la sentencia. Tramitación e implicaciones El procedimiento está recogido en el artículo 189 del Reglamento del Senado y se estima que su tramitación puede requerir unos días o incluso semanas. 7​ Si la comunidad autónoma no atendiese el requerimiento, el Gobierno debe enviar al presidente del Senado una propuesta con las medidas concretas que se plantean, para que puedan ser debatidas en la Comisión General de Comunidades Autónomas o en una comisión mixta que el Senado cree al efecto. A su vez, el Senado debe pedir al presidente autonómico afectado las alegaciones que considere oportunas, y la propuesta final se debe aprobar con la mayoría absoluta del Pleno. Algunos expertos aseguran que existen otras alternativas antes de recurrir al artículo 155, como la aplicación de la Ley de Seguridad Nacional10​ o la declaración de los estados de alarma, de excepción o de sitio, recogidos en el artículo 116 de la Constitución.   Canarias en 1989 En febrero de 1989, el gobierno de Felipe González realiza un requerimiento al presidente de Canarias, Lorenzo Olarte, por no aplicar el descreste arancelario a los productos provenientes de la entonces Comunidad Europea, lo que implicaba un recorte al régimen económico y fiscal del archipiélago. El Gobierno canario atendió el requerimiento y, por tanto, no fue necesario aplicar el artículo. Artículo principal: Aplicación del artículo 155 de la Constitución española de 1978 en Cataluña En el marco de la Ley del referéndum de autodeterminación de Cataluña, suspendida por el Tribunal Constitucional,16​ la Generalidad de Cataluña convocó un referéndum de autodeterminación17​ que se celebró de manera ilegal el 1 de octubre de 2017.18​Como resultado, el presidente de la Generalidad de Cataluña, Carles Puigdemont, proclamó la República Catalana en una declaración realizada el 10 de octubre en el Parlamento de Cataluña. 20​ Tras no responder con claridad,21​ el Consejo de Ministros acordó una batería de medidas para intervenir Cataluña que se aprobaron en el Senado el 27 de octubre,22​ al mismo tiempo que el Parlamento catalán proclamaba la República Catalana.  

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LOS SIMBOLOS ESPAÑOLES

Los símbolos de España​ son la b, formada por bandera de españa con franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura, conforme a lo que establece el artículo 4.1 de la constitucion española de 1978, el escudo, reguslado por la Ley 33/1981, de 5 de octubre, del Escudo de España,​ y la Marcha Granadera o Marcha Real Española, himno nacional reglamentado por el Real Decreto 1560/1997, de 10 de octubre.​ Además, la misma Constitución de 1978, en su artículo 4.2, contempla la posibilidad de que las comunidades autonomas disongan de sus propias banderas y enseñas, según lo que establezcan sus respectivos Estatutos, como en efecto han hecho

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DERECHOS Y DEBERES DE LA CONSTITUCION

Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.  derechos fundamentales y de las libertades públicas Artículo 15 Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra. Artículo 16 Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones Artículo 17 Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca. La ley regulará un procedimiento de «habeas corpus» para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional. Artículo 18 Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos. Artículo 19 Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.  Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos. Artículo 20 Se reconocen y protegen los derechos: a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. c) A la libertad de cátedra. d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial. Artículo 21 Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes. Artículo 22 Se reconoce el derecho de asociación. Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales. Las asociaciones constituidas al amparo de este artículo deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad. Las asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resolución judicial motivada. Se prohíben las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar. Artículo 23 Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes. Artículo 24 Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia. La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos. Artículo 25 Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento. Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad. La Administración civil no podrá imponer sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen privación de libertad. Artículo 26 Se prohíben los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil y de las organizaciones profesionales. Artículo 27 Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca. Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca. Artículo 28 Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad. Artículo 29 Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley. Los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a disciplina militar podrán ejercer este derecho sólo individualmente y con arreglo a lo dispuesto en su legislación específica. Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos Artículo 30 Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España. La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria. Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general. Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad público Artículo 31 Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley Artículo 32 El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica. La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos. Artículo 33 Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes. Artículo 34 Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, con arreglo a la ley. Regirá también para las fundaciones lo dispuesto en los apartados 2 y 4 del artículo 22. Artículo 35 Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo. La ley regulará un estatuto de los trabajadores. Artículo 36 La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos. Artículo 37 La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios. Se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo. La ley que regule el ejercicio de este derecho, sin perjuicio de las limitaciones que puedan establecer, incluirá las garantías precisas para asegurar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad. Artículo 38 Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación.

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