primer procedimiento

Descrição

Este procedimiento está regulado en los artículos 278 y 279 de la Constitución. Asamblea Nacional Constituyente:
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Resumo de Recurso

primer procedimiento
  1. Asamblea Nacional
    1. es indispensable que el Congreso de la República, con el voto afirmativo de las dos terceras partes de los miembros que lo integran, convoque a una Asamblea Nacional Constituyente.
    2. Convocatoria
      1. Si se pretende reformar el artículo 278
      2. Quien convoca
        1. Congreso de la República
          1. Debe de estar las 2/3 para dicha convocatoria
            1. Informa al TSE que debe de convocar a una Asamblea Nacional
              1. El pazo será de 120 días
          2. Puede reformar cualquier artículo
            1. NO, Solo los que el congreso indique
            2. Diputados
              1. No se podrá simultáneamente ser diputado a la Asamblea Nacional Constituyente y al Congreso de la República

              Semelhante

              Es imperdonable que el Tribunal Supremo de Venezuela le quite poder a la Asamblea Nacional, controlada por al oposición
              Annette Ramirez
              Que tipo de professor você é?
              Luiz Fernando
              Temas mais cobrados em Física
              Marina Faria
              REGÊNCIA VERBAL
              natanaelmachado
              Gute Gewohnheiten erfolgreicher Schüler
              miminoma
              Comunicação Social para Concurseiros
              Ricardo Olimpio
              República Velha
              Vitor Gomes
              ÁTOMO
              Hugo Fonseca
              Figuras de Linguagem
              Hugo Fonseca
              Year 4 - Semana 1
              Juliana Campos