LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA EN 1978

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TRABAJO PARA LA ASIGNATURA DE CIUDADANIA
Raquel Peinado
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CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

Realizado por Raquel Peinado Torres 3ºA

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN HISTÓRICA (DESDE 1975). LOS PADRES DE LA CONSTITUCIÓN. ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN (MAPA CONCEPTUAL). TRABAJO DE INVESTIGACIÓN SOBRE UNO DE LOS TÍTULOS (UTILIZAR PRENSA DIGITAL). VALORES FUNDAMENTALMENTE Y SÍMBOLOS DE LA CONSTITUCIÓN. DERECHOS EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA.

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INTRODUCCIÓN HISTÓRICA (DESDE 1975)

CARACTERÍSTICAS Se trata de una constitución escrita que se enmarca dentro de la tradición del Derecho continental y en contraposición al sistema inglés, cuya  Constitución no está recogida en un texto concreto sino que deriva de un conjunto heterogéneo de costumbres y textos, configurado a lo largo de su prolongada historia constitucional. Es una constitución rígida,  que contiene un procedimiento específico para la reforma de sus preceptos. Por el contrario, las constituciones flexibles serían aquellas que pueden ser modificadas por el legislador ordinario, caso del sistema inglés. La rigidez queda manifestada en el Título X, que señala el procedimiento para la modificación constitucional, estableciendo además la necesidad de un procedimiento agravado para alterar determinados preceptos constitucionales.  

FRANCISCO FRANCO El 20 de Noviembre del 1975 Francisco Franco murió. Tras su muerte los mecanismos sucesorios funcionaron y Juan Carlos aceptando los términos de  legislación franquísta fe investido rey. Siendo aceptando con escepticismo por los adeptos al Régimen y con rechazo por la oposición democrática. Posteriormente, Juan Carlos desempeñaría ​  «un papel central en el complejo proceso de desmantelamiento del régimen franquista y en la creación de la legalidad democrática», iniciando el proceso conocido como Transición Española.​  

TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA ESPAÑOLA La transición española es el período de la historia contemporánea de España en el que se llevó a cabo el proceso por el que el país dejó atrás el régimen dictorial del general Francisco Franco y pasó a regirse por una Constitución que restauraba la democracia. La muerte del dictador y general Francisco Franco, el 20 de Noviembre de 1975, marcó el inicio del proceso de la Transición Española hacia la democracia representativa. Dos días después de la muerte de Franco, Juan Carlos I fue proclamado rey de España, quien había sido designado por el dictador en virtud de lo estipulado en la Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado de 1947. El 14 de Mayo de 1977, Juan Carlos I se convirtió en heredero legítimo de los derechos dinásticos de Alfonso XIII, traspasados por la renuncia de su padre don Juan. Este reconocimiento está constatado en la Constitución, al reconocer a Juan Carlos I como depositario de la "dinasta histórica".

  Una de las tareas prioritarias de las Cortes fue la redacción de una constitución. La Ley para la Reforma Política ofrecía la posibilidad de que la iniciativa de la reforma constitucional correspondiera al gobierno o al congreso de los Diputados, y se eligió esta última opción. La Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas del congreso de los Diputados nombró una Ponencia de siete diputados que elaboró un anteproyecto de constitución. Estas 7 personas, conocidas como los "Padres de la Constitución".

ANTECEDENTES HISTÓRICOS Los españoles inauguraron su Historia contemporánea con tres soberanías a falta de una: la del monarca invasor José Napoleón, la de las Cortes de Cádiz y la del ejército popular y guerrillero contra el francés. Cada una de ellas expresa un hecho político y polémico que, a su vez, provoca una teoría legitimante, no sólo del poder ejercido por sus protagonistas, sino de su fundamento radical y sus excepcionales cualidades, cuasidivinas. La palabra "soberanía" tendrá un sentido multívoco por el usual desplazamiento de uno a otro de los sujetos que la reivindican como propia: el Rey, las Cortes y el Pueblo. Pero ninguno olvidará que, ante todo, se trata de un fenómeno fáctico cubierto por una ficción ideológica de muy fecundos y hasta bizantinos argumentos.

  El 15 de diciembre de 1976 se celebró el referéndum que sometió a los ciudadanos la aprobación de la Ley para la Reforma Política. Esta ley supuso la creación de las Cortes Generales compuestas por el congreso de los Diputados y el Senado.

Con la Constitución de 1978 comenzaba la etapa de construcción de un sistema político que diera cabida a todas las aspiraciones e ideas políticas de los españoles. La elaboración del texto constitucional supuso la apertura a un periodo de estabilidad y paz social caracterizado por la libre concurrencia de partidos en un sistema de libertades.

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LOS PADRES DE LA CONSTITUCIÓN

Los padres de la Constitución son los 7 oponentes que se encargaron de la redacción de la Constitución Española. Gabriel Cisneros Laborda que pertaneció al partido de Unión de Centro Democrático (UCD). Miguel Herrero y Rodríquez de Miñón fue un diputado de Unión de Centro Democrático UCD). José Pedro Pérez-Llorca Rodrigo que perteneció al partido de Unión de Centro Democrático (UCD). Gregorio Peces-Barba Martínez que perteneció al Partido Socialista Obrero Español (PSOE). Jordi Solé Tura que pertaneció al Partido Socialista Unificado de Cataluña (PSUC) Manuel Fraga Iribarne fue un diputado por Alianza Popular (AP). Miuel Roca i Juvent fue un diputado por Barcelona por parte de Minoría Catalana (CIU).

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TÍTULO I. DE LOS DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES

El título I, tiene 5 capítulos. Capítulo primero; de los españoles y los extranjeros. Capítulo segundo; derechos y libertades.                                    Tiene 2 secciones:                                     -Sección 1ª. De los derechos fundamentales y de las libertades públicas.                                     -Sección 2ª. De los derechos y deberes de los ciudadanos. Capítulo tercero; de los principios rectores de la política social y económica. Capitulo cuarto; de las garantías de las libertades y derechos fundamentales. Capítulo quinto; de la suspensión de los derechos y libertades.  

Los derechos y los deberes me parecen imprescindibles para poder gestionar las relaciones entre los ciudadanos y que así se evite llegar a situaciones de descontrolo o caos. Derechos: son libertades individuales o sociales garantizados por la máxima ley, con el fin de brindar protección y seguridad a todos los ciudadanos. Deberes: son reglas, leyes y normas que regulan nuestra convivencia en la sociedad.

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VALORES FUNDAMENTALES Y SÍMBOLOS DE LA CONSTITUCIÓN

Hay 4 valores fundamentales de la Constitución:  LIBERTAD: que es la facultad y derecho de las personas para elegir de manera responsable su propia forma de actuar                      dentro de una sociedad JUSTICIA: es el principio moral que inclina a obrar y juzgar respetando la verdad y dando a cada uno lo que le                                   corresponde. IGUALDAD: es la circustancia de tener una misma naturaleza, cantidad, calidad, valor o forma, o de compartir alguna cualidad o característica. PLURALISMO POLÍTICO:  es el principio ideológico que considera la división de la sociedad en diversos grupos sociales con ideas e intereses diferentes como una fortaleza y no como una debilidad.

ESCUDO DE ESPAÑA

BANDERA DE ESPAÑA

HIMNO NACIONAL DE ESPAÑA

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DERECHOS EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

Aparecen en el titulo I. El Artículo. 14 marca la igualdad ante la ley. La primera sección; los derechos fundamentales y las libertades publicas. La segunda sección ;los derechos y deberes de los ciudadanos.  Los derechos fundamentales se clasifican en libertades personales, derechos de participación, derechos institucionales y derechos económicos y sociales: -Libertades personales: Son el derecho a la vida, a la integridad física y moral, a la ideológica y religión, a la libertad y a la     seguridad, a la privacidad (intimidad, honor e imagen, etc...) y la libertad de circulación y residencia. -Derechos de participación: Por ser miembro de una comunidad, libertad de expresión, etc... y la libertad de cátedra, a comunicar   y recibir información veraz, libertad de enseñanza, derecho de participación política, derecho de petición. -Derechos institucionales: Requieren que el estado aporte una infraestructura, derecho a la jurisdicción y derecho a la educación. -Derechos económicos y sociales: Determinan el modelo económico de la Constitución, derecho a huelga, propiedad privada,     derecho al trabajo.

(Página web sobre los derechos fundamentales en la Constitución Española) https://eacnur.org/blog/cuales-son-los-derechos-fundamentales-en-la-constitucion-espanola-y-como-se-protegen-tc_alt45664n_o_pstn_o_pst/

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