2. Surgimiento

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nin Derecho Constitucional (TEMA 1: El Estado. Origen, elementos y evolución) Note on 2. Surgimiento, created by Sherlock Fiero on 13/10/2015.
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En la averiguación del origen del Estado no cabe aplicar deducciones de las ciencias prácticas. No se descubre una fórmula como la de la penicilina y se aplica. El Estado surge como consecuencia de una necesidad social y debido a diversos factores va construyendo una comunidad política. La Evolución social, las necesidades económicas y el ordenamiento jurídico, son la base de la nueva forma de organización en comunidad. Si a ello se añade que todo unido y en alguna medida coordinado, constituye poder, que obedece a un fin y tiene potestad para imponerse, tendremos delimitado el núcleo de lo que hoy conocemos por Estado. Lo relevante es una estructura institucional, con voluntad política y capacidad coactiva.

El concepto de Estado define una realidad nueva, por ello requiere un término distinto a los conocidos. En la antigüedad griega la comunidad política es la Polis y cuando se quiere referir a comunidades más amplias se usa la denominación personal. En la Roma clásica el término usado es el de civitas y con posterioridad el de imperium. La Edad Media acude al concepto terra para designar a lo que hoy llamamos Estado. Otros términos también fueron de uso común antes de la aparición del concepto de Estado, como ciudad, reino o república. Las ventajas del nuevo término son que designa una organización estable, pero no prejuzga cual es su forma de gobierno.

El fenómeno del surgimiento del Estado no es uniforme, sino que varía en ritmo y en condicionamientos. Es indiscutible por el contrario, que es un fenómeno europeo. Los primeros antecedentes hay que buscarlos en las denominadas ciudades-Estados italianas en el siglo XII, que se constituyen en municipios autónomos. No reconocen sumisión al Imperio y tampoco se someten a la Iglesia. Se declaran independientes frente al exterior y supremo orden en el interior. Así ocurre en Sicilia, bajo la monarquía de Federico II, caracterizada por la centralización y la secularización del poder.

Este proceso de secularización del poder se acentúa en el siglo XV y XVI, donde se da un segundo paso decisivo para el surgimiento del Estado, la unificación del derecho y de las instituciones al servicio del Rey. Ello se produce por la conjunción de dos pretensiones. Por un lado, el tráfico mercantil y la actividad económica de forma genérica necesitaba de actuaciones del Rey, que se concretan en establecer tributos y ofrecer seguridad en las transacciones, a la vez que protección de las actividades comerciales. Por otro lado, la estabilidad económica y social interesaba a los monarcas encargados de sustentar las instituciones y de ejercer el poder político, por ello pretenden asegurarlo a través de los ejércitos.

Otro fenómeno coadyuvante del surgimiento del Estado será la técnica organizativa de los officia. Ésta era practicada por el mundo romano y la Iglesia la adoptó de forma temprana. Obedece a una estructuración jerarquizada y unitaria, en la cual es el cargo que se desempeña el que tiene atribuidas unas funciones y no la persona. De esta forma persiste la función, independientemente de quién y por cuánto tiempo la realice. Este mecanismo sirve al monarca para el ejercicio del poder de forma unitaria, centralizada y continuada. Surge así el concepto de funcionario (el que realiza una función o encomienda).

Un último elemento necesario para el surgimiento del Estado es la unificación jurídica. La recepción y divulgación del Derecho Romano es un factor que facilita el surgimiento del Estado. La necesidad de normas ciertas, que permitan un tráfico comercial seguro y que posibiliten al súbdito una certeza jurídica, refuerza la función del Estado, que en todo caso es el encargado de establecer las normas y de poner los medios para que se cumplan.

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