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Notizen

Tema 2

helvia251290 tema 2 2016 Spanisch 1 Seite

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Art. 157

- R.D.-Ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico.

Administración Local - Características

- Art. 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

- Art. 4 del R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

REGULACIÓN JURÍDICA:

1. La Constitución, especialmente los art.s 137 a 142.

2. La vigente LRL, Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local

Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales

Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público

3. R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

4. Leyes sobre Régimen Local que dicten las CC.AA., dentro del esquema competencial que tengan asumido, sin olvidar a los propios Estatutos de Autonomía, como el de Andalucía, aprobado por la L.O. 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

5. R.D. Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

6. Los Reglamentos que complementan y desarrollan estas normas; en concreto, los actualizados respecto de las mismas:

a) de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por el R.D. 1372/1986, de13 de junio. En Andalucía, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, Decreto 18/2006, de 24 de enero.

b) de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, R.D. 1690/1986, de 11 de julio. Andalucía, Decreto 185/2005, de 30 de agosto, aprobación del Reglamento de Demarcación Municipal de Andalucía y del Registro Andaluz de Entidades Locales.

c) de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre.

Junto a ellos, por el momento, hasta que no se actualicen y acomoden en los términos de Disposición Final Primera de la LRL, y mientras no se opongan o contravengan las normas anteriores, hay que citar los siguientes:

a) de Funcionarios de la Administración Local, de 30 de mayo de 1952.

b) de Personal de los Servicios Sanitarios Locales, de 27 de noviembre de 1953.

c) de Servicios de las Corporaciones Locales, de 17 de junio de 1955.

7. En materia de elecciones locales, la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

8. En materia de funcionarios:

a) Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

b) R.D. 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, junto al que debe citarse el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

c) Ley 53/1984, de 26 de diciembre + R.D. 598/1985, de 30 de abril, de Incompatibilidades.

d) Ante la ausencia de normativa específica, el R.D. 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

e) R.D. 861/1986, de 25 de abril, sobre régimen retributivo de los funcionarios de la Administración Local.

f) La casi totalmente derogada Ley 9/1987, de 12 de junio, de Órganos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

g) R.D. 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

h) R.D. 480/1993, de 2 de abril, por el que se integra en el Régimen General de la Seguridad Social el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios de la Administración Local, comportando la desaparición de la Mutualidad Nacional de Previsión de Administración Local.

9. En materia de Haciendas Locales.

- Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales.

- R.D. 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla dicha ley en lo relativo a los Presupuestos de las Entidades Locales.

- Orden EHA/4040/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Básico de Contabilidad Local.

- Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Normal de Contabilidad Local.

- Orden EHA/4042/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Simplificado de Contabilidad Loca.

10. En materia de contratación, el R.D. Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

11. En materia de bienes, Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

12. Disposiciones de carácter sectorial como la legislación urbanística, la Ley 7/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, etc.

13. Finalmente, por lo que respecta a la legislación de la Junta de Andalucía respecto del Régimen Local, Leyes aprobadas por el Parlamento de Andalucía:

a) Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

b) Ley 2/2001, de 3 de mayo, de regulación de las consultas populares en Andalucía.

c) Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales.

d) Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de Entidades Locales de Andalucía.

e) Ley 2/2008, de 10 de diciembre, que regula el acceso de los municipios andaluces al régimen de organización de los municipios de gran población.

f) Ley del Parlamento de Andalucía 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, desarrollada por el Decreto 263/2011, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento del Consejo Andaluz de Gobiernos Locales.

g) Ley 6/2010, de 11 de junio, reguladora de la participación de las entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

h) Ley 5/2014, de 30 de diciembre, del Consejo Andaluz de Concertación Local.

Decreto-Ley 7/2014, de 20 de mayo, por el que se establecen medidas urgentes para la aplicación de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

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2016 tema 2 Notiz am Tema 2, erstellt von helvia251290 am 16/03/2016.
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helvia251290
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