Modul 7 von 26 · Text
Contenido del Protocolo - Audiencia Preparatoria
AUDIENCIA PREPARATORIA
(Arts. 355 - 365 de la Ley 906 de 2004)
INTERVENCIÓN DEL JUEZ
Así como el juez explica al procesado lo referente a la justicia premial o aceptación unilateral de cargos y los beneficios que ello comporta, por ejemplo, la rebaja de pena de hasta la tercera parte (artículos 351 y 356 del C. P. P.), también debe ilustrarlo sobre la justicia restaurativa, en qué consiste esta forma de solución del conflicto, las ventajas y consecuencias jurídicas, personales, familiares y sociales que representa a ofendido y ofensor. Igualmente, les indica que tienen derecho a consultar un abogado.
Ha de aclararse que para la realización de la audiencia preparatoria es indispensable la comparecencia del indiciado, pero no de la víctima, que generalmente no concurre; sin embargo, hay eventos en que suele hacerlo.
Si previamente se adelantó un procedimiento de justicia restaurativa en un centro de mediación, de conciliación en equidad, o de prácticas restaurativas, con un acuerdo o resultado restaurativo, el ofendido lo manifestará al juez.
En el evento contrario:
- Pregunta a la Fiscalía si el ofensor y el ofendido han adelantado algún tipo de procedimiento o práctica de justicia restaurativa en relación con los hechos constitutivos del delito imputado.
- Si la respuesta es afirmativa, pregunta en qué centro de mediación, de conciliación en equidad, o de prácticas de justicia restaurativa se adelanta el trámite, cuál es el estado de la actuación, y si ha habido acuerdo o resultado restaurativo.
- Si la respuesta es negativa, continúa con lo siguiente:
- Pregunta a la Fiscalía si la víctima ha sido acompañada o sensibilizada sobre la justicia restaurativa en los casos en que el ofendido ha formulado la denuncia, acudido al instructor para ampliarla, o averiguar sobre los resultados de la investigación.
- Si la respuesta es afirmativa, pregunta en que consistió el acompañamiento, y si se ha adelantado algún tipo de procedimiento o práctica de justicia restaurativa, en qué centro de mediación o de conciliación en equidad, o de práctica de justicia restaurativa.
- Si la respuesta es negativa, continúa con lo siguiente:
- Pregunta al acusado si previamente ha sido informado acerca de la justicia restaurativa, sus posibilidades y formas de operar.
- Si la respuesta es afirmativa, pregunta si se ha adelantado algún tipo de procedimiento de justicia restaurativa, en qué centro de mediación, de conciliación en equidad o de prácticas de justicia restaurativa.
- Si la respuesta es negativa, continúa con lo siguiente:
Si la víctima y el agresor consienten en acogerse a la justicia restaurativa, el juez directamente envía lo pertinente a un centro de conciliación en equidad o de prácticas restaurativas o lo comunica a la fiscalía para que proceda en igual forma respecto de un centro de mediación.