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- 1El plenoEn la actualidad se conforma por 160 diputados, salvo los casos de exclusión, constituye un quórum para el pleno la mitad más uno del número total de diputados que unen el Congresos de la República.


- 2Junta DirectivaEl comité Directiva del Congreso de la República de Guatemala, es la delegada de guiar las sesiones ordinarias y extraordinarias del mismo organismo, y de conocer el caso financiera y administrativa del Organismo Legislativo, además es escogida por el mismo Congreso de la República de Guatemala para el lapso de un año, esa Junta Directiva se rige por la Constitución Política de la República de Guatemala y la Ley del Organismo Legislativo. El artículo 09 de La Ley Orgánica del Organismo Legislativo instituye que El comité Directiva del Congreso de la República de Guatemala va a estar formada por 9 diputados que son:


- 3PresidenciaEl presidente del Congreso de la República de Guatemala, es el funcionario de mayor jerarquía dentro de la organización parlamentaria. Es quien ejerce su representación. El Presidente del Congreso, por el hecho de ser Presidente del Organismo Legislativo tendrá las mismas prerrogativas, calidades y jerarquías que las que ostentan los otros dos Organismos del Estado. Artículo 17 de la Ley del Organismo Legislativo.

- 4Junta de Jefes de BloquesEstá incorporada por uno o más miembros de un partido político que haya alcanzado representación legislativa en las elecciones que corresponden, y que mantenga su calidad de partido político de conformidad con las leyes aplicables. Generalmente el comité de Jefes de Bloques tiene a su cargo la decisión de la agenda legislativa durante cada lapso de sesiones, días y horas en que se llevaran a cabo las sesiones del Pleno, conocer sobre esos asuntos que sean de trascendencia para la actividad del congreso y las otras funcionalidades que cita el artículo 52 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo.


- 5Comisiones de TrabajoConforman órganos técnicos de análisis y entendimiento de los múltiples asuntos que les someta a importancia el Pleno del Congreso de la República o que promuevan por su propia idea. Para su manejo, las comisiones van a tener irrestricto apoyo de el comité Directiva del Congreso y van a poder solicitar la existencia y la participación de burócratas, representantes o técnicos de cualquier organización pública o privada, de conformidad con la Ley.


- 6AdministracionSon todas aquellas direcciones, departamentos y unidades funcionales que pertenecen al Congreso de la República, para llevar a cabo el trabajo técnico legislativo, administrativo, jurídico y tecnológico, en apoyo a los funcionarios y personal del Organismo Legislativo.


- 7Comisión permanenteLa Comisión Persistente del Congreso de la República de Guatemala, es la delegada de guiar las funcionalidades de comentado organismo, a medida que éste no esté reunido en sus sesiones ordinarias establecidas por la Constitución Política de la República de Guatemala y La Ley del Organismo Legislativo, destinados a velar ya que cualquier actividad o tema que por su naturaleza corresponda ser famosa por el Congreso de la República no quede desatendida y si fuere de tal trascendencia, que el pleno la conozca rápido. El artículo 22 de la Ley Orgánica instituye que previo a clausurar sus sesiones, el Pleno del Congreso Procederá a integrar la Comisión Persistente la cual constantemente se conforma por 7 diputados.


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- Karteikarten am Ohne Titel, erstellt von Zack brody am 23/03/2021.
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- Zack brody
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