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Flussdiagramm

ENITH

Enith Yesenia Reyes Spanisch

Inhalt des Flussdiagramms

  1. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

    DECRETO NUMERO 1625 DE 2016

  2. LIBRO 1

    Reglamento de impuestos de orden nacional.

  3. Obligaciones de dar, hacer y no hacer.

    Salen de imposicion del Estado

  4. Contribuyentes o responsables: Directos del pago de tributo por su actividad

  5. Tasa de cambio para efectos tributarios, será la tasa representativa del mercado

  6. Definición de las Zonas mas afectadas por el conflicto armado-ZOMAC

    Conjunto de municipios afectados

  7. PARTE I

  8. PARTE II

  9. Titulo I: Impuesto sobre la renta:

    Es un impuesto que grava la utilidad de las personas, empresas u otra entidades legales.

  10. Cap 1 y 2

    Generación de lucro de corporaciones o asociaciones.

    Sociedades y entidades extranjeras

    Tributacion de personas naturales sin residencia en Colombia y entidades extranjeras

  11. Cap 3.

    Domicilio y residencia: Ingresos para efectos de establecer la residencia tributaria de las personas naturales. Para efectos de calcular el porcentaje de ingresos de fuente nacional consagrado en el literal

  12. Cap 4.

    Tratamiento tributario de las donaciones realizadas a entidades pertenecientes al régimen tributario especial del impuesto sobre la renta y complementario y a las entidades no contribuyentes de que tratan los artículos 22 y 23 del Estatuto Tributario

  13. Cap 5.

    Contribuyentes del régimen tributario especial.

    1. Las asociaciones, fundaciones, instituciones de educación, hospitales y corporaciones constituidas como entidades sin ánimo de lucro.

  14. La unidad administrativa especial dirección de aduanas nacionales se encargará de realizar el debido proceso de inscripción.

  15. Cap. 6 Patrimonio;

    Patrimonio bruto de las personas naturales extranjeras residentes en Colombia, Patrimonio de las personas naturales sin residencia en Colombia y sociedades y entidades extranjeras, Valor patrimonial de los bienes y activos

  16. Cap 7. Ingresos:

    Se entiende que un ingreso puede producir incremento neto del patrimonio, cuando es susceptible de capitalización aun cuando esta no se haya realizado efectivamente al fin del ejercicio.

  17. Cap. 8 Ingresos de fuente nacional y de fuente extranjera

    Créditos a corto plazo. Para los efectos previstos en el literal a) del artículo 25 del Estatuto Tributario, se entiende por créditos a corto plazo originados en importación de mercancías, los exigibles en un término máximo de veinticuatro (24) meses.

  18. Cap 9. Realización del ingreso;

    Cambio de sistema contable. Cuando el contribuyente lleve su contabilidad por el sistema de caja y lo cambie por el de causación, se entienden realizados los ingresos, costos y deducciones en el momento en que se causen con posterioridad al cambio del sistema.​​​​​​​

  19. Cap. 10. Dividendos y participaciones

    Valor de distribución de dividendos o participaciones en acciones.

    Reversión del impuesto diferido crédito del método de participación

    Dividendos y participaciones para personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes y no residentes

  20. Cap. 11. Ingresos no gravados

    Ingreso no gravado para las reservas de oficiales de primera y segunda clase de la Armada Nacional.

    La manutención y el alojamiento de los viáticos recibidos por empleados oficiales no son ingreso gravable.

  21. Cap 12.

    Ingresos que no constituyen renta ni ganancia ocasional

    Capitalizaciones

    Indemnización por seguros.

    Ingreso no constitutivo de renta ni de ganancia ocasional. Para obtener el tratamiento previsto en el artículo 32 de la Ley 20 de 1979, (hoy artículo 45 del Estatuto Tributario), el contribuyente deberá demostrar dentro del término que tiene para presentar la declaración de renta la inversión de la totalidad de la indemnización recibida en la adquisición de bienes iguales o semejantes a los que eran objeto del seguro

  22. Cap. 13 Reorganizaciones empresariales

    Enajenación de acciones de sociedades listadas en una bolsa de valores colombiana resultado de una fusión o escisión adquisitiva o reorganizativa.

    Para efectos de lo establecido en el literal d) del numeral 5 de los artículos 319-4 y 319-6 del Estatuto Tributario, respecto de las fusiones y escisiones adquisitivas y reorganizativas, cuando en el proceso de fusión o escisión intervengan sociedades listadas en una bolsa de valores colombiana y sociedades no listadas al momento de la respectiva operación, y la sociedad resultante o beneficiaria se encuentre listada o se liste en una bolsa de valores colombiana

  23. Cap 14 Rentas y ganancias ocasionales atribuibles a establecimientos permanentes y sucursales

    De conformidad con lo establecido en el artículo 20-2 del Estatuto Tributario, las rentas y ganancias ocasionales atribuibles a un establecimiento permanente o sucursal en Colombia son aquellas que el establecimiento permanente o sucursal habría podido obtener, de acuerdo con el Principio de Plena Competencia, si fuera una empresa separada e independiente de aquella empresa de la que forma parte, ya sea que dichas rentas y ganancias ocasionales provengan de hechos, actos u operaciones entre el establecimiento permanente o sucursal en Colombia con otra empresa, persona natural, sociedad o entidad, o de sus operaciones internas con otras partes de la misma empresa de la que es establecimiento permanente o sucursal.

  24. Cap.15. Rentas no gravadas

    Renta no gravada sobre rendimientos financieros reconocidos a los partícipes de fondos de inversión, fondos de valores y fondos comunes. Las sociedades administradoras de fondos de inversión, fondos de valores y fondos comunes, deberán reconocer en los rendimientos pagados o abonados en cuenta a los partícipes, inversionistas o suscriptores de los mismos, como renta exenta o ingreso no constitutivo de renta ni de ganancia ocasional, los rendimientos financieros percibidos por el fondo con el carácter de renta exenta o ingreso no constitutivo de renta ni de ganancia ocasional.

  25. Cap 16. Rentas brutas

    Determinación de la renta brutaDeterminación de la renta bruta: Los contribuyentes que hayan venido determinando su renta bruta por otros sistemas y opten por acogerse al previsto por el artículo 32 del Decreto 2053 de 1974.

    Reserva técnica en la determinación de la renta bruta en las compañías de seguros generales. La reserva técnica calculada para efectos de la determinación de la renta bruta de las compañías de seguros generales y de capitalización.

    Renta bruta en el negocio de ganadería. En el negocio de ganadería la renta bruta proveniente de la enajenación de semovientes se determinará restando del total de los ingresos obtenidos durante el año por tal concepto

  26. Cap 17. Costos

    Costo de activos movibles.

    Costo de bienes muebles

    Ajuste al costo fiscal de las acciones

    Costos en la prestación del servicio de telecomunicaciones.

    avaluos

    inventarios (Control de las mercncias) y metodos

    Enajenacion de bienes muebles

  27. Cap 18. Deducciones

    Sistemas de depresioacion como el de linea recta, o deduccion de saldos.

    Depreciacion acelerada

    vida util de los activos fijos depreciables a a partir de 1989.

    Maquinaria y equipo

    Ajuste por perdida en cambio

    Ajustes por la diferencia en cambio

    Distribucion de utilides

    Deducciones por aportes a parafiscales,impuesto nacional a la gasolina y ACPM, regalias

  28. Cap 19.

    Sistemas para la determinación del impuesto sobre la renta.

    Renta por comparacion de patrimonios el cual la renta gravable se adiciona al valor de la ganacia ocasional netas y las rentas exentas,.

    Etapas

    a) Prospectación;

    b) Construcción, instalación y montaje;

    c) Ensayos y puesta en marcha.

    En la industria de construcción y venta de inmuebles se considera como período improductivo.

    a) Prospectación;

    b) Construcción.

  29. Cap 20.

    Determinación del impuesto sobre la renta y complementario de las Personas naturales y sucesiones Ilíquidas residentes y no residentes

    Reglas para la determinación del impuesto sobre la renta y complementario de las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes y no residentes

    Clasificación de las rentas cedulares de las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes.

    Rentas exentas y deducciones

    Costos y Gastos

    Tratamiento de las perdidas fiscales

  30. Cap 21. Rentas líquidas

    Opciones para la determinación de la renta líquida en los contratos de servicios autónomos: En los contratos de servicios autónomos, cuando el pago de los servicios se haga por cuotas y estas correspondan a más de un (1) año o período gravable.

    Recuperación de deducciones por deudas manifiestamente perdidas o sin valor: La deuda cuya deducción se hubiere obtenido por considerarla manifiestamente perdida o sin valor constituye renta líquida en el año en que se produzca.

    Recuperación de deducciones

    Tratamiento de los activos omitidos, pasivos inexistentes y recuperación de deducciones. Cuando el contribuyente tenga activos omitidos y/o pasivos inexistentes, incluirá sus respectivos valores como renta líquida gravable, dentro de la cédula de rentas no laborales

  31. Cap 22, 23 , 24, 25

    Rentas exentas

    Contribuyentes beneficiarios de la progresividad en el pago del impuesto sobre la renta y complementario, descuento tributario y otros tratamientos

    Descuentos tributarios, Incluye beneficios el art 249 ET delarantes sobre el impuesto de renta y complementarios q inviertan en sociedades q coticen en acciones de bolsa de valores, mediante la adquision de acciones provenientes de una oferta publica.

    Reintegros del beneficio tributario

    ratamiento tributario de los contratos de concesión y Asociaciones Público Privadas -APP.

  32. LIBRO II

    Reglamento de impuestos del orden territorial

  33. Titulo I

    Impuesto de Industria y Comercio

  34. Titulo II

    Impuesto Predial

  35. Titulo III

    Impuesto municipal de entrada a espectáculos públicos y sobre juegos permitidos

  36. Titulo IV

    Peaje Turístico

  37. Titulo V

    Tasas por Descongestión Urbana

  38. PARTE I

    IMPUESTOS DISTRITALES

  39. PARTE II

    IMPUESTOS DEPARTAMENTALES

  40. TITULO I

    IMPUESTOS AL CONSUMO DE CERVESAS, SIFONES Y REFAJO

  41. TITULO II

    IMPUESTO DE REGISTRO

  42. TITULO III

    IMPUESTO A LA GASOLINA Y ACPM

  43. TITULO IV

    IMPUESTO SOBRE VEHICULOS

  44. TITULO V

    ESTAMPILLAS DEPARTAMENTALES

  45. LIBRO III

    DISPOSICIONES COMUNES Y OTRAS DISPOSICIONES

  46. PARTE I

    DISPOSICIONES FINALES

  47. TITULO I

    VIgencia y derogatorias

  48. PRESENTADO POR:

    ENITH YESENIA REYES CARDENAS

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Flussdiagramm am ENITH, erstellt von Enith Yesenia Reyes am 22/02/2018.
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