Flussdiagramm
Ohne Titel
Inhalt des Flussdiagramms
faltas administrativas para su determinable sancion
concepto y tipología de normatividad y de faltas administrativas al equipo de computo
acceso no autorizado a sistemas de informacion
acceso no autorizado a equipo de computo
acceso no autorizado al equipo de telecomunicaciones
robo de equipo de computo y telecomunicaciones
confidencialidad
fraude de tipo informatico
redes de datos e informacion
sabotaje informatico
leyes
ley de proteccion de datos
penas
https://docs.mexico.justia.com/federales/codigo-penal-federal.pdf
Artículo 166 Bis.- A las personas que por razón de su cargo o empleo en empresas de telecomunicaciones, ilícitamente proporcionen informes acerca de las personas que hagan uso de esos medios de comunicación, se les impondrá pena de tres meses a tres años de prisión y serán destituidos de su cargo.
Artículo 177.- A quien intervenga comunicaciones privadas sin mandato de autoridad judicial competente, se le aplicarán sanciones de seis a doce años de prisión y de trescientos a seiscientos días multa.
destruir informacion sin autorizacion
acceder sin autorizacion a informacion de clasificacion privada de uso estatal
desencriptar mensajes no autorizados
leyes
Ley federal del procedimiento administrativos
pena
Artículo 168 bis.- Se impondrán de seis meses a dos años de prisión y de trescientos a tres mil días multa, a quien sin derecho:
I. Descifre o decodifique señales de telecomunicaciones distintas a las de satélite portadoras de programas, o
II. Transmita la propiedad, uso o goce de aparatos, instrumentos o información que permitan descifrar o decodificar señales de telecomunicaciones distintas a las de satélite portadoras de programas.
Artículo 168 ter. Se sancionará con pena de doce a quince años de prisión, a quien fabrique, comercialice, adquiera, instale, porte, use u opere equipos que bloqueen, cancelen o anulen las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen con excepción
aprovechamiento y explotación del espectro radioelectrrico
comunicacion via satelite
acceden sin autorización
ley
ley de telecomunicaciones
Artículo 167.- Se impondrán de uno a cinco años de prisión y de cien a diez mil días multa:
VI.- Al que dolosamente o con fines de lucro, interrumpa o interfiera las comunicaciones, alámbricas, inalámbricas o de fibra óptica, sean telegráficas, telefónicas o satelitales, por medio de las cuales se transfieran señales de audio, de video o de datos.
Artículo 168 bis.- Se impondrán de seis meses a dos años de prisión y de trescientos a tres mil días multa, a quien sin derecho:
I. Descifre o decodifique señales de telecomunicaciones distintas a las de satélite portadoras de programas, o
II. Transmita la propiedad, uso o goce de aparatos, instrumentos o información que permitan descifrar o decodificar señales de telecomunicaciones distintas a las de satélite portadoras de programas.
Artículo 168 ter. Se sancionará con pena de doce a quince años de prisión, a quien fabrique, comercialice, adquiera, instale, porte, use u opere equipos que bloqueen, cancelen o anulen las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen
sanciones
cuando el valor robado no exceda cien veces un salario minimo
aprovecharse del equipo llevandolo sin autorizacion
ley
ley de transparencia de datos
Artículo 177.- A quien intervenga comunicaciones privadas sin mandato de autoridad judicial competente, se le aplicarán sanciones de seis a doce años de prisión y de trescientos a seiscientos días multa.
Artículo 368 Bis.- Se sancionará con pena de tres a diez años de prisión y hasta mil días multa, al que después de la ejecución del robo y sin haber participado en éste, posea, enajene o trafique de cualquier manera, adquiera o reciba, los instrumentos, objetos o productos del robo, a sabiendas de esta circunstancia y el valor intrínseco de éstos sea superior a quinientas veces el salario.
sanciones
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- Flussdiagramm am Ohne Titel, erstellt von eli Lopez am 21/03/2020.
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- eli Lopez
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