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Flussdiagramm

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melisa jimenez Spanisch

Inhalt des Flussdiagramms

  1. recursos e inconformidad ante el imss e infonavit

  2. recurso de inconformidad es el medio de defensa con el que cuentan los patrones o sujetos obligados para defenderse de un acto definitivo que consideren improcedente (art. 294 LSS).

  3. El Reglamento del Recurso de Inconformidad (RRI) y a falta de disposición expresa se aplican supletoriamente el CFF, la LFT, el Código Federal de Procedimientos Civiles o el derecho común, siempre que las disposiciones de éstos no contravengan a la LSS o a sus reglamentos (art. 1o RRI).

  4. Dentro de los actos que pueden impugnarse a través del recurso de inconformidad pueden mencionarse: las cédulas de liquidación de cuotas obrero-patronales, de capitales constitutivos, de recargos, actualización y gastos por inscripciones improcedentes, de multas o resolución de negativa de devolución de pagos indebidos o en exceso.

  5. en el caso del imss

  6. Cuando una resolución, acuerdo o liquidación del IMSS no se impugna en el tiempo y la forma establecidos en el RRI (art. 294 LSS

    Deberá interponerse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación del acto definitivo que se impugne (art. 6o RRI).

    Se desechará de plano, y si durante el procedimiento se llegara a comprobar la extemporaneidad del mismo, el IMSS podrá sobreseer el recurso.

  7. El recurso de inconformidad deberá interponerse por escrito ante el Consejo Consultivo Delegacional (CCD) correspondiente al domicilio del inconforme, cumpliendo con los requisitos señalados en el artículo 4o del RRI, a saber:

  8. nombre y firma del recurrente (patrón afectado por el acto definitivo del Instituto)

    domicilio para oír y recibir notificaciones

    número de registro patronal

    acto que se impugna y, en su caso, número y fecha de la resolución, número de crédito, período e importe, fecha de su notificación y autoridad emisora del mismo

    hechos que originan la impugnación

    agravios que cause el acto impugnado, es decir los perjuicios que le ocasiona al inconforme

    nombre o razón social del patrón, así como el domicilio en donde pueda ser notificado, y

    pruebas ofrecidas, relacionadas con el acto impugnado

  9. en el caso del infonavit

  10. el artículo 52 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) señala que en los casos de inconformidad de las empresas, de los trabajadores o sus beneficiarios sobre la inscripción en el Instituto, derecho a crédito, cuantía de aportaciones y de descuentos, así como cualquier acto del Instituto que lesione derechos de los trabajadores inscritos, de sus beneficiarios o de los patrones, se podrá promover ante el propio Instituto un recurso de inconformidad.

  11. Respecto de la forma del recurso de inconformidad, esta se encuentra regulada en el Reglamento de la Comisión de Inconformidades y de Valuación en sus artículos del 7 al 15.

    Término

    El plazo legal para interponer el recurso de inconformidad es el siguiente:

    Treinta días para los trabajadores o sus beneficiarios.

    Quince días para los patrones.

  12. Forma de presentación y requisitos

  13. El escrito del recurso de inconformidad deberá contener:

    I. Nombre del promovente y, en su caso, el de su representante.

    II. Domicilio para recibir notificaciones.

    III. Número de inscripción en el Registro Federal de Causantes, si lo supiere.

    IV. Nombre y domicilio del tercero o terceros interesados, si los hubiere.

    V. Las razones por las qué a su juicio, la resolución del Instituto lesiona sus derechos.

    Deberá acompañarse de las pruebas respectivas y hasta veinte copias, para dar vista a terceros interesados.

  14. En caso de que el escrito fuera impreciso, estuviera incompleto o no se hubiera aclarado la personalidad, para darle trámite se requerirá al promovente por una sola ocasión para que en el término de diez días lo aclare, corrija o complete apercibiéndolo de que en caso de no hacerlo será desechado de plano.

  15. Sustanciación

  16. Al admitirse el recurso de inconformidad, se dará vista por notificación personal o por correo certificado con acuse de recibo, con las copias respectivas, a los terceros interesados en su caso, para que en el término de diez días manifiesten lo que a su derecho convenga y para que acompañen sus pruebas. Asimismo, se solicitará de las dependencias respectivas del Instituto el expediente del que haya emanado el acto impugnado que deberán enviar en un plazo no mayor de cinco días.

  17. Resolución

  18. El recurso de inconformidad será resuelto de conformidad con lo establecido en los artículos 13, 14 y 15 del Reglamento, y será la Comisión de Inconformidades y de Valuación la que tendrá en todo tiempo la facultad de ordenar la práctica de diligencias, para mejor proveer cuando se considere que son necesarias para el conocimiento de la verdad.

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Flussdiagramm am Ohne Titel, erstellt von melisa jimenez am 23/06/2020.
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melisa jimenez
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