Flussdiagramm
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Inhalt des Flussdiagramms
Obligaciones y derechos digitales
DERECHOS
1.Protección de datos personales
2. Seguridad de los datos
3. Actualización de marco jurídico
4. Accesibilidad electrónica
5. Comunicación de informacion
Procedimientos para la gestión de los derechos y obligaciones digitales
1. Derecho a la intimidad en el ámbito laboral
2. Derecho a la neutralidad de Internet
3. Derecho a la seguridad digital
4. Derecho al olvido en búsquedas en Internet, servicios de redes sociales y equivalente
5. Derecho a la libertad de expresión
6. Derecho a la portabilidad
7. Derecho de la negociación colectiva
8. Derecho a la protección de datos de los menores en Internet
9. Derecho de rectificación en Internet
10. Derecho a la actualización de informes en medios digitales
OBLIGACIONES
ORGANISMOS REGULADORES
NORMATIVIDAD
1.-La Norma UNE 139803:2012, es una norma española que recoge los requisitos de accesibilidad para los contenidos web y se basa en las pautas y directrices recogidas en la Iniciativa de Accesibilidad a la Web (Web Accesibility Initiative) del Consorcio Mundial de la Web (World Wide Web Consortium)
2.-LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal): garantiza y protege en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y también los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor, intimidad ,privacidad personal y familiar.
3.-Reglamento (UE) 2015/2120 del Parlamento Europeo y del Consejo: establecen medidas en relación con el acceso a una Internet abierta
4.-RGPD - Reglamento General de Protección de datos: Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos.
5.-AEPD (Agencia Española de Protección de Datos): Es el organismo público encargado de velar por el cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de AEPD.
Protección anticopia: Estas estrategias controlan el acceso al evitar que los usuarios hagan copias de una obra. Por lo general, se implementan mediante encriptación, que escribe el contenido digital en un código que solo los dispositivos o el software pueden leer con la clave para desbloquear el código. Este enfoque también se conoce a veces como codificación. Otros ejemplos de protección contra copia incluyen marcas de agua digitales, huellas digitales y funciones de restricción de copia.
Gestión de permisos:Esta forma de control limita quién tiene permiso para usar un determinado trabajo. Ejemplos de estas estrategias DRM incluyen licencias y claves de software, autenticación de usuario y protocolos de autenticación IP, servidores proxy, redes privadas virtuales (VPN), restricción regional o geobloqueo, y diseño de productos para que solo funcionen en hardware o software especializado.
Casos controversiales
CYBERBULLYING: El acoso entre iguales a través de las TIC: insultar, vejar, amenazar, chantajear...a través del envío o publicación de mensajes de texto, fotografías o vídeos. El acoso no siempre se expresa con un daño físico. El hostigamiento suele darse en el ámbito escolar por lo que el acosador y la víctima suelen ser menores y compañeros de colegio o instituto. Los medios más habituales con los que se puede realizar el ciberacoso son: smartphones, chats, SMS, foros, redes sociales, juegos online, blog o a través de email.
GROOMING: son formas delictivas de acoso que implican a un adulto que se pone en contacto con un niño, niña o adolescente con el fin de ganarse poco a poco su confianza para luego involucrarle en una actividad sexual. Esta práctica tiene diferentes niveles de interacción y peligro: desde hablar de sexo y conseguir material íntimo, hasta llegar a mantener un encuentro sexual.
Se trata de un proceso en el que se produce un vínculo de confianza entre la víctima y el acosador. Este intenta aislar poco a poco al menor, y lo consigue desprendiéndolo de su red de apoyo (familiares, profesores, amigos, etc.) y generando un ambiente de secretismo e intimidad. En el caso del online grooming el abusador envía, a través de un medio tecnológico, material sexual al niño o niña. Además, se suele hacer pasar por menor y adapta el lenguaje a la edad de la víctima. Es una violencia igual de real que la física, pero de la que no se puede huir.
En el contexto del acceso de banda:
1. (Unión Internacional de Telecomunicaciones [UIT]) se encargan de coordinar aspectos específicos del acceso y servicios de banda ancha, como la asignación del espectro y las cuestiones comerciales.
2. (Organización Mundial del Comercio [OMC]).Desarrollan marcos comunes de reglamentación y de coordinación de las políticas
En cuanto a gestión del espectro y normalización:
1. CITEL (Comisión Interamericana de Telecomunicaciones)
2. COMTELCA (Comisión Técnica Regional de Telecomunicaciones) en América Central
3. CARICOM (Comunidad del Caribe) en la zona del Caribe
4. UNASUR en América del Sur
Coordinan acuerdos comerciales internacionales y regionales:
1. OMC (Organización Mundial del Comercio) es la única organización internacional se ocupa de las normas que rigen el comercio entre los países
2. Mercosur (Mercado Común de Sur)
3. TLCAN (Tratado de Libre Comercio de América del Norte)
4. ALADI o la Alianza del Pacífico
REFERENCIAS:
- 2.0, P. (2015, 26 mayo). Cyberbullying (Ciberacoso), qué es y cómo prevenirlo. ELMUNDO. https://www.elmundo.es/sapos-y-princesas/2015/05/26/556425c8ca4741b4698b4575.html
- corporate-body.CONSIL:Council of the European Union, corporate-body.EP:European Parliament. (2015, 25 noviembre). Reglamento (UE) 2015/2120 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2015 por el que se establecen medidas en relaciÃ3n con el acceso a una internet abierta y se modifica la Directiva 2002/22/CE relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relaciÃ3n con las redes y los servicios de comunicaciones electrÃ3nicas y el Reglamento (UE) no 531/2012 relativo a la itinerancia en las redes pÃoblicas de comunicaciones mÃ3viles en la UniÃ3n (Texto pertinente a efectos del EEE). Publications Office of the EU. https://op.europa.eu/en/publication-detail/-/publication/8fdf5d08-93fc-11e5-983e-01aa75ed71a1/language-es
- Grooming, qué es, cómo detectarlo y prevenirlo. (2020, 27 febrero). Save the Children. https://www.savethechildren.es/actualidad/grooming-que-es-como-detectarlo-y-prevenirlo
- Láinez, D. M. D. M. N. (2018, 9 mayo). Qué es la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos). Clinic Cloud. https://clinic-cloud.com/blog/que-es-la-lopd-ley-organica-de-proteccion-de-datos/#:%7E:text=La%20Ley%20Org%C3%A1nica%2015%2F%201999,las%20libertades%20p%C3%BAblicas%20y%20los
- Riquelme, M. (2020, 8 julio). ¿En Qué Consiste Y para Qué Sirve la Gestión de Derechos Digitales (DRM)? Blog de Marketing. https://www.genwords.com/blog/gestion-de-derechos-digitales-drm
- virginiaeude2018 - EUDE Business School. (2019, 24 junio). Noticia de EUDE Business School para la fecha 14/06/2019. Eude Business School. https://www.eude.es/blog/derechos-digitales-eude/
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- Flussdiagramm am Ohne Titel, erstellt von Pamme Apud am 24/09/2020.
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- Pamme Apud
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