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Flussdiagramm

Contabilidad Fsical

natalia gomez Spanisch

Inhalt des Flussdiagramms

  1. RETENCIÓN EN LA FUENTE

  2. No es ningún impuesto, sino que es el simple cobro anticipado de un determinado impuesto que bien puede ser el impuesto de renta, a las ventas o de industria y comercio.

  3. Finalidad de la retención en la fuente

  4. La retención en la fuente tiene por objeto conseguir en forma gradual que el impuesto se recaude en lo posible dentro del mismo ejercicio gravable en que se cause.

  5. Facultad para establecer retenciones

  6. El gobierno nacional establecerá un sistema de autorretención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios, el cual no excluye la posibilidad de que los autorretenedores sean sujetos de retención en la fuente.

  7. Elementos de la retención en la fuente

  8. SUJETO PASIVO DE LA RETENCIÓN:

  9. El sujeto pasivo es la persona o la empresa a quien se le hace el pago y quien es objeto de la retención. Es la persona que hace la venta o presta el servicio que genera el ingreso, y por tanto es quien debe pagar el impuesto correspondiente, en este caso, de forma anticipada.

  10. AGENTES DE LA RETENCIÓN:

  11. Es la persona o empresa que aplica o practica la retención. Es quien realiza el pago y se convierte en recaudador del impuesto mediante la retención en la fuente, de manera que cuando hace el pago al proveedor no le entrega el 100% del valor de la operación

  12. OBLIGACIONES DEL AGENTE RETENEDOR

  13. Quiénes son agentes de retención: Radica en el Director de Impuestos y Aduanas Nacionales, la competencia para autorizar o designar a las personas o entidades que deberán actuar como autorretenedores y suspender la autorización cuando a su juicio no se garantice el pago de los valores autorretenidos.

  14. Personas naturales que son agentes de retención: Las personas naturales que tengan la calidad de comerciantes y que en el año inmediatamente anterior tuvieren un patrimonio bruto o unos ingresos brutos superiores a 30.000 UVT ($1.028.100.000 Base 2019 – UVT $34.270)

  15. CUANDO NO SE EFECTUA LA RETENCIÓN: 1. Los pagos o abonos en cuenta que se efectúen a:

    a. Los no contribuyentes no declarantes.

    b. Las entidades no contribuyentes declarantes

    2. Los pagos o abonos en cuenta que por disposiciones especiales sean exentos en cabeza del beneficiario.

    3. Los pagos o abonos en cuenta respecto de los cuales deba hacerse retención en la fuente, en virtud de disposiciones especiales, por otros conceptos.

  16. Los agentes que no efectúen la retención, son responsables con el contribuyente: No realizada la retención o percepción, el agente responderá por la suma que está obligado a retener o percibir, sin perjuicio de su derecho de reembolso contra el contribuyente, cuando aquél satisfaga la obligación.

  17. CONCEPTO DE RETENCIÓN A EFECTUAR:

  18. TARIFA DE RETENCIÓN

  19. BASE DE RETENCIÓN

  20. Es el nombre con que se conoce a al hecho económico u operación económica realizada que da origen a la retención porque está sometida a ello. Por ejemplo, si hacemos una compra, hablamos de la retención en la fuente por compras.​​​

  21. La tarifa de retención es el porcentaje que se le aplica al valor de la operación o a la base sujeta a retención para determinar el monto o valor que se ha de retener. La tarifa difiere según el concepto y son valores que el gobierno a determinado previamente.

  22. La base de retención es el valor sobre el cual se aplica la tarifa de retención, es decir, el porcentaje correspondiente. Por ejemplo, si el valor de la compra es de $1.000.000, esa será la base, pero hay casos particulares en que la base se ajusta o depura, de manera que esa base resulta inferior al valor de la operación por cuanto de ella se deben detraer ciertos conceptos y valores.

  23. 1. Declarar los valores retenidos

  24. 2. Pagar los valores retenidos y declarados

  25. 3. Certificar los valores retenidos

  26. 4. Responder por los valores dejados de retener estando obligado a ello

  27. RETENCIÓN EN LA FUENTE POR RENTA

  28. En Colombia la retención en la fuente surgió en 1961, como un mecanismo de recaudo del impuesto de renta para inversionista extranjeros sin domicilio en el país y a partir de ahí, se hizo extensiva a otros conceptos. La retención en la fuente, no es un impuesto, sino es un mecanismo de recaudo anticipado de los impuestos.

  29. RETENCIÓN EN LA FUENTE POR ICA

  30. El Impuesto de Industria y Comercio es un gravamen directo, de carácter municipal que grava todas las actividades comerciales, industriales y de servicios que se realicen en el respectivo municipio. La retención en la fuente por ICA o RETEICA, es el anticipo del impuesto de industria y comercio efectuado por el vendedor y descontado por el comprador en el momento de causa, pagar o abonar en cuenta.

  31. Agentes de retención

  32. Entidades de derecho público

    Grandes contribuyentes

    Entidades emisoras de tarjetas de crédito y/o tarjetas débito

    Intermediarios o terceros que intervengan en operaciones económicas y que generen la retención

    ​​

    ​​

  33. Los responsables del régimen común del ICA que sean responsables del IVA en todas sus operaciones

    Sociedades fiduciarias

    Consorcios y uniones temporales

    Las que mediante resolución la Secretaría de Hacienda Municipal los designe como agentes de retención.

  34. AUTORETENCIÓN ESPECIAL A TITULO DE RENTA:

  35. Características

  36. •Periodo mensual y se marca en el formulario 350, renglón 74 – Otros conceptos – Sección auto retenciones

    •Aplica a todos los contribuyentes que son sociedades nacionales, extranjeras o establecimientos permanentes que están exonerados del pago de salud, Sena e ICBF sobre los trabajadores que ganan menos de 10 SMMLV

    •Quienes están obligados a esta autorretención siguen sujetos a la retención en la fuente a título de renta

  37. Están exentos

  38. •Personas naturales

    •Entidades sin ánimo de lucro

    •Propiedades horizontales mixtas, debido a que no son sociedades

    •No contribuyentes de renta

    •Personas jurídicas ordinarias que no acceden al beneficio de exoneración de aportes a salud y parafiscales

  39. Tarifas

  40. Se causan sobre los ingresos brutos del contribuyente

    •1.60%

    •0.80%

    •0.40%

Informationen

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Flussdiagramm am Contabilidad Fsical, erstellt von natalia gomez am 09/11/2021.
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natalia gomez
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