Flussdiagramm
ejecucuion
Inhalt des Flussdiagramms
EJECUCIÒN
ES EL CONJUNTO DE ACTOS PROCESALES
QUE ES
MEDIANTE TÌTULOS DE EJECUCIÒN
PARA HACER CUMPLIR LAS OBLIGACIONES
PARA QUE SIRVE
COMO
1. La sentencia ejecutoriada.
2. El laudo arbitral.
3. El acta de mediación.
4. El contrato prendario y de reserva de dominio.
5. La sentencia, el laudo arbitral o el acta de mediación
expedidos en el extranjero, homologados conforme con
las reglas de este Código.
6. Las actas transaccionales.
Artículo 363.-Titulos de ejecución
La ejecución se circunscribirá a la realización
o aplicación concreta de lo establecido en el título de
ejecución.
Artículo 364.- Facultades de la o del juzgador y de las partes.
Si se trata de la ejecución de un título que
no sea la sentencia o auto ejecutoriado, se deberá presentar una solicitud que,
además de los requisitos de la demanda, contenga la identificación del título
de ejecución que sirve de habilitante para presentar la solicitud.
Artículo 370.- Solicitud de ejecución.
INICIO
Artículo 371.- Inicio de la ejecución por sentencia ejecutoriada.
Artículo 372.- Mandamiento de ejecución.
Artículo 375.- Falta de cumplimiento del mandamiento de ejecución.
1.-Se admite la solicitud
2.-Se designa un perito para la
liquidación del capital intereses y costas
3.-El actor tiene 5 días para
presentar los comprobantes de respaldo
1. La identificación precisa de
la o del ejecutado que debe cumplir la obligación.
2. La determinación de la obligación cuyo
cumplimiento se pretende, adjuntando copia de la liquidación, de ser el caso.
3. La orden a la o al ejecutado
de pagar o cumplir con la obligación en el término de cinco días, bajo
prevención que de no hacerlo, se procederá a la ejecución forzosa.
PROCESO LABORAL
Cuando condenen a una de las
partes al pago de indemnizaciones u obligaciones no satisfechas, están
obligados a determinar en el fallo la cantidad que se debe pagar.
De no cumplirse con la obligación, la o el
juzgador ordenará que se publique en la página web de
la Función Judicial el mandamiento de ejecución para
conocimiento de terceros, a fin de que, todos aquellos que
tengan interés en la ejecución concurran a la audiencia
con todas las pruebas necesarias para hacer efectivos sus
derechos.
Adicionalmente se ordenará el embargo de los bienes de
propiedad de la o de la o del ejecutado conforme con la
documentación certificada proporcionada por la o el
ejecutante o la obtenida por la o el juzgador, los que se
entregarán a la o al depositario de acuerdo con la ley.
Practicado el embargo, el juzgador ordenará el avalúo de los bienes con la intervención de una o un perito. El informe se presentará con los sustentos técnicos que respalden el avalúo y la firma de la o del depositario judicial a cargo de los bienes en señal de su conformidad.
El juzgador notificará a las partes el informe pericial, que será discutido en la audiencia de ejecución, que deberá llevarse a cabo en el término máximo de quince días. audiencia comparecerá el perito para sustentarlo.
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- Flussdiagramm am ejecucuion, erstellt von mishell esparza am 23/01/2017.
- Erstellt von
- mishell esparza
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