Zusammenfassung der Ressource
Flussdiagrammknoten
- MARCO LEGAL Y POLITICAS PUBLICAS QUE FUNDAMENTAN UNA EDUCACION SUPERIOR INCLUSIVA
- MARCO INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
- Declaracion universal de los derechos humanos (ONU, 1948)
- Convencion referida a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza (UNESCO, 1960)
- Pacto internacional de derechos economicos, sociales y culturales (ONU, 1966)
- Convención sobre los derechos del niño (ONU, 1989)
- Declaracion mundial sobre la educación para todos (UNESCO, 1990)
- Declaración de salamanca de principios, política y práctica para las necesidades educativas especiales (UNESCO, 1994)
- Convención internacional de los derechos de las personas con discapacidad (ONU, 2006)
- Foro mundial sobre la educación (UNESCO, 2015)
- Estrategia universidad 2020 para la educación y formación de la unión europea (UE, 2010)
- APORTACIONES DE LOS DERECHOS
- 1566. Primer hospital en el que se brindó atención a los enfermos mentales
- 1572. Primer hospital con atención a personas amputadas
- 1866. Primera escuela de sordomudos
- 1868. Se fundó la primera Escuela Normal para Maestros Especializados
- 1958. Se fundó centro de rehabilitación para la atención a ciegos, sordomudos.
- Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su protocolo facultativo aprobados por la asamblea general de la organización de las Naciones Unidas
- Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su protocolo facultativo, adoptado por la asamblea de las Naciones Unidas
- 1987. Se crea el Programa de Rehabilitación
- Ley general de Educación(1993)
- Ley general de Educación. Ley 115 de 1994
- Ley para la protección de los derechos de Niñas, Niñas y adolescentes
- Ley de Obras públicas y servicios relacionados con la mismas
- Ley general para la inclusión de las personas con discapacidad
- Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública
- Articulo 26.
La SEP podrá celebrar convenios con las autoridades educativas locales a las que la ley otorga autonomía, con la finalidad de fortalecer la inclusión educativa
- Artículos 29, 30, 31 y 33.
Se señalan las unidades administrativas responsables de desarrollar programas y acciones para atender las necesidadesw educativas de grupos vulnerables
- NOM-173-SSA1-1998
Atención integral a personas con discapacidad
- NOM-233-SSA1-2003
Establece los requisitos arquitectónicos para facilitar el acceso, tránsito, uso y permanencia de las personas con discapacidad en establecimientos de atención médica
- NOM-001-STPS-1999
Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo, con condiciones de seguridad e higiene
- NOM-015-SSA3-2012
Establece los criterios que regulan la forma en que se prestan servicios de atención médica a las personas con discapacidad, en los sectores públicos
- Artículo 22. Las autoridades educativas reconocerán y asegurarán el derecho de las personas con discapacidad a una educación inclusiva, de calidad y gratuita
- Artículo 25. El Sistema Educativo Estatal deberá sensibilizar a la sociedad, luchar contra estereotipos, prejuicios y practicas nocivas respecto a las personas con discapacidad, mediante campañas efectivas
- Artículo 89. Las autoridades educativas adoptarán medidas y acciones para propiciar el ejercicio pleno del derecho a la educación de calidad con equidad.
- Artículo 127. La educación especial tendrá como objetivo identificar, prevenir y eliminar las barreras para el aprendizaje y la participación social.
- Artículo 18. La SEV tendrá la obligación de garantizar que el sistema educativo estatal sea incluivo y equitativo
- Ortiz Chapol Cecilia Clementina