Flussdiagramm
CA2
Inhalt des Flussdiagramms
CONTROL DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS
¿Qué es?
Es el control que es ejercido por el estado para
regular y controlar los servicios públicos domiciliarios, con el fin garantizar
los fines esenciales del estado y de asegurar la prestación eficiente a todos
los habitantes del territorio nacional
¿Qué son los SPD?
Aquellos que se prestan a través de sistemas de
redes físicas, o humanas o con puntos terminales en las viviendas o sitios de
trabajo de los usuarios y cumplen la finalidad especifica de satisfacer las
necesidades esenciales de las personas
Clasificación
▪
Acueducto
▪
Alcantarillado
▪
Aseo
▪
Energía
Eléctrica
▪
Distribución
de Gas Combustible
▪
Telefonía
Publica Básica Conmutada
▪
Telefonía
Móvil Rural
¿Quién lo ejerce?
Art.365,
i.2 CN: El Estado mantendrá la regulación, el control y
la vigilancia de los servicios públicos.
Art.367,
i.1 CN: “La ley determinará las
competencias y responsabilidades relativas a la prestación de los servicios
públicos domiciliarios, su cobertura, calidad y financiación, y el régimen
tarifario que tendrá en cuenta además de los criterios de costo los de
solidaridad y redistribución de ingresos”
Art.369
CN: “La ley determinara los
deberes y derechos de los usuarios, el régimen de su protección y sus formas de
participación en la gestión y fiscalización de las empresas estatales que
presten el servicio”
Art.370
CN: “Corresponde al
Presidente de la República señalar con sujeción a la ley las políticas
generales de administración y de control de eficiencia de los servicios
públicos domiciliarios y ejercer por medio de la superintendencia de servicios
públicos domiciliarios el control la inspección y vigilancia de las entidades
que los prestan”
Ley 142 de 1992:
▪
Superintendencia
de Servicios Públicos (Inspección, vigilancia, Control)
▪
Comisión
de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, adscrita al Ministerio de
Desarrollo Económico(R)
▪
Comisión
de Regulación de Energía y Gas Combustible, adscrita al Ministerio de Minas y
Energía(R)
▪
Comisión
de Regulación de Telecomunicaciones, adscrita al Ministerio de
Comunicaciones(R)
▪
Control
Social: será ejercido por medio de Comités de Desarrollo y Control Social de
los Servicios Públicos Domiciliarios, compuesto por usuarios de uno o mas
servicios públicos domiciliarios.
¿Sobre quién?
▪
Sobre todo aquel que preste un servicio público
domiciliarios.
▪
Los municipios que presten el servicio público domiciliario
de forma directa.
▪
Empresas de Economía Mixta
▪
Empresas Privadas
¿Cómo se ejerce?
1. Comisiones de regulación: se encargan de regular los monopolios en la
prestación de los servicios públicos o la de promover la competencia entre
quienes presten servicios públicos, para que el servicio sea eficiente, no
impliquen abusos de la posición dominante, y produzcan servicios de
calidad. (Art 73 ley 142 de 1994).
2. Superintendencia de Servicios Públicos: se encarga de Vigilar y controlar el
cumplimiento de las leyes y actos administrativos a los que estén sujetos
quienes presten servicios públicos, en cuanto el cumplimiento afecte en forma
directa e inmediata a usuarios determinados; y sancionar sus violaciones. (Art
79 ley 142 de 1994).
3. Control social ejercido por medio de:
•
Derecho
de petición: es esencia del contrato de servicios públicos que el suscriptor o
usuario pueda presentar a la empresa peticiones, quejas y recursos relativos al
contrato de servicios públicos.
•
Vía
gubernamental: se inicia por decisión unilateral del interesado que se
considera afectado en sus derechos y es una modalidad de resolución directa de
conflictos entre las partes involucradas en un acto administrativo.
•
Silencio
administrativo positivo: opera cuando presentada la petición o interpuestos los
recursos de reposición y de apelación y trascurridos 15 días la empresa no
responde.
Informationen
- Beschreibung
- Flussdiagramm am CA2, erstellt von Mauricio Soza am 01/05/2017.
- Erstellt von
- Mauricio Soza
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