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TEMA XI: INCIDENTES

123 12 Spanisch

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TEMA XI: INCIDENTES

  1. INCIDENTE DE COMPETENCIA

    • De acuerdo con Julio Acero
      • Es el medio para imponer y exigir la justa competencia del juez, cuando por cualquier circunstancia, otro ilegítimo tiene avocada una causa criminal
        • (arts. 444 a 476, CPPDF y 60. a 14, CFPP)
    • Conforme a las leyes adjetivas
      • Son competentes los jueces del lugar donde se cometieron los hechos delictuosos y para aplicar la sanción procedente en el lugar donde se hubiere cometido el delito
        • (arts. 60., CFPP y 446, CPPDF).
    • Los tribunales ordinario
      • Serán competentes para conocer de delitos comunes cometidos por servidores públicos, con las excepciones y limitaciones señaladas en la Constitución y la ley orgánica de los tribunales
        • (art. 445, CPPDF).
  2. La incompetencia oficiosa

    • Puede ser declarada por el mismo órgano jurisdiccional
      • A partir de que se dé cuenta de que no debe continuar con el asunto
        • art. 449, CPPDF).
          • remitirá de oficio las actuaciones al competente
    • (arts. 465 y 469, CPPDF)
      • Si la autoridad a la que se remite se considera incompetente,
        • Lo remitirá al Tribunal Superior de Justicia para que señale la vista
          • Dentro de los ocho días siguientes
  3. La incompetencia promovida por las partes

    • Ésta se hará por
      • inhibitoria
        • (art. 451, CPPDF)
          • Se promueve ante el juez o tribunal que se considere competente, pidiéndole gire oficio al juez que estime no serio para que se inhiba de seguir conociendo y remita los autos al competente
      • declinatoria:
        • (art. 452, CPPDF).
          • Se promueve ante el juez o tribunal que se considere incompetente para que deje de conocer del proceso y remita las actuaciones al que se considere competente
  4. SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO

    • (arts. 477 a 481, CPPDF y 468 a 472, CFPP)
      • Si el proceso se suspende, y aunque las leyes adjetivas establecen que iniciado el procedimiento no podrá suspenderse, existen excepciones con respecto a esto
    • Causas que suspenden el procedimiento
      • 1. Que el responsable se sustraiga de la acción de la justicia.
      • 2. En los delitos de querella, la falta de ésta.
      • 3. Cuando enloquezca el procesado, en cualquier estado del proceso.
      • 4. Cuando no exista auto de formal prisión o sujeción y se llenen los siguientes requisitos;
        • a) Que aunque no esté agotada la averiguación previa haya imposibilidad transitoria de practicar las diligencias ordenadas
        • b) Que no haya base para decretar el sobreseimiento.
        • c) Que se desconozca al responsable del delito
    • Quién puede solicitar la suspensión del procedimiento
      • (arts. 481, CPPDF y 472, CFPP).
        • El Ministerio Público
        • El defensor
        • No obstante que el órgano jurisdiccional lo decretara de plano sin sustanciación alguna cuando proceda
  5. MODIFICACIÓN DE SENTENCIA

    • (ART. 75, CPF)
      • Cuando el reo justifique plenamente que no puede cumplir con alguna de las modalidades de la sanción impuesta por ser incompatible con su edad, sexo, salud, etc., la Dirección General de Servicios Coordinados de Prevención y Readaptación Social podrá modificar aquella siempre que la modificación no sea esencial.

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Beschreibung
Mindmap am TEMA XI: INCIDENTES, erstellt von 123 12 am 13/09/2017.
Erstellt von
123 12 · Sep 2017
Aktualisiert
14 Sep 2017
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