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Normas legales vigentes que regulan la profesión del Regente de Farmacia
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Normas legales vigentes que regulan la profesión del Regente de Farmacia
LEY 100 DE 1993
- SGSSS
- S. pensiones
- S. riesgos profesionales
- S. salud
- PAIS
- *Intersectorialidad *APS *Integralidad *Diferencial
- Actores
- Dirección/vigilancia
- *Ministerio *Supersalud *Secretaria de salud
- Aseguramiento y financiación
- *ADRES/FOSYGA *EAPB *Entes territoriales
- Prestador de servicio
- IPS
- USUARIOS
- Dirección/vigilancia
- Financiación
- *Cotizaciones *SOAT *Presupuesto nacional
- UPC
- RÉGIMEN CONTRIBUTIVO
- *Empleado 4% *Empleador 8,5% *Independiente 12,5
- RÉGIMEN SUBSIDIADO
- +Aportes fiscales
- RÉGIMEN CONTRIBUTIVO
- UPC
- *Recursos propios municipales *Regalías *Otros aportes institucionales
- Instituciones
- Especial
- *Militares *Profesores *Congreso *Ecopetrol
- Especial
- *Cotizaciones *SOAT *Presupuesto nacional
- +1122 +1438 +1751 (Ley estatutaria)
- SGSSS
LEY 485 DE 1998
- Articulo 1 OBJETO
- Regula la Profesión del Tecnólogo en Regencia de Farmacia
- Contribuye al mejoramiento de la salud
- Individual
- Colectiva
- Lo pueden ejercer
- Los que obtengan el titulo o equivalente s/n articulo 9 de esta ley
- Nacionales o extranjeros que obtengan el titulo
- De conformidad con los convenios s/n tratados sobre equivalencia de títulos y convenios
- Articulo 2 CAMPO DEL EJERCICIO PROFESIONAL
- Pertenece al área de la salud
- Desarrolla
- Tareas de apoyo
- Colaboración en la prestación del servicio Farmacéutico
- Gestion administrativa a establecimientos
- Mayoristas
- Minoristas
- Articulo 3 ACTIVIDADES
- Dirige establecimientos minoristas que integran el sistema de seguridad social
- Distribucion
- Dispensación de medicamentos e insumos médicos
- Primer nivel ( ambulatorio u hospitalario)
- Dirigir el servicio Farmacéutico de IPS
- De baja complejidad o del primer nivel
- (Ambulatorio o Hospitalario)
- De baja complejidad o del primer nivel
- Dirigir Establecimientos Farmacéuticos distribuidores mayoristas
- Alopáticos
- Homeopáticos
- Veterinarios
- Preparaciones Farmacéuticas
- Cosméticos
- Insumos para la salud
- Participar en actividades de mercadeo y ventas de productos farmaceuticos
- Apoyo bajo la dirección del QF en las actividades de suministro y demás insumos en las IPS
- Segundo nivel
- Tercer nivel
- Dirige establecimientos minoristas que integran el sistema de seguridad social
- Articulo 4 DOCENCIA
- Docencia
- Capacitación
- Formal
- No formal
- Labores orientadas
- Promoción y uso racional de los medicamentos
- Articulo 5 REQUISITOS
- Presentar titulo en Regencia de Farmacia expedido en Institución Superior
- Estar registrado en el consejo nacional de Tecnólogos en RF o instituciones que hagan a su vez
- No estar sancionado por autoridad publica competente
- Articulo 6 VIGILANCIA Y CONTROL
- Ejercicio de la profesión
- Encargada por el Ministerio de Salud
- Ejercicio de la profesión
- Articulo 7 CONSEJO NAL DE TECNOLOGOS EN RF
- Organismo consultivo del ministerio de Salud encargado del registro NAL del Tecnologo en RF
- Conformado por
- 1 delegado, Ministerio de Salud
- 1 delegado, Ministerio de Educación
- 1 delegado, Asociaciones de Tecnólogos en RF
- Conformado por
- Organismo consultivo del ministerio de Salud encargado del registro NAL del Tecnologo en RF
- Articulo 8 EJERCICIO ILEGAL
- No están habilitados legalmente y ejerzan
- Los que están habilitados y se asocien con los que ejercen ilegalmente
- Articulo 9 EQUIVALENCIA DE TITULO
- Regente de Farmacia
- Técnico superior en Regente de Farmacia
- Articulo 10 ESTABLECIMIENTOS DISTRIBUIDORES MINORISTAS
- Droguerías sujetos a reglamentaciones vigentes
- Asumir la dirección de establecimientos
- Droguerías sujetos a reglamentaciones vigentes
- Articulo 11 VIGENCIA
- Rige en la fecha de su promulgación
- Deroga todas las disposiciones que le sean contrarias
- Firmada en el gobierno del Ex presidente Andrés Pastrana 21/12/1998
- Articulo 1 OBJETO
DECRETO 0780 DE 2016
- LIBRO 1: ESTRUCTURA DEL SECTOR SALUD Y DE LA PROTECCION SOCIAL
- Tipos
- DESCENTRALIZADO
- IPS
- EPS
- ESE
- Dirección Seccional de Salud
- CENTRALIZADO
- Ministerio de Salud
- Superintendencia Nacional de Salud
- FOSYGA
- FONSAET
- DESCENTRALIZADO
- Tipos
- LIBRO 2: REGIMEN REGLAMENTARIO DEL SECTOR SALUD Y PROTECCION SOCIAL (SSPS) POS, IPS, EPS
- PARTE 1: AFILIACIÓN AL SISPS. 10
- Títulos que explican las diferentes maneras de afiliarse al sistema
- PARTE 2: REGIMEN CONTRIBUTIVO. 4
- Títulos que tratan los aportes al sistema, la cobertura, prestaciones económicas.
- PARTE 3: REGIMEN SUBCIDIADO
- Dos títulos sobre dirección y administración de régimen subsidiado.
- PARTE 4: ATENCION A POBLACIÓN NO SEGURADA
- PARTE 5: REGLAS PARA ASEGURADORES Y PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD
- Sistemas aseguradores, Certificaciones y otros.
- PARTE 1: AFILIACIÓN AL SISPS. 10
- LIBRO 3: NORMAS COMUNES DE LA SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL
- REGISTRO UNICO DE AFILIADO(RUAF):
- Indica sistemas de información y SSPS.
- AFILIACION Y AUTOLIQUIDACION DE APORTES.
- Señala Valores, Ingreso Base de Cotización, Plazos y Planillas.
- CREDITACION DE SUPERVIVENCIA.
- Describe Condiciones y procedimientos.
- REGISTRO UNICO DE AFILIADO(RUAF):
- LIBRO 4: DISPOSICIONES FINALES
- EXCEPCIONES
- Tiene Decretos relativos a la configuración,
- Creación de las entidades del sector administrativo de Salud y Protección Social.
- DEROGATORIAS
- Posee Decretos de Naturaleza reglamentaria
- EXCEPCIONES
- LIBRO 1: ESTRUCTURA DEL SECTOR SALUD Y DE LA PROTECCION SOCIAL
RESOLUCION 1403 DE 2007
- Se determina el Modelo de Gestión del S.F.
- Se adopta el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos y se dictan otras medidas.
- Definiciones de:
- E.F., evento adverso, fármaco, medicamento, m. de venta Libre, droguería.
- OBJETIVOS:
- En desarrollo del Decreto 2200/05, son:
- Promoción, prevención, suministro, Atención Farmacéutica
- En desarrollo del Decreto 2200/05, son:
- CLASIFICACION DEL S.F.
- Dependiente:
- Es prestado por una I.P.S a pacientes Hospitalizados o ambulatorios. Puede ser Propio o contratado
- Independiente:
- Lo prestan los establecimientos farmacéuticos autorizados.
- Dependiente:
- GRADOS DE COMPLEJIDAD DEL S.F.
- S.F. DE BAJA COMPLEJIDAD:
- Realiza, Selección, adquisición, almacenamiento, distribución de medicamentos y dispositivos médicos.
- Dispensación de medicamentos.
- Información y educación a la comunidad sobre el uso adecuado de los medicamentos y dispositivos médicos.
- S.F. DE MEDIANA Y ALTA COMPLEJIDAD:
- Además de los procesos anteriores realiza:
- Atención Farmacéutica
- Preparaciones Magistrales
- Mezclas de nutrición parenteral
- Reenvase o reempaque de medicamentos
- Adecuación o ajustes para cumplir con dosis prescritas
- Participación en estudios sobre uso de antibióticos o cualquier tema relacionado de interés para el paciente.
- Además de los procesos anteriores realiza:
- S.F. DE BAJA COMPLEJIDAD:
- S. F. hospitalario y ambulatorio
- S. F. hospitalario
- Infraestructura física
- Condiciones locativas
- Áreas
- S.F. DE BAJA COMPLEJIDAD:
- Área administrativa
- Área de recepción
- Área de cuarentena
- Área adecuada para almacenamiento
- Área independiente y segura para almacenamiento
- Área para la dispensación
- Área desnaturalización
- Área productos rechazados, devueltos y retirados del mercado
- Área manejo de residuos
- S.F. DE MEDIANA Y ALTA COMPLEJIDAD:
- Área independiente
- Área de reempaque y reenvase
- Área para la segregación
- Área de varias actividades
- S.F. DE BAJA COMPLEJIDAD:
- Áreas
- S. F. ambulatorio
- Atención domiciliaria
- Dirección de la red de servicios farmacéuticos ambulatorios
- Comercialización de medicamentos y dispositivos médicos en instituciones de servicio de salud
- S. F. hospitalario
- Dotación del servicio farmacéutico
- Recurso humano del servicio farmacéutico hospitalario
- Comité de farmacia y terapéutica
- Establecimientos farmacéuticos
- Artículo 1 del decreto 3050 de 2005
- Artículo 12 del decreto 2200 de 2005
- Establecimientos farmacéuticos mayoristas
- Agencias de especialidades farmacéuticas
- Depósitos de drogas
- Establecimientos farmacéuticos minoristas
- Farmacia - droguería
- Productos
- Procedimientos
- Infraestructura física de la farmacia - droguería
- Áreas
- Unidad sanitaria
- Medios de registro y referencias bibliográficas
Decreto 2200 del 2005 modificado por el 2330 del 2006
- Establece procesos del servicio farmacéutico
- Generales
- Selección, adquisición, recepción y almacenamiento, distribución y dispensación de medicamentos y dispositivos médicos
- Específicos
- Atención farmacéutica, farmacovigilancia, preparaciones: magistrales, extemporáneas, estériles; nutriciones parenterales; mezcla de medicamentos oncológicos.
- Generales
- Establece procesos del servicio farmacéutico
DECRETO 2330 DE 2006
- MODIFICACION DEL DEC. 2200 DE 2005 Y OTRAS DISPOSICIONES
- En cuanto a Inyectología, los materiales deben ser especializados (equipo, instrumentos y personal), monitoreo de glicemia con equipo por punción.
- FARMACIA-DROGUERIA:
- Estará a cargo del QF, a menos que las preparaciones hechas no sean estériles. En dicho caso, el TRF podrá estar a cargo también
- Al realizar la aplicación del medicamento inyectable, se debe solicitar la prescripción médica siempre
- MODIFICACION DEL DEC. 2200 DE 2005 Y OTRAS DISPOSICIONES
LEY 1438 DEL 2011
- Libre escogimiento de la aseguradora que desee el usuario
- Permanencia en el régimen subsidiado
- Salud prevalente y diferencial para infancia y adolescencia
- Articulación de la red
- Conformación de redes de servicio en salud geográfico presente articulado, enfoque familia y hogar
- Promoción prevención y atención en salud, plan decenal, observatorio nacional en salud publica
- Aumento en los contenidos del POS, igualación en planes influyentes equitativo y de calidad
LEY 1751 DEL 2015
- Estatutaria en salud debe estar en cualquier consideración
- Garanatía y mecanismo de protección de derecho fundamentales a la salud
- Principios, derechos, de los beneficiarios
- Profesionales y trabajadores de la salud
- Estatutaria en salud debe estar en cualquier consideración
Informationen
- Beschreibung
- Mindmap am Normas legales vigentes que regulan la profesión del Regente de Farmacia, erstellt von kelly piedrahita am 03/09/2021.
- Erstellt von
- kelly piedrahita
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