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Justicia constitucional

Mapa mental: justicia constitucional
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Justicia constitucional
Concepto
- Héctor Fix-Zamudio
- Conjunto de procedimientos de carácter procesal, se encomienda a determinados Órganos del Estado, la imposición forzosa de los mandamientos jurídicos supremos
- Carácter procesal del conjunto de instituciones a través de las cuales se busca garantizar el cumplimiento de la Constitución por parte de poderes o entidades públicas
- En México está conformada por ocho instituciones
- Héctor Fix-Zamudio
Juicio de amparo
- Origen en la Constitución yucateca de 1841
- 1847- art. 25 facultad de tribunales federales para amparar a los habitantes en salvaguarda de sus derechos constitucionales
- 1857 se constitucionaliza a través de los numerales 101 y 102
- Contiene 5 instrumentos
- Amparo habeas corpus o de libertad
- Amparo contra leyes
- Amparo judicial o amparo-casación
- Amparo de lo contencioso administrativo
- Amparo social agrario
Controversia Constitucional
- Origen en la constitución norteamericana en el artículo III
- Recogida en las Constituciones mexicanas de 1824,1857 y 1917
- Reforma al art. 105 en 1994 establece la legitimación activa de los municipios y el D.F., así como los conflictos de atribución
- Conversión de la SCJN a una Suprema Corte de Justicia Constitucional y judicalización de la política
- Origen en la constitución norteamericana en el artículo III
Acción de inconstitucionalidad
- Origen en el constitucionalismo europeo con objeto de reconocer a las minorías parlamentarias su derecho de someter a la decisión de un órgano jurisdiccional lo que puede ser una norma incostitucional
- Da certeza al principio de oposición política garantizada y constituye una acción abstracta
- En México se introdujo con la reforma al art. 105 en 1994
- Reforma de 1996 se establece la competencia de la SCJN para resolver acciones inconstitucionales en materia electoral
Procedimiento investigatorio de la SCJN
- Instrumento de control que entraña un proceso conforme al art. 97, los resultados de la investigación se envía a autoridades competentes
- Es una institución propia del Constituyente de 1917
- Reforma de 1977
- Suprime facultad para practicar investigaciones derivadas de delitos federales, la investigación de la SCJN en materia electoral sólo se realizará cuando se tengan dudas de legalidad
- Instrumento de control que entraña un proceso conforme al art. 97, los resultados de la investigación se envía a autoridades competentes
Juicio político
- Antecedente en el impeachment de EE.UU.
- Recogido en las constituciones de 1857 (arts. 103-105) y de 1917 (arts. 109-111 y 114)
- Cámara de Diputados actúa como órgano de acusación y la de Senadores como órgano de sentencia
- Recogido en las constituciones de 1857 (arts. 103-105) y de 1917 (arts. 109-111 y 114)
- Antecedente en el impeachment de EE.UU.
Sistema no jurisdiccional de protección a los DD.HH.
- Papel tutelar en contra de actos u omisión de la autoridad en DD.HH.
- Inspirado en el obudsman
- Adoptado como órgano administrativo desconcentrado
- 1990 se crea la CNDH
- Reforma al art. 102 apartado B se da autonomía del organismo
- Papel tutelar en contra de actos u omisión de la autoridad en DD.HH.
Juicio para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos
- Resultado de la reforma de 1996
- Procedimiento mediante el cual el ciudadano no hubiera obtenido su credencial para votar y exclusión de la lista de electores
- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación conocerá este tipo de juicios
Juicio de revisión constitución electoral
- Corresponde a la Sala del Tribunal Electoral
- Procede en contra de actos o resoluciones de las autoridades electorales cuando siendo éstos definitivos y firmes violen algún precepto constitucional
- Art. 99
- Cuando la Sala sustente una tesis contradictoria con la SCJN, ésta última podrá denunciar la contradicción
- Corresponde a la Sala del Tribunal Electoral
Evolución constitucional de la rectoría del Estado
- Democracia integral
- Se encuentra en el artículo 3.II.a. en el cual se considera la democracia como un sistema de vida fundado en el mejoramiento económico, social y cultural
- Desarrollo nacional
- Art. 25 establece como imperativo a cargo del Edo., la dirección del desarrollo nacional basandose en la justicia social
- Objetivos: fortalecimiento de la soberanía, del sistema democrático y ejercicio pleno de libertad y dignidad
- Art. 28 el sector público tiene a su cargo las áreas estratégicas que le correspondan
- Art. 25 establece como imperativo a cargo del Edo., la dirección del desarrollo nacional basandose en la justicia social
- Planeación
- Art. 26 establece la atribución del Edo. para organizar el sistema de planeación democrática ara el desarrollo nacional
- Objetivos: lograr un crecimiento económico, sólido y equitativo para alcanzar la democratización de la población
- Para ello se deben aplicar criterios democráticos, haciendo participar a los sectores de la sociedad
- Objetivos: lograr un crecimiento económico, sólido y equitativo para alcanzar la democratización de la población
- Art. 26 establece la atribución del Edo. para organizar el sistema de planeación democrática ara el desarrollo nacional
- Protecciones económicas
- Art. 28 prohibe monopolios, estancos, exenciones de impuestos y prohibiciones a título de protección de la indutria
- El Edo. puede concesionar los servidores públicos y la explotación y uso de bienes del dominio de la Federación
- Art. 28 prohibe monopolios, estancos, exenciones de impuestos y prohibiciones a título de protección de la indutria
- Democracia integral
Informationen
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- Mindmap am Justicia constitucional, erstellt von Carolina Urbán am 12/10/2016.
- Erstellt von
- Carolina Urbán
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