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Evolución del derecho administrativo mexicano. Laura Elias.

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Evolución del derecho administrativo mexicano. Laura Elias.

  1. El estado centralista y el derecho administrativo.

    • 1836. Desaparece el distrito federal y los estados de la república, para dar paso a los departamentos.
  2. La segunda república federal y el derecho administrativo.

    • 1846. Resurgieron los estados y el DF. Surgio la ley de imprenta, ley para corregir la vagancia, la ley para el rreglo de lo contencioso administrativo. Excluyo a la autoridad judicial del conocimiento de las cuestiones administrativas.
      • La ley para el arreglo de lo contencioso administrativo; dispone en su articulo 4. el consejo de estado, es una sección compuesta de 5 abogados nombrados por el presidente de la República, para conocer de lo contencioso administrativo.
  3. Constitución de 1857.

    • Entre las aportaciones figuran la distinción entre sanciones penales y administrativas. Estableció las bases para la distribución de competencias.
      • Las facultades que no están expresamente concedidas por la constitución a los funcionarios federales , se entienden reservadas los estados.
  4. Derecho administrativo durante el gobierno Juarista.

    • Se emitieron diversos ordenamientos jurídicos: Ley de nacionalización de bienes eclesiásticos, Ley orgánica del registro civil, cesa toda intervención del clero en los cementerios y camposantos, establece el calendario oficial, secularizo los hospitales y establecimientos de beneficiencia.
  5. Derecho administrativo en el porfiriato.

    • Se renuncio a la potestad soberana de México sobre su territorio mediante la expedición del Código de minería.
  6. Evolución del Derecho administrativo en el siglo XX. Revolución de 1910, empiezan a instrumentarse en la constitución de 1917.

    • Constitución de 1917.
      • Los departamentos administrativos se convierten en secretarias de estado. Reivindico para la nación el dominio eminente sobre su territorio.
      • Sentó las bases del derecho administrativo en los artículos: 16, 21, 27, 28, 89, 90, 92, 115, 124, 126, 127 y 134, de la constitución.
        • Art 3. Adopto la educación laica , prohibió a las corporaciones religiosas dirigir escuelas de primaria y la impartición gratuita de la primaria.
        • Art 16. Precisar los propósitos de las visitas domiciliarias.
        • Art. 21. Establece que el castigo de las infracciones de los reglamentos gubernativos y de policía, son competencia de la autoridad administrativa. Modifico los limites para las sanciones.
        • Art 27. Regula la expropiación , el patrimonio nacional, dominio publico, servicio publico, la concesión administrativa, el reparto agrario y l tenencia de la tierra.
        • Art 28. Reserva al estado los correos, telégrafos, radiotelegrafía, la acuñación de moneda y emisión de billetes por medio del banco central.
        • Art 89. Confiere al presidente de la República l facultad reglamentaria. Facultad para nombrar y remover libremente a los secretarios de estado.
        • Art 90 y 92. Estructura organizacional del poder ejecutivo federal, mediante un esquema de administración pública federal centralizada con dos tipos de órganos: secretarias de estado y departamentos administrativos.
        • Art. 115. Erigió al municipal libre con personalidad jurídica propia. Deposito la administración municipal en un ayuntamiento.
        • Art. 124. Estableció las bases para la distribución de competencias.
        • Art. 126. No podrá hacerse pago alguno que no este comprendido en el presupuesto o determinado en ley posterior.
        • Art. 127. Principios que deben regir la remuneración.
        • Art. 134. Para la ejecución de obras públicas, debería adjudicarse mediante el procedimiento en el delineado.
      • La administración publica se distribuyo en 5 ámbitos: el federal, el DF, territorios federales, el estatal y el municipal.
    • La legislación ordinaria.
      • Se publico: Ley orgánica de la secretaria de estado, ley de secretarias y departamentos de estado, ley orgánica de la administración pública federal (en ella se dispuso la bifurcación de la administración pública centralizada y paraestatal.
    • Inicio de la ciencia del Derecho administrativo.
      • Teodosio Lares: los principios del orden racional apoyados en la naturaleza del hombre y de la sociedad. Las instituciones administrativas son la realización o las consecuencias de los principios.
      • Jose Maria del Castillo Velasco: impulsor del Derecho administrativo mexicano, definio: llamase derecho administrativo al conjunto de leyes y disposiciones que en cada nación forma su administración particular.
  7. Ciencia del Derecho administrativo en México, siglo XX.

    • En el segundo tercio del siglo XX, surge un auge del Derecho administrativo. Publicaciones de: Gabino Fraga, Andrés Serra Rojas,Antonio Carrillo Flores, Efraín Urzúa Macías, Jorge Olivera Toro.
    • A consecuencia de su evolución, el derecho administrativo , se ocupa del estudio e investigación de los valores, principios y normas que regulan la estructura, organización y funcionamiento de la administración publica y de sus relaciones con los particulares.

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Mindmap am Evolución del derecho administrativo mexicano. Laura Elias., erstellt von Laura Elias am 24/01/2017.
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Laura Elias
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