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Modalidades de compraventa
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Modalidades de compraventa
Compraventa con pacto de no vender a persona determinada
- La norma jurídica permite que en el contrato se estipule que el comprador se obligue a no vender a persona determinada el bien adquirido
- Artículo 2192
- "Puede pactarse que la cosa comprada no se venda a determinada persona, pero es nula la cláusula en que se estipule que no puede vernderse a persona alguna"
- Artículo 2192
- La norma jurídica permite que en el contrato se estipule que el comprador se obligue a no vender a persona determinada el bien adquirido
Compraventa con derecho de preferencia
- El vendedor tiene interés de volverlo a adquirir en el futuro, por tanto, conviene con el comprador que si este desea en lo sucesivo vender dicho bien, otorgará al vendedor goce del derecho de preferencia en la nueva compra del mismo
- Artículo2195
- "Puede estipularse que el vendedor goce del derecho de preferencia, para el caso de que el comprador quisiera vender la cosa que fue objeto del cotrato de compraventa"
- Artículo2195
- El vendedor tiene interés de volverlo a adquirir en el futuro, por tanto, conviene con el comprador que si este desea en lo sucesivo vender dicho bien, otorgará al vendedor goce del derecho de preferencia en la nueva compra del mismo
La compraventa de cosa futura y la compra de esperanza
- Las cosas compradas no existen en el momento de celebrarse el contrato
- Artículos 2201 y 2689
- Se clasifican como modalidades como contratos aleatorios
- Artículos 2201 y 2689
- Las cosas compradas no existen en el momento de celebrarse el contrato
Compraventa en abonos
- El compador pague al vendedor el precio pactado con posterioridad del contrato y en exhibiciones periódicas
- Artículo 2202
- La venta que se haga facultando al comprador para que pague el precio en abonos, trasfiere de inmediato al comprador la propiedad del bien vendido
- Artículo 2202
- El compador pague al vendedor el precio pactado con posterioridad del contrato y en exhibiciones periódicas
Compraventa como reserva del dominio
- Que el vendedor, mientras el comprador no le hace pago total del precio, continúa siendo propietario del bien.
- Artículo 2210
- "Puede pactarse validamente que el vendedor se reserve la propiedad de la cosa vendida hasta que su precio haya sido pagado"
- Artículo 2210
- Que el vendedor, mientras el comprador no le hace pago total del precio, continúa siendo propietario del bien.
La compraventa a vistas, sobre muestras y por acervo
- El interesado efectúa primeramente la prueba de los objetos y una vez que han sido gustados, decide si los compra
- Artículo 2140
- "Las compras o cosas que se acostumbran a gustar, contar, medir o pesar, no producirán sus efectos sino despúes de que se hayan gustado, contado, medido o pesado los objetos vendidos"
- Artículo 2140
- El interesado efectúa primeramente la prueba de los objetos y una vez que han sido gustados, decide si los compra
Compraventa con pacto de retroventa
- Contrato por el cual el vendedor se reserva el derecho de recobrar la cosa, restituyendo al comprador el precio y los gastos wn un plazo convenido
- Artículo 2200
- Venta hecha con la condición de que dentro de un plazo determinado se pueda rescindir el contrato, devolviéndose respectivamente el precio y la cosa
- Artículo 2200
- Contrato por el cual el vendedor se reserva el derecho de recobrar la cosa, restituyendo al comprador el precio y los gastos wn un plazo convenido
Venta judícial
- No existe el consentimiento porque el ejecutado nunca estará conforme con el remate
- Artículo 2214
- Enajenaciones forzosas que se realizan por la autoridad judícial y en un procedimiento de remate o subastas públicas
- Artículo 2214
- No existe el consentimiento porque el ejecutado nunca estará conforme con el remate
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- Mindmap am Modalidades de compraventa, erstellt von Karimme Olivas Ortiz am 08/03/2017.
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- Karimme Olivas Ortiz
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