Zusammenfassung der Ressource
TEMA IV: TÉRMINO
CONSTITUCIONAL DE 72 HORAS
- 4.5.2.2. Auto de sujeción al
proceso
- AUTO DE SUJECIÓN AL
PROCESO
- Procede este auto en el caso de
que la comisión de un delito no
sea sancionada con pena
privativa de libertad o
solamente con sanción
alternativa, produce los mismos
efectos del auto de formal
prisión, salvo la restricción de la
libertad
- Efectos Jurídicos de las Diversas Formas de
Resolución del Auto de Término Constitucional
- a) En el auto de
libertad absoluta.
- b) En el auto de
libertad por falta
de mérito
- LOS DERECHOS DEL
INCULPADO
- El artículo 20 Constitucional en su fracción IX
consagra el derecho subjetivo público a defensa
que puede ser ejercitado, por el inculpado, por
persona de su confianza, sea o no abogado, y por
el defensor de oficio
- El defensor deberá estar
presente en todas las audiencias
del juicio.
- El incumplimiento de los deberes por parte
de los defensores acarrea en segunda
instancia la aplicación de sanciones que
pueden ser correcciones disciplinarias o bien
su consignación al Ministerio Público
- Las Pruebas
- "las partes son los sujetos que reclaman una
decisión jurisdiccional respecto a la
pretensión que en el proceso se debate; en
tanto que el juez, es el órgano encargado de
pronunciarse a favor de quien tenga razón
acerca de la demanda de protección jurídica
que aquéllos le hayan dirigido".
- la instrucción son partes el Ministerio
Público y el procesado, ya que el
ofendido por disposición expresa del art.
141 del C.F.P.P., solamente se le
considera como coadyuvante para los
efectos de la reparación del daño.
- prueba es el conjunto de
actividades destinadas a obtener
el cercioramiento judicial acerca
de los elementos indispensables
para la decisión del litigio
sometido a proceso
- al resultado así conseguido y a
los medios utilizados para
lograrlo
- tipos de prueba
- Pruebas artificiales
- son las creaciones del
artificio o por la lógica
- Prueba de cargo
- es la que tiende a
comprobar la
responsabilidad de una
persona.
- Prueba de descargo
- la que dirige a
exonerar al reo.
- Prueba directa
- en la que el hecho a comprobar puede
ser directamente advertido por los
sentidos de quien ha de comprobarlo
por ejemplo, la inspección.
- Prueba indirecta
- es en la que no existe tan
inmediata relación entre la
prueba y el hecho a probar, sino
que este es esclarecido con el
auxilio de una cadena de
indiferencia.
- Prueba personal
- que recae sobre seres
humanos
- Prueba real
- que se refiere
a cosas u
objetos
- Pruebas preconstruida
- que se preparan antes de
proceso a fin de acreditar
oportunamente los hechos
- Pruebas constituyentes
- que se producen una vez surgido
el proceso
- MEDIOS DE
PRUEBA
- Confesión:
- Inspección:
- Reconstrucción
de hechos
- Peritaje
- Retractación de
la confesión
- Testimonio
- tipos de
careo
- a)
Constitucional
- Se encuentra regulado por la fracción cuarta
del artículo 20 del Pacto Federal y permite al
procesado enfrentarse plenamente a las
declaraciones formuladas en su contra.
- b) Legal
- Puede practicarse siempre
que existan contradicciones
entre lo declarado por las
personas durante la
instrucción;
- c)
Supletorio.
- Se celebra cuando alguna persona que
intervino en el juicio muere o bien no se
puede obtener su comparecencia ajuicio por
ningún medio legal
- Elementos de los autos
de formal
procesamiento
- requisitos
- Se dictará dentro del
plazo de setenta y dos
horas
- Que se le haya
tomado la
declaración
preparatoria al
inculpado en los
términos de ley
- Que de lo actuado
aparezcan datos suficientes
que acrediten el cuerpo del
delito por el cual deba
seguirse el proceso
- Que el delito sea sancionado con
pena privativade libertad;