Zusammenfassung der Ressource
UNIDAD I
- PROCEDIMIENTOS DE POLICÍA JUDICIAL
- Los delitos contra la Propiedad
- El Robo
- Art.189 Mediante el uso
de violencia,llega a
sustraer, fraudulenta
una cosa o un bien
- El Hurto
- Art.196 Sin ejercer
violencia ni amenaza,
llega a sustraer,
fraudulenta o
indebidamente uno
cosa ajena, con el
ánimo de apropiarse
- Estafas
- Art.186, La persona que
mediante la simulación
de hechos falsos, induzca
a error a otra, con el fin
de que realice un acto
que perjudique su
patrimonio o el de una
tercera.
- Abuso de confianza
- Art.187 La
persona que
disponga, para sí o
una tercera, algùn
bien abusando de
la confianza
- Abigeato
- Art.199, Es el robo
o hurto de ganado
caballar, vacuno,
porcino, lanar
- Otros delitos
- Extorsión
- Art.185, La
persona que, con
violencia o
intimidación,
obtenga un bien o
beneficio
- Aprovechamiento
ilícito de servicios
públicos
- Art. 188 La
persona que
altere los sistemas
de control o
aparatos
contadores para
11 aprovecharse
de los servicios
públicos
- Violación de
propiedad
privada
- Art. 181. La persona
que, con engaños o de
manera clandestina,
ingrese a un inmueble
en contra de su
voluntad y sin un
documento legal
- Delitos
relacionados
a Vehículos
- Tipos
- Secuestro con
robo
- Cuando comete el delito de
secuestro exprés cuando se
priva de la libertad a otro
"por el tiempo estrictamente
indispensable" para cometer
otros delitos, como
extorsión, robo o para
obtener beneficio económico
- Asalto con robo
de automotores
- Es el apoderamiento, de
manera violenta de un
automotor
- Robo de
accesorios
- Robo o hurto de
accesorios de vehiculos
para luego ser
comercializados o para
uso personal
- Alteración de los sistemas de
identificación vehicular número de
motor, Chasis, VIN y plaqueta serial
- Comercialización
ilegal de vehículos,
partes y piezas
- Delito de Lesiones
- Lesiones
- El delito de lesiones es importante que se lo
trate de forma profesional y se considere que
hay una diferencia notable entre la violencia
intrafamiliar que sucede entre familiares y las
lesiones que conlleva que mediante un
reconocimiento médico legal
- Los delitos Sexuales
- Violaciòn
- Art.171Es violación el acceso carnal,
con introducción total o parcial del
miembro viril, por vía oral, anal o
vaginal; o la introducción, por vía
vaginal o anal, de objetos, dedos u
órganos distintos al miembro viril, a
una persona de cualquier sexo.