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Renta personas naturales
Inhalt der Mindmap
Renta personas naturales
- j
5 cédulas de renta
- 1. Rentas de trabajo
- Art. 103 ET
- Incluye: salarios, comisiones, prestaciones sociales, viáticos, gastos de representación, honorarios, emolumentos eclesiásticos, compensaciones recibidas por el trabajo asociado cooperativo.
- Nueva versión del Art.366 del ET
- El tope máximo es el 40% de la renta líquida cedular.
- Su tarifa es progresiva según 4 rangos de renta líquida
- El tope máximo es el 40% de la renta líquida cedular.
- Nueva versión del Art.366 del ET
- Incluye: salarios, comisiones, prestaciones sociales, viáticos, gastos de representación, honorarios, emolumentos eclesiásticos, compensaciones recibidas por el trabajo asociado cooperativo.
- Art. 103 ET
- 2. Rentas de pensiones
- Art. 206 ET
- Incluye: pensiones de jubilación, de invalidez, de sobrevivientes, sobre riesgos profesionales, indemnizaciones y devoluciones de saldos pensionales.
- La nueva ley no propone reformas para este caso.
- Es excenta la parte de pago mensual que no exceda 1000 UVT
- Su tarifa es progresiva según 4 rangos de renta líquida
- Es excenta la parte de pago mensual que no exceda 1000 UVT
- La nueva ley no propone reformas para este caso.
- Incluye: pensiones de jubilación, de invalidez, de sobrevivientes, sobre riesgos profesionales, indemnizaciones y devoluciones de saldos pensionales.
- Art. 206 ET
- 4. Rentas no laborales
- Nueva versión del Art. 341 del ET, (ver art. 1 de la ley 1819 de 2016
- Incluye: todos los demás ingresos que no se clasifiquen de manera expresa en las démas cédulas.
- Entre ellos honorarios de personas naturales, que presten servicios y contraten o vinculen por al menos 90 días continuos o discontinuos 2 o más trabajadores o contratistas asociados a la actividad.
- Como base de retención se tiene en cuenta el 100% de la renta líquida cedular, sin exceder los 1000 UVT
- Entre ellos honorarios de personas naturales, que presten servicios y contraten o vinculen por al menos 90 días continuos o discontinuos 2 o más trabajadores o contratistas asociados a la actividad.
- Incluye: todos los demás ingresos que no se clasifiquen de manera expresa en las démas cédulas.
- Nueva versión del Art. 341 del ET, (ver art. 1 de la ley 1819 de 2016
- 3. Rentas de capital
- Nueva versión del Art. 339 ET
- Incluye: intereses, rendimientos financieros, arrendamientos, regalías, explotación de la propiedad intelectual.
- Tope máximo:
- 10% de la renta líquida cedular, ingresos totales de renta, menos los ingresos no constitutivos de renta, imputables y los costos y gastos.
- No se puede exceder los 1000 UVT
- 10% de la renta líquida cedular, ingresos totales de renta, menos los ingresos no constitutivos de renta, imputables y los costos y gastos.
- Tope máximo:
- Incluye: intereses, rendimientos financieros, arrendamientos, regalías, explotación de la propiedad intelectual.
- Nueva versión del Art. 339 ET
- 5. Renta de dividendos y participaciones:
- Nueva versión del Art. 242 del ET.
- y articipaciones.pIncluye: dividendos
- Dividendos y participaciones gravadas del 35%
- Son considerados ingresos no constitutivo de renta ni ganancia ocasional.
- Fuente: https://actualicese.com/actualidad/2017/01/04/5-cedulas-para-el-impuesto-de-renta-de-personas-naturales-en-2017-segun-reforma-tributaria/
- Son considerados ingresos no constitutivo de renta ni ganancia ocasional.
- Dividendos y participaciones gravadas del 35%
- y articipaciones.pIncluye: dividendos
- Nueva versión del Art. 242 del ET.
- 1. Rentas de trabajo
Tributaría II, NCR: 3395 Yuri Liliana Rodríguez Zarate, Id: 510965 George Hamilton Martínez Moreno, Id: 324607 Javier Pinto Hernández, Id: 487365 Tutor: Negia Cure Osorio Corporación Universitaria Minuto de Dios Contaduría Pública Bogotá 2017
- JAVIER
Informationen
- Beschreibung
- Tributaria II Mindmap am Renta personas naturales, erstellt von Javier Pinto Hernandez am 17/03/2018.
- Erstellt von
- Javier Pinto Hernandez
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