Desarrollar las
garantías y defensas
del orden
constitucional.
supermacía de la
constitución.
Derecho de
defensa.
Aplicación supletoria
de otras leyes.
Principios Porcesales.
Impulso de oficio.
PROCEDENCIA
OBJETO DEL AMPARO:
Protege a las personas
contra las amenazas de
violaciones a sus derechos,
NO HAY AMBITO QUE NO
SEA SUCEPTIBLE DE
AMPARO.
SUJETOS PASIVOS DEL AMPARO: Poder
público, entidades por mandato legal,
partidos políticos, asociaciones,
sociedades y otras semejantes.
PROCEDENCIA: Se extiende a
toda situación que sea
suceptible de un riesgo,
amenaza o violación que la
constitución y leyes de la
República reconocen.
COMPETENCIA
Cometencia de la Corte de
constitucionalidad; Tribunal
extraordinario de amparo, en los
amparos interpuestos en contra de:
Congreso de la República, CSJ,
Presidente y Vice Presidente.
Competencia del a CSJ
conoce sobre: TSE, Ministros.
Competencia de Jueces
de primera instancia.
Facultad de la Corte de
Constiticionalidad en
materia de competencia.
Competencia de corte
de apelaciones.
Impedimentos, excuasas
y recusaciones.
Tramitación total del amparo.
INTERPRETACION
CONCLUSIÓN DE RECURSOS ORDINARIOS:
Deben previamente agotarse los recusros
ordinarios judiciales y administrativos.
PLAZO PARA LA PETICIÓN
-Treinta días -Durante el
proceso electoral es de cinco
días.
OMISIÓN DE REQUISITOS EN LA
DETENCIÓN: El tribunal que conozca
resolverla danddole trámite y
ordenando cumplir con los requisitos
faltantes dentro del termino de tres
días.
REQUISITOS DE LA PETICIÓN: Por
escrito y llenando requisitos.
PETICIÓN DE AMPARO
PROVISIONAL: Podrá
edificarse la suspensión
provisional.
GESTOR JUDICILAL:
-Abogados colegiados
-Parientes dentro de los
grados de ley
SOLICITUD VERBAL: -Soliditud verbal
-Se levanta acta acercade los agravios
-Se remite copia al procurador de los
Derechos Humanos - La corte de
Constitucionalidad resolverá de
inmediato lo pertinente.
Legitimación activa del ministerio público
y del procurador de los Derechos
Humanos.
AMPARO PROVISIONAL
La suspensión provisional
procede tanto de oficio como a
instancia de parte.
Amparo provisional en cualquier
estado del procedimiento, antes
de dictar sentencia.
Revocación del amparo provisional en
cualquier estado del proceso antes de
dictar sentencia.
Acta del estado que
guarda los hechos y actos
suspendidos.
En causamiento por desobediencia. Si la
persona a quien se le haya notificado la
suspensión desobedece, se ordenará
inmediatamente su encausamiento.
Certificando los conducente.
PROCEDIMENTO
Trámite inmediato de Amparo
Interés de terceros en el amparo: Si alguna perosna
tuviere interés directo, están obligados a hacercelo
saber al tribunal y se le tendrá como parte en el
proceso.
Pesqusa de oficio: Si
hubieren hechos
controvertidos el tribunal los
los pesquisará de oficio.
Primera Audiencia a los
interesados y prueba
Segunda Audiencia: Concluido el término
probatorio el juez dará audienciaa las
partespor el termino de cuarentaiocho
horas.
Auto para mejor fallar: Plazo no
mayor de cinco días, vencido este
plazo el tribunal dictará su
resolucion.
Plazo para que dicte la sentencia la corte de
constitucionalidad, podria ampliarse cinco
dias mas según el caso
Enmienda de lprocedimiento:
tribunales no tienen facultad de
enmendar el procedimeinto en
primera instancia exeptuando
prohibición .
SENTENCIA
Análisis del caso y
sentencia: Otorgando o
denegando amparo
Doctrina legal: Debe respetarse
por los tribunales al haber tres
fallos de la misma corte.
Costas y sanciones: El
tribunal lo decide.
Condena de costas: Obligatoria
cuando se declare procedente el
amparo
Obligación de imponer multas y
sanciones: los tribunales de amparo
tienen obligación de imponer multas
y sanciones.
Multas: Cuando el tribunal estime que el
amparo es frívolo o notoriamente
improcedente
Importancia de las sanciones y
multas: No son aplicables al
Ministerio Público ni al
Procurador de los Derechos
Humanos.
EFECTOS Y EJECUCIÓN DEL AMPARO
Acto consumado de modo irreparable:
El tribunal mandara deducir
responsabilidades civiles y penales.
desobediencia de la autoridad
contra quien se pidió el amparo.
Conminatoria al obligado: El
tribunal conminará al
obligado para que de exacto
cumplimiento a lo resuelto.
Apercibimiento al obligado:
termino de veinticuatro
horas
Incumplimiento de la
resolución: si el obligado no
cumple con lo resuelto se
certificará lo conducente.
Medidas para el cumplimiento de la sentencia:
El tribunal deberá tomar todas las medidas que
conduzcan al compartimiento de la sentencia.
Liquidación de costos: trámite
incidental.
Liquidación de multas: toda multa deberá
pagarse dentro de los cinco días siguientes.
Daños y perjuicios: Procedimiento
por la vía incidental.
RECURSOS DE APELACIÓN
Tribunal de apelación: Corte
de Constitucionalidad.
Resoluciones contra las que
puedtenciase interponerse
apelación: - Las sentencias
-Los autos que denieguen,
condenan o revoquen el
amparo.
Apelación sin
carácter suspensivo.
legitimación para apelar: -Las
partes - El Ministerio Público -El
Procurador de los Derechos
Humanos.
Interposición del recurso
apelación: por escrito.
Diligencias para mejor fallar:
-Término no mayor de tres días.
Vista y reducción se señalara día y
hora dentro de tres días y se
resolverá dentro de cinco días.
Contendido de Resolución: La
Corte de Constitucionalidad
deberá confirmar, modificar o
revocar lo resuelto.
Anulación de actuaciones:
cuando establezca que no se
observaron las disposiciones
legales.
ACLARACIÓN Y AMPLIACIÓN
Interposición: Cuando los conceptos de
un auto sean obscuros, ambiguos o
contradictorios.
Trámite y Resolución: deberán
pedirse dentro de las veinticuatro
horas.
OCURSOS
Legítima para ocurrir en queja: se podrá
ocurrir en queja ante la corte de
Constitucionalidad.
Sanción en caso de improcedencia:
Multa de cincuenta a quinientos
quetzales.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.