LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN

Beschreibung

Es una tarea de universidad y al parecer para guardar tengo que publicarlo .__.XD espero sacar 10 y en el proceso que nadie de mi salon descubra este mapa y me lo copie (amen)
isaac rodriguez
Mindmap von isaac rodriguez, aktualisiert more than 1 year ago
isaac rodriguez
Erstellt von isaac rodriguez vor etwa 4 Jahre
29
0

Zusammenfassung der Ressource

LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN
  1. CAPITULO UNICO Disposiciones Generales
    1. Articulo 2
              1. CAPITULO UNICO Disposiciones Generales
                1. Articulo 2
                  1. En materia de metrologia: Establecer el sistema general de unidades de medidas
                    1. En materia de normalizacion, acreditacion, certificacion y veracidad: Fomentar la trasparencia y eficiencia en la elaboracion y observacion de normas.
                    2. Articulo 3
                      1. Para los efectos de esta ley, se entendera por:
                        1. Acreditacion, Calibracion, Certificacion, Instrumentos para medir, Patron nacional, Personas acreditadas, etc...
                    3. Capitulo 1 Del Sistema General de Unidades de Medida
                      1. Articulo 5
                        1. En los estados unidos mexicanos el sistema general de unidades de medida es el unico legal y de uso obligatorio
                      2. CAPITULO II De los Instrumentos para Medir
                        1. Articulo 10
                          1. Los instrumentos para medir y los patrones que se fabriquen en el territorio nacinal requieren, previa su comercializacion.
                        2. CAPITULO III De la Medición Obligatoria de las Transacciones
                          1. Articulo 15
                            1. Medir utilizando los instrumentos adecuados.
                            2. Articulo 20
                              1. Queda prohibido utilizar instrumentos para medir que no cumplan con las especificaciones fijadas en las normas oficiales mexicanas.
                            3. CAPITULO IV Del Sistema Nacional de Calibración
                              1. Articulo 24
                                1. Se instituye el Sistema Nacional de Calibración con el objeto de procurar la uniformidad y confiabilidad
                              2. CAPITULO V Del Centro Nacional de Metrología
                                1. Articulo 33 y 34
                                  1. El consejo directivo tendra atribuciones como, expandir su estatus organico; estudiar y aprobar
                                2. SECCIÓN I De las Normas Oficiales Mexicanas
                                  1. Articulo 40
                                    1. Las normas oficiales mexicnas tendran como finalidad establecer las caracteristicas.
                                    2. Articulo 41
                                      1. Las normas oficiales mexicanas deberan contener:
                                        1. Denominacion, Especificacion, Identificacion.
                                      2. ARTÍCULO 46
                                        1. La elaboración y modificación de normas oficiales mexicanas
                                      3. SECCIÓN II De las Normas Mexicanas
                                        1. Articulo 21
                                          1. Las normas mexicanas son de aplicación voluntaria, salvo en los casos en que los particulares manifiesten que sus productos, procesos o servicios son conformes con las mismas y sin perjuicio de que las dependencias requieran en una norma oficial mexicana su observancia para fines determinados.
                                        2. CAPITULO III De la Observancia de las Normas
                                          1. Articulo 55
                                            1. -En las controversias de carácter civil, mercantil o administrativo las autoridades judiciales deberan tomar como referencia las normas.
                                          2. CAPITULO IV De la Comisión Nacional de Normalización
                                            1. Articulo 61 y 61A
                                              1. Las sesiones de la comicion nacional y el programa nacional
                                            2. CAPITULO V De los Comités Consultivos Nacionales de Normalización
                                              1. Articulo 62 y 63
                                                1. Los comités consultivos nacionales de normalización son órganos para la elaboración de normas oficiales mexicanas y la promoción de su cumplimiento
                                                  1. Las dependencias competentes, de acuerdo con los lineamientos que dicte la Comisión Nacional de Normalización.
                                                2. CAPÍTULO I De la Acreditación y Aprobación
                                                  1. articulo 70 y 70A
                                                    1. Identifica normas mexicanas para las que se requiere de la evaluacion de la conformidad por personas aprobadas y, en su caso, darlo a conocer en el diario oficial de Federacion
                                                      1. Para operar como entidad de acreditación se requiere la autorización de la Secretaría
                                                    2. CAPITULO III De las Contraseñas y Marcas Oficiales
                                                      1. Articulo 76
                                                        1. Las dependencias competentes, en coordinación con la Secretaría, podrán establecer las características de las contraseñas oficiales que denoten la evaluación de la conformidad respecto de las normas oficiales mexicanas
                                                      2. CAPITULO IV De los Organismos de Certificación
                                                        1. Articulo 80
                                                          1. Las actividades de certificacion, deberan ajustarce a las reglas, procedimientos y metodos que se establezcan en las normas oficiales mexicanas, y en su defecto a las normas internacionales
                                                        2. CAPITULO V De los Laboratorios de Pruebas
                                                          1. Articulo 81
                                                            1. Debe contar con una red de laboratorios acreditados que cuenten con equipo suficiente, personal técnico calificado.
                                                          2. Articulo 122
                                                            1. Las entidades de acreditacion y las personas acreditadas y aprobadas deberan resolver las reclamaciones.
                                                            2. Articulo 112A
                                                              1. Se sancionará con multa las conductas u omisiones . De veinte a tres mil veces el salario mínimo . De quinientas a ocho mil veces el salario mínimo . De tres mil a catorce mil veces el salario mínimo De cinco mil a veinte mil veces el salario mínimo
                                                              2. Articulo 115
                                                                1. para la determinacion de las sanciones debera tenerse en cuenta: El caracter internacional o no de la accion u omision constitutiva de la informacion.
                                                                2. TRANSITORIOS
                                                                  1. Primero
                                                                    1. La presente ley entrara en vigor a los 15 dias naturales siguientes a su publicacion en el diario oficial de la federacion.
                                                                    2. Segundo
                                                                      1. Se abroga la ley sobre metrologia y normalizacion, publicada en el diario oficial de la federacion.
                                                                      2. Tercero
                                                                        1. No podra exeder de 15 meses a partir de la entrada en vigor de esta ley
                                                                      Zusammenfassung anzeigen Zusammenfassung ausblenden

                                                                      ähnlicher Inhalt

                                                                      Tipps zum Erstellen von Mindmaps
                                                                      max.grassl
                                                                      Publizistik Step 4 Prüfungsvorbereitung
                                                                      Mona Les
                                                                      Klingel und Gleichstrommotor
                                                                      Peter Kasebacher
                                                                      Gute Gewohnheiten erfolgreicher Schüler
                                                                      Laura Overhoff
                                                                      Kapitel 1: Was macht Psychologie einzigartig?
                                                                      bence-bartos
                                                                      PuKW STEP6 - Hummel (Sofort überprüfbar)
                                                                      Tim Schröder
                                                                      GESKO A JOUR WS18/19
                                                                      anna Meyer
                                                                      Vetie AVO 2016
                                                                      Johanna Müller
                                                                      Vetie Para 2015 Nachholprüfung
                                                                      Larissa Görz
                                                                      Vetie Innere Medizin 2020
                                                                      Ferdinand Kähn