Zusammenfassung der Ressource
DECRETO 4790 DE DICIEMBRE 19 DE 2008 MINISTERIO DE EDUCACIÓN
- Por medio del cual se establecen las condiciones básicas de calidad del
programa de formación complementaria de las escuelas normales
superiores y se dictan otras disposiciones
- Decreta:
- Artículo 1.
- Objeto: establece las condiciones básicas para la
organización y el funcionamiento del PFC
- Artículo 2.
- Tiene como referencia los Principios pedagógicos en el diseño y
desarrollo de su propuesta curricular y plan de estudios.
- Educabilidad
- Enseñabilidad
- pedagogía
- Contextos
- Artículo 10.
- Programas a
distancia
- La ENS deberá cumplir
- Estructura currícular flexible,diversos
métodos y formatos, planeación y
ejecución, estrategias de inducción,
mediaciones pedagógicas, estrategias
de seguimiento, practicas docentes,
recursos y estrategias didácticas.
- Artículo 3.
- Condiciones básicas de calidad
- PFC Pertinente para el
desempeño docente y básica
primaria
- Espacios de proyección social
con el entorno
- Personal docente y directivos que
garantice el cumplimiento de los
objetivos de PFC
- Propuesta curricular y plan de
estudio acorde al PEI
- Medios educativos que faciliten el
aprendizaje
- Infraestructura y dotación para la
formación integral acorde con la
estrategia pedagogíca y el contexto
- Plan de seguimiento a
egresados
- Prácticas docentes en el
proceso de FC
- Autoevaluación en coherencia con el
plan de mejoramiento
- innovaciones en el campo educativo que
fomente el pensamiento critico
- Contenidos del plan de estudios y practicas
pedagógicas relacionadas con los temas de
enseñanza obligatoria en la educación
preescolar y básica
- Estructura administrativa que
garantice un manejo adecuado de
los recursos financieros para el PFC
- Atención educativa a poblaciones de
que trata el titulo lll de la ley 115 de
PFC
- Artículo 5.
- Verificación de las condiciones
de calidad
- Corresponde al MEN verificar el
cumplimiento de las condiciones
básicas de calidad de PFC
- Artículo 4.
- Solicitud de verificación: el rector, concepto
favorable del secretario de educación del territorio
deberán presentar al MEN
- Los formatos de solicitud
dilingenciados
- El informe ejecutivo del proyecto educativo
institucional que incorpore el currículo y plan de
estudios
- La licencia de
funcionamiento
- La autoevaluación y plan de
mejoramiento
- Artículo 6.
- Cumplimiento de las condiciones básicas de calidad
- La ENS no cumple con las condiciones básicas de calidad,
podrá recibir del MEN la autorizara a la ejecución de un
plan de mejoramiento para llevarse a cabo en un año, si
no mejora no se podrá recibir estudiantes al PFC
- Artículo 7.
- Créditos académicos
- 48 horas de trabajo académico, comprende las
horas de acompañamiento presencial del docente
y aquellas que el estudiante debe emplear de
manera independiente, practicas u otras para
alcanzar la metas propuestas
- Artículo 8.
- Oferta del servicio
- podrán se aceptados al PFC egresados
de una ENS con una duración de 4
semestres / los egresados de otrs
instituciones 5 semestres, 1 semestre
de nivelación
- Artículo 9.
- Titulo
- Normalista superior que lo
habilita para el ejercicio de la
docencia de preescolar y básica
- Artículo 11.
- Transición
- Las ENS cuya
autorización de
funcionamiento expira
el 30 de julio de 2009,
tendrán hasta el 15 de
diciembre de 2009 para
obtener la autorización
que trata este decreto.
- Artículo 12.
- Vigencia
- Este decreto rige a
partir de su
publicación