Zusammenfassung der Ressource
El parentesco
- Introducciòn
- Genera derechos y
obligaciones.
- Entre miembros de la
familia y en parientes
consaguìneos y politicos.
- Concepto
- Es una relaciòn jurìdica que nace
del matrimonio o del concubinato,
de la filiaciòn y la adopciòn.
- Puede ser
biològico o legal
- Biològico
- Vinculo de sangre generado
por la uniòn de los sexos.
- Legal
- Adopciòn.
- Fuentes
- Fuente por afinidad
- Matrimonio y concubinato
- Fuente por consanguinidad
- Filiaciòn
- Fuente del parentesco civil
- Adopciòn
- Clases
- El Còdigo Civìl de
Chiapas reconoce tres
clases:
- Parentesco consaguìneo
(Artìculo 289))
- Aparece entre personas que
descienden de un mismo progenitor.
- Parentesco por afinidad
(Artìculo 290)
- Se contrae por el matrimonio
y sus parientes consaguìneos.
- Parentesco Civil
(Artìculo 291)
- Es el que surge de la adopciòn.
- lìneas y grados
- El parentesco se mide en grados y
las lìneas organizan los vìnculos
de parientes consaguìneos.
- El artìculo 292 del Còdigo Civil de Chiapas
señala que cada generaciòn forma un
grado que a la vez constituye una lìnea de
parentesco.
- Existen varias clases de lineas
- Ascendente y descendente,
recta, colateral o transversal
- Los ascendientes en
primer grado son:
- 1º . Los padres.
- 2º. Abuelos maternos y paternos (4).
- 3º. Bisabuelos maternos y paternos (8).
- 4º. Tatarabuelos (16).
- Los descendientes en
primer grado son:
- 1º. El hijo.
- 2º. El nieto.
- 3º. El bisnieto.
- 4º. El tataranieto.
- La lìnea colateral o transversal
- Es la que surge por dos lineas rectas
que coinciden en un progenitor.
- Efectos
- La importancia radica en los
efectos juridicos que origina.
- Genera consecuencias de derecho
para los parientes de la familia.
- Los efectos se
clasifican en
personales y
pecunirios.
- Efectos personales
- De asistencia (alimentos).
- Para el matrimonio y concubinato.
- Parentesco por afinidad.
- Parentesco civìl.
- Efectos pecunarios
- Derechos hereditarios.
- Pago de alimentos
- En linea colateral no genera
efectos juridicos.