ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA FUNCIÓN JUDICIAL

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Mindmap am ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA FUNCIÓN JUDICIAL, erstellt von Daniela Alejandra Velasco Carvajal am 15/07/2021.
Daniela Alejandra Velasco Carvajal
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ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA FUNCIÓN JUDICIAL
  1. Justicia Ordinaria
    1. Clasificación conforme el art. 177 de la Constitución de la Republica
      1. ORGANOS JURISDICCIONALES
        1. CLASIFICACIÓN CONFORME EL ART. 178 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA, Y AL ART.170 DEL CODIGO ORGANICO DE LA FUNCION JUDICIAL
          1. CORTE NACIONAL DEL JUSTICIA
            1. FUNCIONES:
              1. Art. 184.-serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes: 1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley. 2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración. 3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero. 4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia
              2. ESTRUCTURA:
                1. La Corte Nacional de Justicia funcionará a través de la siguiente estructura:
                  1. 1. El Pleno
                    1. 2. Las salas especializadas
                      1. 3. La Presidenta o el Presidente de la Corte Nacional
                        1. 4. La Presidenta o el Presidente de Sala
                          1. 5. Las conjuezas y los conjueces
              3. TRIBUNALES Y JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
                1. CONFORMACIÓN:
                  1. Jueces de los Civil y Mercantil
                    1. Jueces de Inquilinato y Relaciones Vecinales
                      1. Jueces del Trabajo
                        1. Jueces Unicos o Multicompetentes
                          1. Jueces de Familia, Niñez y la Adolescencia
                2. CORTES PROVINCIALES DE JUSTICIA
                  1. ESTRUCTURA:
                    1. 1.-SALAS ESPECIALIZADAS: - Art. 209.- El Pleno del Consejo de la Judicatura, de acuerdo con el número de salas de una Corte Provincial, hará la distribución y precisará la competencia por razón del territorio, la materia y del grado de cada una de ellas.
                      1. .- PRESIDENTE DE LA CORTE PROVINCIAL: Art.210 La Presidenta o el Presidente de la Corte Provincial será elegida o elegido de entre las juezas y jueces, en la primera quincena del año correspondiente, por votación escrita, secreta y por mayoría de votos. Durará dos años en sus funciones. De existir más de una sala, la elección se efectuará de forma alternativa entre las diversas salas.
                        1. 3.- FUERO DE LA CORTE PROVINCIAL: Segun el Art. 208 del Codigo organico de la funcion judicial en el numeral 2:
                          1. 2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las personas que se sujetan a fuero de corte provincial. Se sujetan a fuero de corte provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus atribuciones, las Gobernadoras y los Gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las Prefectas o los Prefectos, las Alcaldesas y los Alcaldes, las y los Intendentes de Policía, las juezas y jueces de los tribunales y juzgados, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante General de la Policía.
                  2. TRIBUNALES DISTRITALES
                    1. Tribunal de lo contencioso administrativo
                      1. Tribunales penales
                        1. Jueces penales ordinarios
                          1. Jueces especializados
                            1. Jueces penales de lo militar y policial
                              1. Jueces de adolescentes infractores
                                1. Jueces de Tránsito
                                  1. Jueces de garantías penitenciarias
                                    1. Jueces de la violencia contra la mujer y familia
                                      1. Jueces de familia, niñez y adolescencia
                        2. ORGANOS ADMINISTRATIVOS
                          1. CLASIFICACIÓN CONFORME EL ART. 178 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA, Y AL ART.254 DEL CODIGO ORGANICO DE LA FUNCION JUDICIAL
                            1. CONSEJO DE LA JUDICATURA
                              1. FUNCIONES:
                                1. Art. 181.- Serán funciones del Consejo de la Judicatura, además de las que determine la ley:
                                  1. 1. Definir y ejecutar las políticas para el mejoramiento y modernización del sistema judicial.
                                    1. 2. Conocer y aprobar la proforma presupuestarla de la Función Judicial, con excepción de los órganos autónomos.
                                      1. 3. Dirigir los procesos de selección de jueces y demás servidores de la Función Judicial, así como su evaluación, ascensos y sanción. Todos los procesos serán públicos y las decisiones motivadas.
                                        1. 4. Administrar la carrera y la profesionalización judicial, y organizar y gestionar escuelas de formación y capacitación judicial. 5. Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.
                                2. ESTRUCTURA:
                                  1. FUNCION JUDICIAL: Art. 261.- ESTRUCTURA FUNCIONAL.- El Consejo de la Judicatura ejercerá sus funciones a través de los siguientes componentes estructurales:
                                    1. 1. El Pleno
                                      1. 3. La Dirección General
                                        1. 2. La Presidencia
                                3. ORGANOS AUXILIARES
                                  1. CLASIFICACIÓN CONFORME EL ART. 178 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA, Y AL ART. 296,312,320,321,322 DEL CODIGO ORGANICO DE LA FUNCION JUDICIAL
                                    1. Notarios
                                      1. Depositarios
                                        1. Sindicos
                                          1. Martilladores
                                            1. Liquidadores
                                  2. ORGANOS AUTÓNOMOS
                                    1. CLASIFICACIÓN CONFORME EL ART. 178 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA, Y AL ART. 38 DEL CODIGO ORGANICO DE LA FUNCION JUDICIAL
                                      1. Defensoría publica
                                        1. Fiscalía General del Estado
                                          1. Defensoría del pueblo
                                Zusammenfassung anzeigen Zusammenfassung ausblenden

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