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REGIMEN SIMPLE
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REGIMEN SIMPLE
Objetivo Art 903
- disminuir
- cargas formales y sustanciales
- disminuir
Obligaciones
- Realizar aportes al Sistema General de Pensiones
- Realizar la Inscripciòn ART 909
- ya Inscritos al Rut?
- SI
- Hasta el último día hábil del mes de febrero del año gravable para el que ejerce la opción.
- NO
- Primera vez inscrito al Rut: en cualquier tiempo indicando en el rut..
- SI
- ya Inscritos al Rut?
- Declaración y pago impuesto simple Art 910
- Declaracion Anual consolidada art 910
- PJ y PN
- Anticipo bimestral
- Recibo Electronico simple
- deberá informar
- Territorialidad de los ingresos
- Se debe
- Realizar el pago total del anticipo
- No pago
- Exclusion por incumplimiento ART 914
- Mas de un mes de retraso
- Exclusion por incumplimiento ART 914
- No pago
- Realizar el pago total del anticipo
- Formulario 2593
- deberá informar
- IVA
- Declaracion Anual consolidada de Iva Art 915
- Responsables de Iva
- Formulario 300
- procedimiento , sansonatotio y firmeza es el previso en ET ART 916
- En los pagos por compras de bienes o servicios A.. Art 911 y 437-2
- Responsables de Iva
- deben
- realizarnos retencion Iva
- deben
- Contribuyente del régimen ordinario y agente retenedor (437-2) del impuesto sobre la renta
- Responsables de Iva
- Declaracion Anual consolidada de Iva Art 915
- Recibo Electronico simple
- Anticipo bimestral
- PN
- Que no superen (3.500) UVT de ingreso
- presentar únicamente declaración anual consolidada
- pago anual sin necesidad de realizar pagos anticipados .
- presentar únicamente declaración anual consolidada
- Que no superen (3.500) UVT de ingreso
- ICA ART 903
- Renta
- Impuesto al consumo ICA ART 903
- Formulario 260
- PJ y PN
- Declaracion Anual consolidada art 910
- Mecanismos electronicos de cumplimiento
- Firma Electronica
- Factura electronica o documentos equivalentes electronicos
Hecho Generador Art 904
- Ingresos suceptibles de incrementar el patrimonio
Sujetos pasivos Art 905
- Pueden acogerse Art 905
- PN
- Que desarrolle una empresa
- PJ
- En la que
- Socios, accionitas sean PN,nacionales o extranjeras residentes en colombia
- Año anterior ingresos brutos < 100.000 uvt
- Limites maximos
- Se consolidaran los ingresos cuando:
- Se tenga participacion de las PN en otras empresas o sociedades bajo R. simple
- Se tenga participacion > 10% en sociedades R ordinario se consolidara
- Si algun socio PN es gerente o admon de otras sociedades
- Se consolidaran los ingresos cuando:
- Limites maximos
- Año anterior ingresos brutos < 100.000 uvt
- Socios, accionitas sean PN,nacionales o extranjeras residentes en colombia
- En la que
- Exclusion por razon de control ART 913
- incumplimiento de requisitos
- Perdida de calificacion de R.simple
- Pasara al regimen ordinario inmediatamente
- Perdida de calificacion de R.simple
- incumplimiento de requisitos
- PN
- No pueden acogerse ART 906
- PJ sociedades, entidades
- PJ extranjera o sus establecimientos
- Sociedades cuyos socios tengan en sustancia una relacion laboral
- Filiales, subsidiarias,agencias,sucursales de PJ nacionales o extranjeras o de extranjeros no residentes
- Que sean accionistas,suscriptores,participes,fideicomitentes o beneficiarions de entidades en colombia o exterior
- Entidades financieras
- PN
- PN son residencia o sus estableciemintos
- PN residentes , cumplen con las características de una relación laboral real
- Que realicen actividades:
- Microcredito
- Factoring
- Servicios de asesoria financiera o estructuracion de creditos
- Generacion,transmision comercializacion Energia Electrica
- Fabricacion,importacion ,comercializacion automoviles
- Importacion de combustibles
- Produccion o comercializacion de armas,municiones polvoras explosivos.
- con ciiu 4665 (Comercio al por mayor de desperdicios, desechos y chatarra 3830 y 3811 que obtenga utilidades netas superiores al 3% de ingreso bruto )
- PJ sociedades, entidades
- Pueden acogerse Art 905
TARIFAS ART 908
- Declaracion consolidadda
- Anticipo Bimestral
- GRUPOS
- 1. Tiendas pequeñas, minimercados, micromercados y peluquería
- Entre 0-6000 uvt 1.2% 6000-15000 uvt 2.8% 15000-30000 uvt 4.4% 30.000-100.000 uvt 5.6%.
- Entre 0-1000 uvt 1.2% 1000-2500 2.8% 2500-5000 uvt 4.4% 5000-16.666 uvt 5.6%.
- 2.comerciales al por mayor y detal; servicios técnicos y mecánicos en los que predomina el factor material sobre el intelectual, los electricistas los albañiles los servicios de construcción y los talleres mecánicos de vehículos y electrodomésticos; actividades industriales, incluidas las de agroindustria, minindustria y microindustria; actividades de telecomunicaciones( categoria residual)
- Entre 0-6000 uvt 1.6% 6000-15000 uvt 2.0% 15000-30000 uvt 3.5% 30.000-100.000 uvt 4.5%.
- Entre 0-1000 uvt 1.6% 1000-2500 uvt 2.0% 2500-5000 uvt 3.5% 5.000-16.666 uvt 4.5%.
- 3.. Actividades de expendio de comidas y bebidas, y actividades de transporte
- Entre 0-6000 uvt 3.1% 6000-15000 uvt 3.4% 15000-30000 uvt 4.0% 30.000-100.000 uvt 4.5%.
- Entre 0-1000 uvt 3.1% 1000-2500 uvt 3.4% 2500-5000 uvt 4.0% 5.000-16.666 uvt 4.5%.
- 4. Servicios profesionales, de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales
- Entre 0-6000 uvt 5.9% 6000-15000 uvt 7.3% 15000-30000 uvt 12% 30.000-100.000 uvt 14.5%.
- Entre 0-1000 uvt 5.9% 1000-2500 uvt 7.3% 2500-5000 uvt 12% 5.000-16.666 uvt 14.5%.
- 5. para las personas naturales o Jurídicas que desarrollen las actividades económicas CIIU 4665, 3830 y 3811, corresponderá al uno coma sesenta y dos por ciento (1,62%). La misma tarifa será aplicable para el pago bimestral anticipado que deberá declarar y pagar
- 1. Tiendas pequeñas, minimercados, micromercados y peluquería
Beneficios
- Sustituye ART 907
- Renta
- Impto consumo
- Ica
- avisos y tableros , sobretasas bomberil
- exonerados de aportes parafiscales en los términos del artículo 114-1
- Descuentos Tributarios
- El aporte al Sistema General de Pensiones a cargo del empleador, en los recibos electrónicos de pago del anticipo bimestral Simple
- Un crédito o descuento DEL 0.5% de los ingresos recibidos por TC Y TD y otros mecanismos de pago electronico ART 912
- GMF que haya sido pagado durante el año gravable,CON O SIN relación de causalidad con la actividad económica
- Limite
- No ecceder el 0.x004% de los ingresos netos
- Limite
- No estan sujetos a retención en la fuente Art 911
- DUR 1.5.8.3.1. No agentes de retencion renta/ica
- No obligados a practicar retenciones ni autorretenciones en la fuente, con excepción a pagos laborales Art 911
- Sustituye ART 907
Base Gravable ART 904
- SI
- Ingresos brutos irdinario y extraordinarios
- NO
- Ganancias Ocasionales
- Ingresos no constitutivo de renta ni ganancia ocacional
- SI
Informationen
- Beschreibung
- Mindmap am REGIMEN SIMPLE, erstellt von luisa fernanda usaquen rodriguez am 24/05/2025.
- Erstellt von
- luisa fernanda usaquen rodriguez
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