Delitos contra la libertad sexual y medicina legal materno-infantil

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Mindmap am Delitos contra la libertad sexual y medicina legal materno-infantil, erstellt von Zyanya am 11/02/2014.
Zyanya
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Zusammenfassung der Ressource

Delitos contra la libertad sexual y medicina legal materno-infantil
  1. Hostigamiento sexual
    1. Es una conducta sexual no deseada, verbal o física, que humilla, insulta y degrada a las personas.
      1. Pueden ser repetitivas o presentarse una sola vez
        1. Se puede dar en cualquier espacio como la calle, transporte, escuela, hogar, trabajo, etc
        2. Código Penal Federal
          1. Artículo 259 Bis.- Al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación, se le impondrá sanción hasta de cuarenta días multa. Si el hostigador fuese servidor público y utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, se le destituirá de su cargo. Solamente será punible el hostigamiento sexual, cuando se cause un perjuicio o daño. Sólo se procederá contra el hostigador, a petición de parte ofendida.
          2. Código Penal del DF
            1. ACOSO SEXUAL ARTÍCULO 179. A quien solicite favores sexuales para sí o para una tercera persona o realice una conducta de naturaleza sexual indeseable para quien la recibe, que le cause un daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad, se le impondrá de uno a tres años de prisión. Cuando además exista relación jerárquica derivada de relaciones laborales, docentes, domésticas o de cualquier clase que implique subordinación entre la persona agresora y la víctima, la pena se incrementará en una tercera parte de la señalada en el párrafo anterior. Si la persona agresora fuese servidor público y utilizara los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, además de la pena prevista en el párrafo anterior se le destituirá y se le inhabilitará para ocupar cargo, empleo o comisión en el sector público por un lapso igual al de la pena de prisión impuesta. Este delito se perseguirá por querella.
          3. Incesto
            1. Hace referencia a la relación sexual entre miembros de una misma familia
              1. El incesto padre-hija es mucho más frecuente que el incesto madre-hijo
                1. Las penas derivadas de este acto dependen de las características del acto y de la edad del niño
                  1. Si hubo relación sexual impuesta por la violencia, el crimen es de violación.
                    1. Si el atentado se consumó sin violencia por parte del ascendiente habrá que distinguir, según la edad de la víctima.
                      1. Las relaciones incestuosas sin violencia de un padre con su hija mayor de 21 años no constituyen en principio un delito.
                      2. Código Penal Federal
                        1. Artículo 272. Se sancionará con pena de uno a seis años de prisión, el delito de incesto cuando los ascendientes tengan relaciones sexuales con sus descendientes, siempre y cuando estos últimos sean mayores de edad. Cuando la víctima sea menor de edad, la conducta siempre será entendida como típica de violación.
                        2. Código Penal del DF
                          1. ARTÍCULO 181. A los hermanos y a los ascendientes o descendientes consanguíneos en línea recta, que con conocimiento de su parentesco tengan cópula entre sí se les impondrá prisión o tratamiento en libertad de uno a seis años. Para los efectos de este artículo, cuando uno de los hermanos, ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta sea mayor de dieciocho años de edad y el otro sea menor de doce años, se le aplicará al primero de ocho a veinte años de prisión.
                        3. Estupro
                          1. Es el acceso carnal, mediante la seducción, con una mujer honesta mayor de 12 y menor de 15 años (algunos códigos extienden esta edad hasta los 18 años).
                            1. Código Penal Federal
                              1. Artículo 262. Al que tenga cópula con persona mayor de quince años y menor de dieciocho, obteniendo su consentimiento por medio de engaño, se le aplicará de tres meses a cuatro años de prisión.
                                1. Artículo 263.- En el caso del artículo anterior, no se procederá contra el sujeto activo, sino por queja del ofendido o de sus representantes.
                                2. Código Penal del DF
                                  1. ARTÍCULO 180. Al que tenga cópula con persona mayor de doce y menor de dieciocho años, obteniendo su consentimiento por medio de cualquier tipo de engaño, se le impondrá de seis meses a cuatro años de prisión. Este delito se perseguirá por querella.
                                3. Violación
                                  1. Constituyen un conjunto de delitos que tienen en común la falta de libertad en el consentimiento de la víctima para la relación sexual.
                                    1. Configurado por los siguientes elementos:
                                      1. Acceso carnal
                                        1. Sujeto activo
                                          1. Sujeto pasivo
                                            1. Utilización de medios violentos
                                            2. Código Penal Federal
                                              1. Artículo 265. Comete el delito de violación quien por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de ocho a veinte años. Para los efectos de este artículo, se entiende por cópula, la introducción del miembro viril en el cuerpo de la víctima por vía vaginal, anal u oral, independientemente de su sexo. Se considerará también como violación y se sancionará con prisión de ocho a veinte años al que introduzca por vía vaginal o anal cualquier elemento o instrumento distinto al miembro viril, por medio de la violencia física o moral, sea cual fuere el sexo del ofendido.
                                              2. Examen de la Víctima
                                                1. Interrogatorio
                                                  1. Inspección
                                                    1. Examen de las lesiones
                                                      1. Muestras para laboratorio
                                                        1. Evaluación psicopatológica
                                                        2. Examen del Acusado
                                                          1. Capacidad de erección
                                                            1. Fuerza física
                                                              1. Signos de coito reciente
                                                                1. Signos que lo vinculen con el delito
                                                                2. Examen del escenario
                                                                Zusammenfassung anzeigen Zusammenfassung ausblenden

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                                                                Isaak Roscher
                                                                Ziele der Erziehung
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                                                                Sandra S.
                                                                WERB Uni Wien 2017/18
                                                                Denise Schmid
                                                                Vetie Histopatho 2016
                                                                Alena Gesing
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