Todos sometidos a la
Constitución y al
ordenamiento jurídico
La estructura del poder
público queda sometida
al derecho
El tribunal constitucional es el que
garante de la observancia de la
Constitución
Determinadas materias solo pueden
estar reguladas por normas legales (y
otras determinadas por Ley Orgánica)
El principio de
Seguridad Jurídica
Normas claras
Para los miembros
de la comunidad
Para los que aplican las
normas, que encuentren
criterios seguros y unívocos
Para resolver
conflictos sociales
Principios
materiales
Libertad
Igualdad
Digndad
Fuentes del derecho
Derecho comunitario
Derecho primario
comunitario
Tratado de Lisboa
Tratado de Niza
Derecho comunitario
derivado
Reglameto de la UE
Alcance general
Obligan al Estado a cumplir
un objetivo, pero le dejan
los medios a su elección
Las decisiones de la UE
Directamente obligatoria para
todos sus destinatarios
concretos
Estados Miembros
Personas individuales,
físicas o jurídicas
Recomendaciones y
dictámenes, no
vinculantes
Tratados
internacionales
Acuerdos de
asociación
Acuerdos de
Cooperación
Espacio
Económico
Europeo
Principios generales
del derecho
Lagunas cubiertas
por normas no
escritas
Traducen concepciones
esenciales del derecho y la
justicia a la que obedece todo
ordenamiento jurídico
Convenio entre los
estados miembros
Se regulan cuestiones ligadas
a las actividades de la UE, para
las cuales no tienen
competencia las instituciones
comunitarias
Los convenios de la
competencia judicial y
ejecución de sentencias en
materia civil hoy se suplen por
normativa comunitaria
Derecho español
Las categorías normativas
Leyes Orgánicas
Relativas al desarrollo de
derechos fundamentales y
libertades públicas.
Aprobadas por los Estatutos
de Autonomía y el régimen
electoral
Leyes Ordinarias
Norma jurídica escrita salida
de la potestad del Estado,
aprobadas por las Cortes por
mayoría simple
Decretos legislativos
Cortes delegan en el
Gobierno la potestad de
dictar normas con rango de
ley sobre materias
determinadas que no sean
objeto de ley orgánica
Leyes marco y
leyes de
principios
Leyes marco
Cortes Generales atribuyen a las
Comunidades la facultad de dictar,
para si mismas, normas legislativas en
el marco de los principios fijados por
una ley estatal
Leyes de principios
Leyes que dicta el Estado
para armonizar las
disposiciones normativas
de la CA, en base al
interés general
Necesita la mayoría absoluta de
las CG para aplicarse
Decreto ley
En caso de urgencia
el Gobierno puede
dictar disposiciones
legislativas
No pueden afectar a los derechos,
deberes y libertades, al régimen de
las CA ni al derecho electoral general
Deben ser
inmediatamente
sometidos a votación
en el CD
Potestad reglamentaria
del Gobierno
Gobierno ejerce potestad reglamentaria
de acuerdo con la Constitución.
Potestad normativa de rango inferior
Potestad legislativa
de las CA
Gozan de potestad
reglamentaria conforme a
lo señalado en los
arículos 150.2 y 153.c
Gozan de potestad legislativa
dentro de su propia
competencia
Tratados y
convenios
internacionales
Si estos no pasan a formar parte del
ordenamiento jurídico interno a partir de
su publicación en el BOE no tienen
aplicación directa
Normativa de la
UE
(explicada antes)
Derecho
extranjero
Será aplicable en caso de conflicto de
Derecho internacional privado
siempre que su contenido sea
aprobado por las partes
Normas de
rango
inferior
Emitidas por el Estado, las
CA o los organismos
locales o provinciales
Convenios
colectivos
Los derechos y obligaciones
derivados de la relación laboral se
regulan por las disposiciones
legales y reglamentarias del
Estado y en su defecto por los
Convenios Colectivos
Fuentes del
derecho II
La Costumbre
Cumple una función supletoria de ley,
solo se rige en su defecto siempre que no
sea contraria ni a la moral ni al orden
público
costumbre praeter legem
Exige para su plicabilidad que sea probada
Usos jurídicos
Modos habituales de
conducta de las gentes en los
distintos órdenes de la
actividad humana
Siempre que no sean interpretativos
de una declaración de voluntad
tendrán la consideración de
costumbre
Principios generales
del derecho
Clara tendencia hacia una concepción amplia
de los principios generales del Derecho
La
jurisprudencia
Aceptación amplia
Doctrina sentada por los tribunales cualquiera
que sea su clase y categoría al decidir las
cuestiones sometidas a ellas
Aceptación estricta
Criterio constante y uniforme de aplicar el derecho, mostrado en las
Sentencias del Tribunal Supremo, y en lo que a nosotros nos atañe,
también del Tribunal Constitucional
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.