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DERECHOS, DEBERES E INCOMPATIBILIDADES
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DERECHOS, DEBERES E INCOMPATIBILIDADES
DERECHOS Y DERECHOS COLECTIVOS
- DERECHOS PROFESIONALES
- Mantenimiento de su CONDICIÓN FUNCIONARIAL, a no ser removidos de puesto de trabajo salvo en los supuestos y condiciones establecidos legalmente
- Percibir la RETRIBUCIÓN Y LAS INDEMNIZACIONES por razón del servicio
- A la CARRERA PROFESIONAL, a través de mecanismos de promoción profesional
- A la FORMACIÓN NECESARIA inicial y continuada, con el fin de mejorar sus capacidades profesionales y adaptación a sus puestos de trabajo
- A ser INFORMADOS POR SUS JEFES Y SUPERIORES de las tareas o cometidos a desempeñar y participar en los OBJETIVOS
- Respecto de su INTIMIDAD y a la consideración debida a su DIGNIDAD, comprendida la prohibición frente a ofensas verbales o físicas de naturaleza sexual
- A la NO DISCRIMINACIÓN por razón de nacimiento origen racial, o étnico, género, sexo y orientación sexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad y otra condición personal o social
- VACACIONES, permisos y licencias
- Recibir PROTECCIÓN en materia de SEGURIDAD Y SALUD en el trabajo, para lo cual las Adm competentes adoptarán aquellas medidas que sean necesarias para la aplicación efectiva de la normativa vigente sobre prevención
- JUBILACIÓN
- Régimen de SEGURIDAD SOCIAL para los funcionarios de carrera y los funcionarios en practicas estarán integrado por el Régimen General de la SS o el Régimen de Clases Pasivas del Estado
- Los demás previstos en le art 444.2 LOPJ
- Este RÉGIMEN de derechos será APLICABLE a los funcionarios INTERINOS en la medida que la naturaleza del derecho lo permita, quedando integrados en le Régimen General de la SS
- DERECHOS COLECTIVOS
- Libre asociación profesional
- Libre sindicación
- Actividad Sindical
- De huelga, en los términos contenidos en la legislación General del Estado para funcionarios públicos; garantizándose el mantenimiento de los servicios esenciales
- Negociación Colectiva y a la participación en la determinación de las condiciones de trabajo
- De reunión
- DERECHOS PROFESIONALES
DEBERES
- Respetar la CONSTITUCIÓN
- Ejercer sus tareas con LEALTAD E IMPARCIALIDAD
- CUMPLIR CON DILIGENCIA las instrucciones recibidas de su superior jerárquico
- Realizar con la DEBIDA APLICACIÓN de las funciones
- Cumplir el régimen de jornada y horario
- Mantener sigilo de los asuntos que conozca por razón de su cargos o funciones y no hacer uso indebido de la información obtenida así como guardar secreto de las materias clasificadas
- Dar cuenta a las autoridades competencias de aquellas órdenes que a su juicio fuesen CONTRARIAS A LA LEGALIDAD
- Cumplir el RÉGIMEN DE INCOMPETENCIAS Y PROHIBICIONES
- Tratar con ATENCIÓN Y RESPETO a los ciudadanos
- Dar a conocer su IDENTIDAD Y CATEGORÍA a los interesados que lo requieran, salvo cuando ello no fuera posible por razones de seguridad
- Velar por la CONSERVACIÓN Y USO correcto de los locales, material, documentos e información a su cargo
- Tratar con CORRECCIÓN Y CONSIDERACIÓN a los superiores jerárquicos, compañeros y subordinados, así como abo-pro y graduados sociales
INCOMPATIBILIDADES
- Los funcionarios estarán sujetos al RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES previsto en la legislación general aplicable a los funcionarios al servicio de las Adm Públicas. El ejercicio de cualquier actividad que requiera declaración de compatibilidad exigirá la PREVIA AUTORIZACIÓN DEL MINISTERIO DE JUSTICIA o de la CA con competencias asumidas. NO se podrá autorizar la competencia para el ejercicio de una actividad privada cuando se desempeñen puestos con dedicación especial. En TODO CASO su función será incompatible
- El ejercicio de la ABOGACÍA, PROCURADURÍA O PROFESIÓN DE GRADUADO SOCIAL, y empleos al servicio de Abo-Pro-GS o cualquier otra profesión que habilite para actuar ante Juzgados y Tribunales
- Desempeño de todo tipo de ASESORAMIENTO JURÍDICO retribuido o no
- Condición de AGENTES DE SEGUROS y la de empleados de los mismos o de una compañía de seguros
- El desempeño de los cargos de GERENTES, CONSEJEROS O ASESORES de empresas con fines lucrativos
- El desempeño de servicios de GESTORÍA ADMINISTRATIVA ya sea títular o como empleado de tales oficinas
- El ejercicio de funciones PERICIALES PRIVADAS ante los Tribunales y Juzgados
- Los funcionarios estarán sujetos al RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES previsto en la legislación general aplicable a los funcionarios al servicio de las Adm Públicas. El ejercicio de cualquier actividad que requiera declaración de compatibilidad exigirá la PREVIA AUTORIZACIÓN DEL MINISTERIO DE JUSTICIA o de la CA con competencias asumidas. NO se podrá autorizar la competencia para el ejercicio de una actividad privada cuando se desempeñen puestos con dedicación especial. En TODO CASO su función será incompatible
ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN
- La ABSTENCIÓN del funcionario se comunicará por escrito motivado a quien sea competente para dictar la resolución que ponga término al pleito o causa en la respectiva institución
- De ser ESTIMADA será reemplazado en el proceso por quien legalmente deba sustituirle
- De ser DESESTIMADA habrá de continuar actuando en el asunto
- SU RECUSACIÓN solo será posible por las causas legalmente previstas y por los trámites previstos para la recusación de los LAJ con las sig excepciones
- El incidente gubernativo se instruirá por el LAJ del que jerarquicamente dependa y lo decidirá quien sean competente para dictar la resolución que ponga término a la causa
- Si el LAJ estimará que la causa no es de las tipificadas en la ley INADMITIRÁ en el acto la petición expresando las razones en que se funden. NO CABE RECURSO
- Admitido a trámite el escrito de recusación y en el día sig a su recepción el recusado manifestará al LAJ si se da o no la causa alegada. Cuando reconozca como cierta LAJ acordará reemplazar al recusado por quien legalmente le deba sustituir NO CABRA RECURSO
- Si el recusado niega la causa alegada como fundamento de la recusación, LAJ, oído al recusado DENTRO DEL 5º DÍA remitirá lo actuado a quien haya de resolver para que decida el incidente
- La ABSTENCIÓN del funcionario se comunicará por escrito motivado a quien sea competente para dictar la resolución que ponga término al pleito o causa en la respectiva institución
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- Der Nutzer hat seine Fachbereichs-Information gelöscht. Mindmap am DERECHOS, DEBERES E INCOMPATIBILIDADES, erstellt von Gelöschter Nutzer am 02/03/2020.
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- Gelöschter Nutzer · Mär 2020
- Aktualisiert
- 2 Mär 2020
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- Erstellt von Diana Fernández Ruiz · 2 Mär 2020
- Kopiert von Diana Fernández Ruiz · 2 Mär 2020
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