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TEMA 11 - LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Inhalt des Flussdiagramms
IDEAS CLAVE
MAGISTRAL
ESQUEMA
PRESENCIAL VIRTUAL
6/28/22 DUE 14
NAVEGANTE
PREGUNTAS
✓ Pilares de la Política de Competencia
✓ La posición dominante
REPASO
REPASO GENERAL
7/5/22 DUE 15
Las políticas comunes de la Comunidad: normas que regulan los sectores económicos previstos por el Tratado
Implementación de políticas comunes exclusivas (TCEE) requiere cesión de soberanía de Estados miembros a las instituciones comunitarias; y competencias compartidas, parea complementar a las instituciones en el ejercicio de los poderes derivados de la puesta en marcha de las políticas.
TRATADO DE ROMA
CARACTERÍSTICAS
✓ Conjunto de reglas por las cuales se ha de regir la competencia de las empresas en el mercado
✓ Caracteristica de la economía de mercado
✓ Primera y más importante forma de ejercicio de la libertad de empresa
✓ Condición de igualdad y oportunidades para contrarrestar las "patologías de la competencia" ej. abusos de posición dominante (Microsoft), perjuicio del consumidor, injusticia o desigualdad de oportunidades en el libre mercado (agravio comparativo) por la intervención del Estado que resulte favorecedora de una empresa sobre otras
✓ Normatividad reguladora de la política comunitaria de la competencia:
* Art. 101 a 109 de TFUE; y
* Reglamento (CE) n.° 139/2004 del Consejo, de 20 de enero, sobre el control de las concentraciones entre empresas (Reglamento comunitario de concentraciones)
Se adelanta el control de la concentración de empresas para que desemboque en una posición dominante (concentración de empresas mediante fusiones) abusiva
Art. 101/TFUE - Prohíbe los acuerdos (pactos colusorios o cárteles), decisiones de empresas o prácticas concertadas anticompetitivos, pues pretenden conseguir beneficio económico y restringir actual o potencialmente la competencia
Prácticas ilícitas
La fijación de precios de compra y venta, directa o indirectamente.
Limitación o control de la producción del mercado, el desarrollo técnico o las inversiones.
Reparto del mercado o de las fuentes de abastecimiento.
Aplicación a terceros contratantes de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes.
Nuevas políticas: cohesión económica y social, I+D (Investigación y Desarrollo), medio ambiente, educación, juventud, redes transeuropeas, industria, salud pública, cultura, empleo
Conductas paralelas de las empresas que suponen cooperación o coordinación entre ellas; y conscientemente paralelas que no hallan justificación en reacciones normales del mercado
El ámbito del Derecho para determinar la condición anticompetitiva de los acuerdos es si constituyen un obstáculo o no al comercio intracomunitario, a lo que será de aplicación la normativa comunitaria.
Red Europea de la Competencia (REC)
Sistema instaurado por el reglamento (CE) n.° 1/2003, del Consejo de estrecha colaboración entre autoridades nacionales y de la Unión con el fin de prevenir prácticas anticompetitivas; o terminar con ellas.
Cálculo de multas
Art. 23, apartado 2 (c) , del Reglamento (CE) no 1/2003, (2006/C 210/02)
Art. 102 TFUE - Regula el comportamiento de uno o varios operadores económicos que explotan abusivamente una situación de poder económico que otorga al operador beneficiado la posibilidad de impedir que haya una competencia efectiva en el mercado, de modo que tendrá mayor independencia frente a sus competidores, a sus clientes y, finalmente, a los consumidores
ELEMENTOS PARA DETERMINAR EMPRESA CON POSICIÓN DOMINANTE ANTICOMPETITIVA
✓ Poder económico >> facultad que tiene cada empresa dominante de ejercer sobre el funcionamiento del mercado, una influencia notable y en principio previsible
✓ Independencia de comportamiento para producir situación de abuso de posición de dominio:
- Debe haber un mercado afectado relevante:
* Referente al producto: si son sustituibles entre sí
* Aspecto geográfico: basado en la demanda de productos y su sustituibilidad para el consumidor; y la zona con condiciones homogéneas de competencia; en cuanto a la oferta, el impacto del producto si aumenta de precio
- Debe tener cuota de mercado determinada:
✓ Poder de obstaculizar competencia efectiva en el mercado
Una empresa ostentará POSICIÓN DE DOMINIO cuando se encuentre frente a sus competidores de forma tan independiente que es posible, gracias a un conjunto de medidas que le son accesibles en exclusividad, impedir una competencia efectiva (TJUE- asunto Continental Can). No es en sí misma la posición de dominio la prohibida, sino su explotación abusiva.
ABUSO
«un concepto objetivo por el que la empresa dominante, recurriendo a métodos diferentes a los que constituye la competencia normal en las transacciones comerciales, amenaza el mantenimiento de la competencia existente en el mercado o el incremento de la competencia»
ELEMENTOS
✓ Transferencia de recursos de Estado.
✓ Consecución de una ventaja económica que la empresa beneficiaria no hubiera obtenido mediante un desempeño normal de su actividad.
✓ Carácter selectivo en la concesión de ayudas estatales: otorgar ventajas a una empresa determinada y no al resto de sus competidoras.
✓ Efecto sobre la competencia e intercambios intracomunitarios.
✓ El beneficiario es una empresa
«Art. 107.1 TFUE: Salvo que el presente Tratado disponga otra cosa, serán incompatibles con el mercado común, en la medida en que afecten a los intercambios intracomunitarios, las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o amenacen falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones...».
Pilares de la Política de Competencia
✓ Acuerdos entre empresas, asociaciones de empresas…
✓ Concentración (Reglamento)
✓ Posición dominante (prohibido el abuso)
✓ Ayudas de Estado (regla general: prohibición)
CONCENTRACIÓN
Reglamento (CE) n.° 139/2004 del Consejo, de 20 de enero
se puede producir mediante:
✓ la fusión de dos o más empresas o partes de empresas anteriormente independientes, o
✓ la adquisición, mediante la toma de participaciones en el capital o la compra de elementos del activo, del control directo o indirecto de una o varias otras empresas.
Ha de tener dimensión comunitaria (art. 1.2 del reglamento). Se mide teniendo en cuenta a) el volumen de negocios total a escala mundial y a escala comunitaria b) Donde operen principalmente
Comportamiento o actuación por el que las empresas en cuestión limitan o restringen su autonomía de voluntad al actuar en el mercado. No se entiende que hay acuerdo entre em
Corresponde a la Comisión perseguir conductas potenciales o actuales que restrinjan la competencia y determinar si los efectos anticompetitivos son relevantes para el mercado, obteniendo información en empresas y asociaciones; e imponer multas pecuniarias o coercitivas (no sanciones penales), con base en la conducta sancionada.
✓ precios predatorios (reducir los precios por debajo del coste) para expulsar a los demás competidores del mercado
✓ vinculación obligando a los clientes a comprar un producto secundario para obtener el producto en el cual el empresario tiene posición de dominio, de modo que los clientes compran todo al mismo empresario y nada a los competidores; o denegando el suministro, como sucede con la penalización por haber comprado a los competidores
de tramitación de ayudas
de tramitación de ayudas
RESPUESTAS
- T2 +El+Sistema+Institucional+Y+Las+Competencias+De+La+Ue (application/pdf)
- T2 (application/pdf)





- Mt11+ +La+Política+De+Competencia (video/mp4)
- Repaso+Total (application/pdf)








- T11+ +La+Política+De+Competencia (application/pdf)


Informationen
- Beschreibung
- Der Nutzer hat seine Fachbereichs-Information gelöscht. Flussdiagramm am TEMA 11 - LA POLÍTICA DE COMPETENCIA, erstellt von Gelöschter Nutzer am 12/07/2022.
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- Gelöschter Nutzer · Jul 2022
- Aktualisiert
- 12 Jul 2022
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- Erstellt von Giovanna Minotta · 13 Mär 2022
- Kopiert von Giovanna Minotta · 19 Jun 2022
- Kopiert von Giovanna Minotta · 10 Jul 2022
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- Kopiert von Giovanna Minotta · 12 Jul 2022
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