ALUMNA: YOLANDA DEL ROSARIO LORIA MARIN
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LEY GENERAL DE SERVICIOS PROFESIONALES
- La Planeación Didáctica en la
- Evaluación Docente
- 1. Actividad
- Títulos
- y Capítulos
- LEY GENERAL DE SERVICIOS PROFESIONALES
- Alumna: Yolanda del Rosario Loría Marín
- Bildunterschrift: Es importante conocer las bases legales porque es el único camino que permitirá a los docentes, personal directivo o de supervisión, qué hacer y cómo conducirse, para lograr su permanencia, desarrollo y crecimiento profesional en la institución educativa y contribuir de esta manera a mejorar la calidad en la educación.
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TÍTULO PRIMERO:Disposiciones Generales
- CAPÍTULO I – Objeto, Definiciones y Principios
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- El fundamento legal que regula al Servicio
- Profesional Docente, Art. 3 fracción III de la Constitución Política de los
- Estados Unidos Mexicanos.
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- El Servicio Profesional Docente en la educación
- básica y media superior, establece los perfiles, parámetros, e indicadores del
- Servicio Profesional Docentes.
- ·
- Regula los derechos y obligaciones del servicio
- profesional docente y asegura su transparencia y rendición de cuentas.
- https://www.youtube.com/watch?v=ZZ21O2VwI9Q (Einbetten)
- Bildunterschrift: LA EVALUACIÓN ES UNA OBLIGACIÓN
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- CAPÍTULO II – De la Distribución de la Competencias
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- Del Servicio Profesional Docente, de las Autoridades
- Educativas y Organismos descentralizados. Definen el proceso, los programas,
- lineamientos para quienes ejercen funciones docentes, directivas o de
- supervisión.
- ·
- El Servicio Profesional Docente autoriza los
- atributos, obligaciones, y actividades de quienes intervienen en el proceso de
- evaluación docente y asesores técnicos pedagógicos.
- ·
- El Servicio Profesional Docente autoriza los
- Perfiles, requisitos mínimos, los parámetros, indicadores, proceso de
- evaluación para ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia del Servicio
- Profesional Docente y Directivo.
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TÍTULO SEGUNDO: De la distribución de las competencias
- CAPÍTULO I- De los Propósitos del Servicio
- ·
- Mejorar la práctica docente, la calidad de la
- educación, y asegurar el cumplimento de sus fines. Mediante la evaluación en
- las escuelas.
- En el Personal docente, Personal con
- funciones de Dirección y de Supervisión:
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- Conforme a los PERFILES, PARÁMETROS E INDICADORES,
- garantizar y asegurar la idoneidad de conocimientos, aptitudes y capacidades
- ·
- Garantizar la formación, capacitación, y
- actualización continua
- ·
- Desarrollar programas de estímulo e incentivos
- que favorezcan el desempeño eficiente
- ·
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- ·
- Definir la función del docente, la planeación y
- el dominio de contenidos, el ambiente en el aula, las prácticas didácticas, la
- evaluación de los alumnos, el logro de aprendizajes de los alumnos, la
- colaboración en la Escuela y el diálogo con los padres de familia y tutores.
- ·
- Establecer niveles de competencia.
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- CAPÍTULO II – De la Mejora de la práctica Profesional
- ·
- La evaluación interna deberá ser una
- actividad permanente, de carácter formativo, para el mejoramiento de la
- práctica profesional de los docentes y avance continuo de la Institución
- Educativa. Con compromisos verificables de mejora.
- ·
- Ofrecer al personal programas de
- desarrollo de capacidades para la evaluación, con el objetivo de generar las competencias
- para el buen ejercicio de la función evaluadora considerando los perfiles,
- parámetros e indicadores para el desempeño docente.
- ·
- El servicio de Asistencia Técnica a
- la Escuela apoyará a los docentes en la práctica de la evaluación interna y
- externa. Será brindado con el personal con funciones de Dirección o Supervisión
- y por personal docente con funciones de Asesor Técnico Pedagógico
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- CAPÍTULO III - Del Ingreso al Servicio
- ·
- Concursos de oposición, que
- garanticen la idoneidad de conocimientos y capacidades. La convocatoria debe
- describir el perfil del aspirante. Las plazas, requisitos, términos, fechas de
- registro; las etapas, aspectos, métodos que comprenderá la evaluación; las
- sedes de aplicación, la publicación de resultados y los criterios de asignación
- de plazas.
- ·
- Con el objeto de fortalecer las
- capacidades, conocimientos y competencias del personal docente, se brindarán
- apoyos y programas pertinentes
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- Las plazas se asignarán en estricto
- apego al orden de prelación
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- CAPÍTULO IV - De la promoción a Cargos con Funciones de
- Dirección y Supervisión
- ·
- Se llevará a cabo mediante concursos
- de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y las capacidades
- necesarias, además de haber ejercido como docente un mínimo de dos años.
- ·
- Las convocatorias describirán el
- perfil que deberán reunir los aspirantes, plazas, requisitos términos, fechas
- de registro, las etapas, los aspectos, aspectos y métodos que comprenderá la
- evaluación; las sedes de aplicación.
- ·
- En los concursos se utilizarán los
- perfiles, parámetros, indicadores e instrumentos de evaluación.
- ·
- Las autoridades educativas locales
- brindarán los apoyos pertinentes para fortalecer las capacidades de liderazgo y
- gestión escolar.
- Los organismos descentralizados determinarán la
- duración de los nombramientos conforme a las disposiciones aplicables
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- CAPÍTULO V - De la Promoción en la Función
- ·
- El objeto de este capítulo es regular
- las promociones distintas a las prevista para cargos con funciones de dirección
- y de supervisión.
- CAPÍTULO VI - De otras Promociones en el Servicio
- ·
- La función de Asesoría Técnica
- Pedagógica será considerada como una promoción. Será llevado a cabo mediante
- concurso de oposición.
- ·
- Sólo podrán participar el personal en
- servicio que previamente haya realizado la evaluación del desempeño.
- CAPÍTULO VII – Del reconocimiento en el Servicio
- ·
- Reconocer y apoyar al docente,
- considera incentivo y ofrecer mecanismos para el desarrollo profesional.
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- Facilitar experiencias profesionales
- mediante movimientos laterales que permitan a los docentes y directivos
- desarrollarse en distintas funciones según sus intereses.
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- CAPÍTULO VIII – De la Permanencia en el Servicio
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- Se evaluará de manera obligatoria el
- desempeño docente, directivo o de funciones de supervisión.
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- En la evaluación del desempeño se
- utilizarán los perfiles, parámetros e indicadores
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- Los evaluadores deberán ser evaluados
- y certificados por el instituto.
- ·
- Se incorporarán programas de
- regularización l personal con resultados del nivel de desempeño de insuficiente
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TÍTULO TERCERO. Perfiles, Parámetros e Indicadores
- CAPJÍTULO I – De Los Perfiles, de los Parámetros e
- Indicadores de la Educación Básica.
- ·
- En el ámbito de la Educación Básica
- la Secretaría propondrá a solicitud del Instituto: Los parámetros e indicadores
- para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia del personal docente y
- personal con funciones de Dirección o Supervisión
- ·
- las etapas, los aspectos, métodos e
- instrumentos del proceso de evaluación obligatorios con base a los perfiles,
- parámetros e indicadores.
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- Los niveles de desempeños mínimos.
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- Así también como el perfil y criterio para los
- evaluadores.
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- CAPÍTULO II – De los perfiles, parámetros e Indicadores
- en la Educación Media Superior.
- ·
- En el ámbito de la Educación Media
- Superior la Secretaría propondrá a solicitud del Instituto: Los parámetros e
- indicadores para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia del
- personal docente y personal con funciones de Dirección o Supervisión
- ·
- las etapas, los aspectos, métodos e
- instrumentos del proceso de evaluación obligatorios con base a los perfiles,
- parámetros e indicadores.
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- Los niveles de desempeños mínimos.
- ·
- Así también como el perfil y criterio para los
- evaluadores.
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- CAPÍTULO III – Del Procedimiento para la Definición y
- Autorización de los Perfiles, Parámetros e Indicadores.
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- Con base a las propuestas el
- Instituto autorizará los parámetros e indicadores de educación básica y nivel
- medio superior.
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TÍTULO CUARTO-DE LAS CONDICIONES INSTITUCIONALES
- CAPÍTULO I – De la formación Continua, Actualización y
- Desarrollo Profesional.
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- El estado proveerá la formación
- continua para el mejoramiento de la calidad de la educación. Será gratuita, diversa, de calidad,
- pertinente, con base a los resultados de la evaluación interna y externa.
- CAPÍTULO II – De otras condiciones.
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- Para el desarrollo profesional de los
- docentes, se establecerán los tiempos para la autorización de cualquier cambio,
- para no afectar la continuidad del servicio educativo.
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- La estructura ocupacional de cada
- instancia educativa y plantilla de personal, así como los datos sobre la
- formación, trayectoria y desempeño de cada docente debe estar autorizado en el
- Sistema de Información y Gestión Educativa.
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TÍTULO QUINTO- De los derechos, Obligaciones y Sanciones
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- Derechos de los que participan en el
- Servicio Profesional Docente: Participan en la evaluación y concursos.
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- Deberán conocer con tres meses
- mínimos de anticipación los perfiles, parámetros e indicadores, con base en los
- cuales se aplicarán los procesos de evaluación, así como las causas
- justificadas que ameriten la imposición de sanciones.
- TRNASITORIOS
- Los gobiernos estatales
- deberán armoniza su legislación y demás disposiciones aplicable con base en las
- disposiciones de esta ley.
- El personal que no se sujete
- a los procesos de evaluación o programa de regularización, será separado del
- servicio público sin responsabilidad para la autoridad educativa u organismo
- descentralizado
Informationen
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- ACTIVIDAD 1 LEY DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE
- Erstellt von
- yolandaloria · Nov 2015
- Aktualisiert
- 19 Feb 2016
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