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FAMILIA
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FAMILIA
ARTÍCULO *20.- NATURALEZA JURÍDICA DEL DERECHO
FAMILIAR. Las normas del derecho familiar son de orden público e interés
social.
ARTÍCULO 21.- INTERVENCIÓN DEL ESTADO PARA
PROTEGER A LA FAMILIA. El Gobierno del Estado de Morelos garantiza la
protección de la familia en su constitución y autoridad, como la base necesaria
del orden social, indispensable al bienestar del Estado. Reconociéndose a la
familia como el fundamento primordial de la sociedad y del Estado.
ARTÍCULO *22.- BASES DE LA FAMILIA MORELENSE. La
familia Morelense es una agrupación natural que tiene su fundamento en una
relación, estable entre dos personas y su plena realización en la filiación
libre, consciente, responsable e informada, aceptada y dirigida por la pareja,
unidas por el vínculo del parentesco, del matrimonio o del concubinato, a la
que se le reconoce personalidad jurídica
Bibliografía
http://marcojuridico.morelos.gob.mx/archivos/codigos/pdf/CFAMILIAREM.pdf
Informationen
- Beschreibung
- Notiz am FAMILIA, erstellt von Maria Rodrigues Diego am 04/10/2016.
- Erstellt von
- Maria Rodrigues Diego · Okt 2016
- Aktualisiert
- 26 Okt 2016
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