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Título IX

Anabel Fernandez Cuevas 8 Fragen

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Fragen in diesem Quiz (8)

  1. 1Artículo [blank_start]159[blank_end]: Composición.

    1. El Tribunal Constitucional se compone de [blank_start]12[blank_end] miembros nombrados por [blank_start]el Rey[blank_end]; de ellos, [blank_start]cuatro[blank_end] a propuesta del Congreso por mayoría de [blank_start]tres quintos[blank_end] de sus miembros; [blank_start]cuatro[blank_end] a propuesta del Senado, con [blank_start]idéntica[blank_end] mayoría; [blank_start]dos[blank_end] a propuesta del Gobierno, y [blank_start]dos[blank_end] a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

    2. Los miembros del Tribunal Constitucional deberán ser nombrados entre [blank_start]Magistrados[blank_end] y [blank_start]Fiscales[blank_end], [blank_start]Profesores de Universidad[blank_end], [blank_start]funcionarios públicos[blank_end] y [blank_start]Abogados[blank_end], todos ellos juristas de reconocida competencia con más de [blank_start]quince[blank_end] años de ejercicio profesional.

    3. Los miembros del Tribunal Constitucional serán designados por un período de [blank_start]nueve[blank_end] años y se renovarán por [blank_start]terceras[blank_end] partes cada [blank_start]tres[blank_end].

    4. La condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible: con todo [blank_start]mandato representativo[blank_end]; con los [blank_start]cargos políticos[blank_end] o [blank_start]administrativos[blank_end]; con el desempeño de funciones directivas en un [blank_start]partido político[blank_end] o en un [blank_start]sindicato[blank_end] y con el empleo al servicio de los mismos; con el ejercicio de las carreras [blank_start]judicial[blank_end] y [blank_start]fiscal[blank_end], y con cualquier actividad [blank_start]profesional[blank_end] o [blank_start]mercantil[blank_end].

    En lo demás los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del [blank_start]poder judicial[blank_end].

    5. Los miembros del Tribunal Constitucional serán [blank_start]independientes[blank_end] e [blank_start]inamovibles[blank_end] en el ejercicio de su mandato.
    1. A159
    2. B12
    3. Cel Rey
    4. Dtres quintos
    5. Ecuatro
    6. Fcuatro
    7. Gidéntica
    8. Hdos
    9. Idos
    10. JMagistrados
    11. KFiscales
    12. LProfesores de Universidad
    13. Mfuncionarios públicos
    14. NAbogados
    15. Oquince
    16. Pnueve
    17. Qterceras
    18. Rtres
    19. Smandato representativo
    20. Tcargos políticos
    21. Uadministrativos
    22. Vpartido político
    23. Wsindicato
    24. Xjudicial
    25. Yfiscal
    26. Zprofesional
    27. AAmercantil
    28. ABindependientes
    29. ACinamovibles
    30. ADpoder judicial
  2. 2Artículo 160: Presidente.

    El Presidente del Tribunal Constitucional será nombrado entre sus miembros por el [blank_start]Rey[blank_end], a propuesta del mismo [blank_start]Tribunal en pleno[blank_end] y por un período de [blank_start]tres[blank_end] años.
    1. ARey
    2. BTribunal en pleno
    3. Ctres
  3. 3Artículo [blank_start]161[blank_end]: Competencias.

    1. El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el [blank_start]territorio español[blank_end] y es competente para conocer:

    a) Del [blank_start]recurso de inconstitucionalidad[blank_end] contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley. La declaración de inconstitucionalidad de una norma jurídica con rango de ley, interpretada por la jurisprudencia, afectará a ésta, si bien la sentencia o sentencias recaídas no perderán el valor de cosa juzgada.

    b) Del [blank_start]recurso de amparo[blank_end] por violación de los derechos y libertades referidos en el artículo 53, 2, de esta Constitución, en los casos y formas que la ley establezca.

    c) De los [blank_start]conflictos de competencia[blank_end] entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de los de éstas entre sí.

    d) De las demás materias que le atribuyan la [blank_start]Constitución[blank_end] o [blank_start]las leyes orgánicas[blank_end].
    1. A161
    2. Brecurso de inconstitucionalidad
    3. Cterritorio español
    4. Drecurso de amparo
    5. Econflictos de competencia
    6. FConstitución
    7. Glas leyes orgánicas
  4. 4Artículo 161: Competencias.

    2. El Gobierno podrá impugnar ante el [blank_start]Tribunal Constitucional[blank_end] las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a [blank_start]cinco[blank_end] meses
    1. ATribunal Constitucional
    2. Bcinco
  5. 5Artículo [blank_start]162[blank_end]: Legitimación.

    1. Están legitimados:

    a) Para interponer el recurso de inconstitucionalidad, el [blank_start]Presidente del Gobierno[blank_end], el [blank_start]Defensor del Pueblo[blank_end], [blank_start]50[blank_end] Diputados, [blank_start]50[blank_end] Senadores, los [blank_start]órganos colegiados[blank_end] ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las [blank_start]Asambleas[blank_end] de las mismas.

    b) Para interponer el recurso de amparo, toda persona [blank_start]natural[blank_end] o [blank_start]jurídica[blank_end] que invoque un [blank_start]interés legítimo[blank_end], así como el [blank_start]Defensor del Pueblo[blank_end] y el Ministerio [blank_start]Fiscal[blank_end].

    2. En los demás casos, la [blank_start]ley orgánica[blank_end] determinará las personas y órganos legitimados.
    1. A162
    2. BPresidente del Gobierno
    3. CDefensor del Pueblo
    4. D50
    5. E50
    6. Fórganos colegiados
    7. GAsambleas
    8. Hnatural
    9. Ijurídica
    10. Jinterés legítimo
    11. KDefensor del Pueblo
    12. LFiscal
    13. Mley orgánica
  6. 6Artículo 163: Cuestión de inconstitucionalidad.

    Cuando un órgano judicial considere, en algún proceso, que una norma con rango de ley, aplicable al caso, de cuya validez dependa el fallo, pueda ser contraria a la Constitución, planteará la cuestión ante el [blank_start]Tribunal Constitucional[blank_end] en los supuestos, en la forma y con los efectos que establezca la [blank_start]ley[blank_end], que en ningún caso serán [blank_start]suspensivos[blank_end].
    1. ATribunal Constitucional
    2. Bsuspensivos
    3. Cley
  7. 7Artículo [blank_start]164[blank_end]: Sentencias.

    1. Las sentencias del Tribunal Constitucional se publicarán en [blank_start]el boletín oficial del Estado[blank_end] con los votos particulares, si los hubiere. Tienen el valor de cosa juzgada a partir del [blank_start]día siguiente de su publicación[blank_end] y no cabe recurso alguno contra ellas. Las que declaren la inconstitucionalidad de una ley o de una norma con fuerza de ley y todas las que no se limiten a la estimación subjetiva de un derecho, tienen [blank_start]plenos efectos frente a todos[blank_end].

    2. Salvo que en el fallo se disponga otra cosa, subsistirá la [blank_start]vigencia[blank_end] de la ley en la parte no afectada por la [blank_start]inconstitucionalidad[blank_end].
    1. A164
    2. Bel boletín oficial del Estado
    3. Cdía siguiente de su publicación
    4. Dplenos efectos frente a todos
    5. Evigencia
    6. Finconstitucionalidad
  8. 8Artículo 165: LEY ORGANICA.

    Una ley orgánica regulará el [blank_start]funcionamiento[blank_end] del [blank_start]Tribunal Constitucional[blank_end], el [blank_start]estatuto[blank_end] de sus miembros, el [blank_start]procedimiento[blank_end] ante el mismo y las [blank_start]condiciones[blank_end] para el ejercicio de las acciones.
    1. Afuncionamiento
    2. BTribunal Constitucional
    3. Cestatuto
    4. Dprocedimiento
    5. Econdiciones

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Artículos del 159 al 165. Suman un total de 7 Artículos.
Sprache
Español
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